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ESPACIO PUBLICO

jhonfreddy8a6 de Noviembre de 2011

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REPUBLICA DE COLOMBIA.

Departamento del Tolima

Municipio de Ibagué

ACUERDO NUMERO 028 DE 2003

( 31 DIC )

"POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA LA NORMATIVA GENERAL DE ESPACIO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE IBAGUÉ Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO MUNICIPAL

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales; conforme a lo dispuesto por las Leyes 9a. de 1989, Ley 136 de 1994, Ley 388 de 1997, el Decreto 1504 de 1998 y el Acuerdo 0116 de 2000 por medio del cual se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Ibagué ,

ACUERDA:

TÍTULO I

GENERALIDADES

CAPITULO I

Conceptualización

Artículo 1: Espacio Público

Es el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza y por su uso o afectación a la satisfacción de necesidades urbanas y rurales colectivas que trasciendan, por tanto los límites de los intereses de los habitantes.

Se entiende por bienes de uso público aquellos inmuebles de dominio Público y uso de todos los habitantes del territorio nacional, destinados al uso o disfrute colectivo como las calles, parques, plazas, plazoletas, puentes, caminos, playas, zonas de protección, etc., que son inalienables, inembargables e imprescriptibles.

Los bienes fiscales son aquellos cuyo dominio pertenece al Estado, pero su uso no pertenece a todos los habitantes y con respecto de los cuales, el Estado se comporta a la manera de un particular.

Articulo 2: Principios: Los principios rectores para el manejo del espacio público y fuente de interpretación de la presente normativa son los siguientes:

1º PRINCIPIO DE COMPETENCIA: Todo acto que se realice en materia de disposición de espacio público deberá tener el trámite definido por la Ley 136 de 1994.

2º PRINCIPIO DE INEMBARGABILIDAD, IMPRESCRIPTIBILIDAD E INALIENABILIDAD DEL ESPACIO PUBLICO.

3º PRINCIPIO DE PREVALENCIA: Sobre los demás elementos constitutivos de la estructura urbana rural, y se asume como patrimonio colectivo que puede ser disfrutado sin discriminación por todos los ciudadanos.

4º PRINCIPIO DE CONFIANZA LEGITIMA: Por medio de este se protege al administrado y al ciudadano frente a cambios bruscos e intempestivos efectuados por las autoridades y sirve para conciliar el conflicto entre los intereses públicos y privados; a éste respecto se tendrá en cuenta el principio de la confianza legítima tratada por la Corte Constitucional en materia de espacio público.

PARAGRAFO: El municipio de Ibagué gozará de los beneficios que genere la utilización racional y autorizada del espacio público.

CAPITULO II

Políticas, Objetivos y Estrategias para el manejo del Espacio Publico

Articulo 3: Políticas Generales de Espacio Público.

La Administración Municipal reconoce al espacio público como elemento soporte de la calidad de vida de sus habitantes, para lo cual debe promover su recuperación e integración a una red articulada y consolidada de áreas libres existentes y propuestas, funcionales y ambientalmente sostenibles.

Para el uso y manejo general del espacio público, la Administración Municipal concentrará esfuerzos económicos, administrativos y políticos, sobre la base de la búsqueda de un cambio de imagen con una nueva escenografía regional que trascienda el ámbito Nacional, para convertir la región en una unidad de planeamiento en concordancia con el Sistema Integral Nacional de Espacio Público.

Desde lo ambiental, se reconoce la necesidad de Integrar los espacios públicos del suelo rural con los urbanos; generando un conjunto de áreas, corredores ecológicos y parques lineales que promuevan de manera integral la calidad ambiental del Municipio, a partir de la articulación de sus principales ejes hídricos.

En lo económico, se reconoce el espacio público Municipal como factor generador de recursos de inversión; tomando provecho de las ventajas comparativas en relación con su localización geográfica, el contenido y la riqueza ecológica, para lograr una mayor competitividad y sostenibilidad ambiental y económica

Articulo 4: Objetivos de la Normativa

Generales

Consolidar y configurar a partir de los elementos naturales y construidos, el espacio público como elemento articulador y estructurante fundamental del territorio.

Promover la superación del déficit cuantitativo y cualitativo de espacio público.

Recuperar e integrar al sistema de espacio público las áreas de conservación y preservación del sistema hídrico, fortaleciendo zonas de protección y fabricas naturales de agua como insumo vital para la subsistencia Municipal

Recuperar e integrar al sistema de espacio público las áreas para la conservación y preservación del sistema orográfico.

Incentivar el desarrollo y mejoramiento de los elementos que conforman el Espacio Público.

Incrementar las áreas para el desarrollo de actividades colectivas.

Específicos:

Facilitar la generación y/o consolidación de parques de carácter urbano - regional y Nacional con características y temáticas especificas que le den representatividad y competitividad al Municipio en el contexto nacional.

Recuperar y conservar los espacios públicos del Municipio de Ibagué, de acuerdo al modelo planteado en el Plan de Ordenamiento Territorial.

Propiciar a través del espacio público el mejoramiento de las condiciones ambientales y paisajísticas del Municipio, para lograr el mejoramiento de la calidad de vida .

Recuperar los elementos que conforman el espacio público de alto valor simbólico, garantizando su uso y disfrute por parte de la comunidad.

Fortalecer la Integración al sistema de espacio público de las áreas de amenaza y riesgo.

Concientizar a los habitantes sobre la importancia que la cualificación del espacio público representa para el desarrollo de las diversas actividades urbanas.

Articulo 5: Estrategias de Acción

Reconocerá y caracterizará todos y cada uno de los elementos que conforman el sistema de espacio público Municipal.

Definirá los usos del Espacio Público, con base en los parámetros ambientales.

Ejecutará y permitirá acciones sobre el Espacio Público conforme a los principios de sostenibilidad ambiental, productividad y equilibrio en las que prevalezca el interés general sobre el particular.

Planificará los espacios públicos para que éste se constituya como el principal sistema estructurante municipal.

Fomentará la cátedra del espacio público y acciones de cultura ciudadana permanentes con el fin de generar conciencia en la población frente al uso, goce y disfrute adecuado y respetuoso del espacio público,.

Utilizará los instrumentos de gestión y financiación establecidos por la Ley como herramientas para la generación, recuperación, conservación y mantenimiento del Espacio Público municipal.

Establecerá programas e incentivará la participación activa de todos los actores sociales en la recuperación, generación, desarrollo, conservación y mantenimiento del Espacio Público municipal.

Establecerá los mecanismos para la reorganización de los elementos generadores de conflictos de uso sobre el Espacio Público.

Captará, destinará y reinvertirá los recursos obtenidos como producto de las intervenciones sobre el Espacio Público exclusivamente para su generación, conformación, conservación y mantenimiento.

TÍTULO II

CLASIFICACIÓN GENERAL DEL ESPACIO PÚBLICO

CAPÍTULO I

Clasificación de los Elementos que conforman el Espacio Público

Artículo 6º. El Espacio Público se clasifica en:

Elementos Constitutivos Naturales.

Elementos Constitutivos Construidos o Artificiales

Elementos Complementarios

Elementos constitutivos naturales del Espacio Público

Áreas para la conservación y preservación del sistema orográfico Cerros

Montañas

Colinas

Volcanes

Nevados.

Áreas para la conservación y preservación del sistema hídrico CORRIENTES DE AGUA:

Cuencas y Microcuencas, bosques de niebla

Manantiales

Ríos, Quebradas y arroyos

Rondas Hídricas

CUERPOS DE AGUA:

Lagos y Lagunas

Humedales , acuíferos

Zonas de Manejo y protección ambiental

Áreas de especial interés ambiental, científico y paisajístico Parques Naturales

Áreas de Reserva Natural

Santuarios de Fauna y Flora

Elementos constitutivos artificiales o construidos del Espacio Público

Áreas integrantes de los sistemas de circulación

peatonal y vehicular PERFILES VIALES:

Zonas de Protección ambiental

Puentes peatonales

Escaleras y Escalinatas

Rampas

Bulevares

Alamedas

Andenes

Ciclovías

Ciclorutas

Bahías de Estacionamiento

Zonas Azules

Zonas Amarillas

Zonas

...

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