El Atraso
MARDETOS7 de Febrero de 2014
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EL ATRASO
Es una figura jurídica típicamente mercantil mediante el cual el Legislador concede un privilegio o beneficio de retardar sus pagos al comerciante y por razones exensables no hayan podido cumplir con sus compromisos mercantiles inmediatos, para que se conceda el atraso la compañía debe tener los activos superiores a los pasivos, y el comerciante podrá pedir al tribunal de comercio competente para proceder a la liquidación amigable de sus negocios.
Se basa en el Artículo 898 del el Código de Comercio que establece las condiciones para que el comerciante sea declarado es estado de atraso. Sin embargo, no se puede considerar el atraso como derecho: 1. Según el Artículo 898 del Código de Comercio, las condiciones deben existir para que el comerciante pueda solicitar el atraso primero de hecho y luego de derecho.2. Para que el tribunal declare el estado de atraso necesita la opinión favorable de varios acreedores.3.Porque el juez puede negar la solicitud de atraso si el comerciante no cumple con las condiciones establecidas en el Artículo 898 de el Código deComercio.4.Una vez otorgado por circunstancias determinadas en el Código de Comercio, el juez puede revocar el atraso. El estado de atraso es una petición autónoma cuando es hecho por el deudor antes de que cualquiera haya solicitado su declaración de quiebra. Como defensa ante una demanda de quiebra que le haya sido impuesta por algunos de sus acreedores. El objeto principal del estado de atraso es la liquidación de los bienes de la empresa, ya sea en parte o en su totalidad, para cancelar las deudas, o al menos las dos terceras partes de ésta.
Solicitud de atraso:
El comerciante cuyo activo exceda positivamente su pasivo y que por faltade numerario, debido a sucesos imprevistos o causa de cualquiera otra maneraexcusable, se vea en la necesidad de retardar o aplazar sus pagos, seráconsiderado en estado de atraso y podrá pedir al tribunal de comercio competenteque le autorice para proceder a al liquidación amigable de sus negocios, dentro unplazo suficiente que no exceda de doce meses, obligándose a no hacer mientrasse resuelve a su solicitud, ninguna operación. Pueden solicitar el estado de atraso:
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El comerciante retirado.
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Heredero comerciante fallecido.
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Los acreedores del comerciante.
Rechazo del atraso
La solicitud no será admitida si con ella no presenta el peticionario suslibros de comercio regularmente llevados; su balance comercial; su inventario,practicado treinta días antes con estimaciones prudenciales de su lista dedeudores, un estado nominativo de sus acreedores con la indicación de sudomicilio
Quienes pueden ser admitidos
EL Tribunal después de haber verificado la presentación de todos losdocumentos, dictara las medidas de vigilancia necesarias, nombrara un síndico yuna comisión de tres de los principales acreedores residentes, de los que figurenen el balance del peticionario y convocara a una reunión por la prensa que severifica al octavo día a la hora que se fije.
Consecuencias de la declaración del estado atraso
De acuerdo al Artículo 898 de el Código de Comercio, la consecuencia dela declaración del estado de atraso es la liquidación amigable de los negocios delcomerciante, ello está limitado por dos circunstancias:1.Plazo establecido por el comerciante (que no exceda de 12 meses).2.Que el comerciante de obliga a no realizar ninguna operación que no sea ladel simple detal. Ello con la finalidad de que la deuda no quede ilusoria.
Condiciones para que proceda la solicitud de atraso
1.Que el activo exceda positivamente el pasivo. Comerciante solvente pero sinliquidez.2.Que exista un retardo o aplazamiento del pago de las deudas en la fecha enque se deban efectuar por falta de liquidez.
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