EXCLUSIÓN CLAUSULA OCTAVA
yaritzavegao21 de Octubre de 2014
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EXPEDIENTE No.
JURISDICCIÓN VOLUNRARIA
AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA
DESAFECTAR CLAUSULA
OCTAVA.
C. JUEZ DE INSTANCIA CIVIL EN TURNO.
P R E S E N T E.-
C. PEDRO MEZA HERNANDEZ, mexicano, mayor de edad, casado, promoviendo por mi propio derecho, señalando domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en avenida de los ríos, colonia Nuevo Peñasco, de esta Ciudad y autorizando para que intervengan en el presente Juicio en términos de los artículos 71, 72 y 174 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora, a las C.C. Lic. MARIA LUISA ORTIZ HINOJOZA con número de cédula profesional 4008102 ante usted C. juez, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que mediante el presente escrito y con fundamento en los Artículos 836, 837, 841, 845 y demás relativos de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora, vengo a promover en vía de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, a fin de solicitar autorización judicial necesaria para que sea Cancelada la Cláusula Octava del Contrato de Compraventa:
H E C H O S
1.- Que soy legítimo propietario del inmueble que adquirí mediante título de propiedad 001751-XVII-2000, el cual describo a continuación:
Lote de terreo identificado como solar, manzana, con superficie de 294.00 metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE: Solar No. 9 con 14.00 mts.
AL SUR: C.27 con 14.00 mts.
AL ESTE: Solar No. 5 con 21.00 mts.
AL OESTE: Solar No. 3 con 21.00 mts.
El cual se encuentran inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del comercio de este municipio de Puerto Peñasco Sonora, bajo número 22477, en la Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, del Volumen 961, de fecha 9 de Julio del 2001.
2.-Es el caso que dicho título, en su clausula octava, establece que el inmueble descrito con anterioridad queda afectado en el patrimonio familiar; Dicha clausula más que beneficiarme en estos momentos me perjudica, ya que no puedo disponer de él en forma libre y por tanto me veo en la necesidad de solicitar a Usted C. Juez se lleve a cabo la cancelación de la clausula octava.
3.- En tal suerte y en virtud de que estoy pasado por problemas económicos, me veo en la necesidad de poner a la venta dicho inmueble, por lo que solicito que el inmueble descrito con anterioridad quede desafectado del patrimonio familiar.
P R U E B A S
1.- PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA: título de propiedad numero 001751-XVII-2000 expedido por el H. Ayuntamiento de Sonora, de fecha cuatro de julio de 2002.
2.- PRUEBA TESTIMONIAL: A cargo del señor PIEDAD MUÑOZ SOLIS al tenor del pliego de posiciones, que en el momento procesal oportuno, se exhibirá, por lo que desde este momento le solicito a usted C. Juez señale fecha y hora para que tenga verificativo el desahogo de la presente prueba, testigos que el suscrito se compromete a presentar a ese H. Tribunal cuando su señoría lo indique.
D E R E C H O S
Son aplicables en cuanto al fondo del presente Juicio los artículos, 839, 907 fracción III, 908 y demás relativos y aplicables del código Civil del Estado de Sonora.
Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted C. Juez, respetuosamente solicito:
PRIMERO.- Se me tenga por presentado solicitando la autorización
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