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EJERCICIOS DE LIQUIDACIONES FINALES


Enviado por   •  15 de Julio de 2019  •  Apuntes  •  4.649 Palabras (19 Páginas)  •  121 Visitas

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EJERCICIOS DE LIQUIDACIONES FINALES – actualizado al 7/11/14-

Los presentes ejercicios no contienen la pretensión de ser la única forma de cálculo de una liquidación final, sino el criterio de quien los ha elaborado, por lo que puede aparecer algún error u omisión, así como también otra alternativa ante la consigna planteada. La finalidad, como el nombre lo indica, es ejercitar al alumno frente a distintas alternativas. Con la salvedad de que siempre en esta materia, como en todas las que configuran el plexo de la carrera de abogacía, lo importante es que cada respuesta debe tener la pertinente fundamentación, a los fines de evitar los dogmatismos.-

Se hace la advertencia que:

  • El rubro “Integración” en algunos ejercicios se ha calculado conjuntamente con el sueldo correspondiente a los días laborados en el mes de despido, y en otros por separado.
  • El rubro S.A.C. proporcional puede calcularse hasta el momento del despido, en cuyo caso habrá que calcular S.A.C. sobre “Integración”; o sacarlo comprendiendo este rubro

1) Un trabajador rural permanente que ingresó el 14 de marzo de 1991; cumpliendo una jornada de trabajo de lunes a sábados de 8 a 18 hs.; y percibiendo un sueldo de $ 4.700.- ; fue despedido el 30 de septiembre de 2012, y no se le pagó la liquidación final pese a que el trabajador intimó a que lo haga en el plazo de 48 horas ¿Qué le corresponde percibir?

RESPUESTA: Ley 26.727

Jornada: 10 hs. x 6 = 60 – 44 = 16 H.E. semanales. 5 HE al 100% y 11 HE al 50%.

Mensuales: 20 HE al 100% y 44 HE al 50% 

Valor hora: 4.700/200 = $ 23,50

HE al 100%: 20 x 23,50 + 100% = $ 940

HE al 50%: 44 x 23,50 + 50% = $ 1.551 

SUELDO CONFORMADO

Sueldo básico        $ 4.700

HE al  100%        $    940

HE al 50%        $ 1.551

Total         $ 7.190

Incidencia SAC        $    599,16

Base Remuneratoria        $ 7.789,16

SUELDO SEPTIEMBRE                         $    7.190,00

SAC PROP.                        $    1.797,50

VACACIONES (35)                         $  10.066,00

PREAVISO (2)                           $  14.380,00  

SAC s/ preaviso                            $    1.198,33

DESPIDO (22)                        $171.361,52                

MULTA ART. 2 LEY 25.323                $  93.469,92

TOTAL                                          $299.463,27

2) Un viajante que ingresó el 14 de marzo de 1991; cumpliendo una jornada de trabajo de lunes a sábados de 8 a 20 hs.; y percibiendo un sueldo mensual de $ 5.750.-, sin comisiones; fue despedido el 31 de julio de 2011, y no se le pagó la liquidación final ni se le entregó el certificado del art. 80 de la LCT, pese a que el trabajador intimó a que lo haga en el plazo de 48 horas.

TOPE INDEMNIZATORIO: $ 9.200.-

¿Qué le corresponde percibir?

RESPUESTA: Ley 14.546

 

Jornada: 12 hs. x 6 = 72 – 48 = 24 H.E. semanales. 7 HE al 100% y 17 HE al 50%.

Mensuales: 28 HE al 100% y 68 HE al 50% 

Valor hora: 5.750/200 = $ 28,75

HE al 100%: 28 x 28,75 + 100% = $ 1.610.-

HE al 50%: 68 x 28,75 + 50% = $ 2.932,50 

SUELDO CONFORMADO

Sueldo básico        $  5.750,00

HE al  100%        $  1.610,00

HE al 50%        $  2.932,50

Total         $10.292,50

Incidencia SAC        $    857,70

Base Remuneratoria        $11.150,20

1) SUELDO JULIO 2011                                     $  10.292,50

2) SAC. PROPORCIONAL                            $      857,70

3) VACACIONES (35)                                 $  14.409,50

4) PREAVISO (2)                                   $  20.585,00

5) SAC s/ preaviso                                    $    1.715,41

6) INDEM. DESPIDO (21)*                        $193.200,00                

7) CLIENTELA**                                               $  53.875,10

7) MULTA ART. 2 LEY 25.323                        $107.750,20

8) MULTA ART. 80 LCT                                $  30.877,50

Total                                $433.562,91

*se aplicó tope

** se sumó 4), 5) y 6), si se sumó la integración, también está bien

3) Un trabajador que ingresó el 14 de marzo de 2010; cumpliendo una jornada de trabajo de lunes a sábados de 8 a 12 y de 16 a 21 hs;  y percibiendo una remuneración básica mensual de $ 7.900.-; fue despedido por falta de trabajo el 15 de junio de 2010. El empleado INTIMO al empleador el pago de la liquidación final por despido y la entrega del certificado del art. 80, y no cumplió, lo que lo llevó a que aquél mismo tuviera que demandarlo judicialmente. ¿Qué le corresponde percibir?

Tope indemnizatorio: $ 8.950.-

Jornada: 9 hs. x 6 = 54 – 48 = 6 H.E. semanales. 5 HE al 100% y 1 HE al 50%.

Mensuales: 20 HE al 100% y 4 HE al 50% 

Valor hora: 7.900/200 = $ 39,50

HE al 100%: 20 x 39,50 + 100% = $ 1.580

HE al 50%: 4 x 39,50 + 50% = $ 237 

SUELDO CONFORMADO

Sueldo básico        $ 7.900

HE al  100%        $ 1.580

HE al 50%        $    237

Total         $ 9.717

Incidencia SAC        $    809,75

Base Remuneratoria        $10.526,75

 

1) HABERES JUNIO e INTEGRACION                $    9.717,00

2) SAC PROPORCIONAL (108ds)                        $       287,51

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