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ATRASO Y QUIEBRA


Enviado por   •  15 de Enero de 2015  •  Síntesis  •  505 Palabras (3 Páginas)  •  194 Visitas

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ATRASO Y QUIEBRA

Atraso: el comerciante cuyo activo exceda positivamente de su pasivo y que por falta de efectivo debido a sucesos imprevistos o causa de cualquiera otra manera excusable, se vea en la necesidad de retardar o aplazar sus pagos, será considerada en estado de atraso y podrá pedir al Tribunal de Comercio competente que le autorice para proceder a la liquidación amigable de sus negocios, dentro de un plazo suficiente que no exceda de 12 meses; obligándose a no hacer, mientras se resuelva su solicitud, ninguna operación que no sea de simple detal.

El comerciante es el único que puede solicitar ante el juez el estado de atraso, el mismo es considerado como un beneficio, porque se parte de la buena fe del comerciante que no ha podido cancelar sus obligaciones, es decir; darle la oportunidad de hacerlo en forma amigable sin que se le embarguen sus bienes, es vigilada por una comisión de acreedores, mientras que en la quiebra el comerciante es desapoderado de su patrimonio, el cual pasa a la masa de acreedores para que se le realice la correspondiente liquidación.

Quiebra: se entiende por quiebra de una sociedad cuando su patrimonio no satisface a las deudas que pesan sobre él. Es decir; cuando el valor de venta de los bienes de la empresa es menor que el importe necesario para cancelar las deudas, en todo caso el pasivo es mayor que el activo.

El artículo 925 del Código de Comercio establece que todo comerciante que se encuentre en estado de quiebra debe manifestarlo por escrito ante el juez de comercio de su domicilio mercantil, dentro de los 3 días siguientes al pago. Dicha manifestación de quiebra debe ir acompañada con los siguientes recaudos:

Balance general.

Memoria razonada de las causas de la quiebra.

Existen elementos que hay que considerar:

Cuando el activo es menor que el pasivo, estamos ante un déficit.

Cuando el activo es mayor que el pasivo, pero el comerciante no puede cancelar sus obligaciones, estamos ante una situación de insolvencia.

Existen alternativas para recuperar la insolvencia y de esa manera evitar la liquidación y son: prórroga de los plazos, condonación de partes de las acreencias, intervención por la junta de acreedores, fideicomisos.

Clases de quiebra:

Quiebra fortuita: es aquella que proviene de casos imprevistos de fuerza mayor, que impidan al comerciante pueda seguir con los pagos. Ejemplo: un terremoto, una inundación.

Quiebra culpable: es la que se origina por la conducta imprudente del comerciante, o de la persona encargada de la administración del negocio. Ejemplo: las fianzas excesivas, contraer obligaciones por cuenta de otras personas.

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