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El Renting

Helkethor25 de Noviembre de 2014

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¿Qué es el Renting?

Es un alquiler a largo plazo de determinado tipo de bienes de alta depreciación (vehículos, equipamiento de oficina, ordenadores, etc.).

El contrato de Renting, a cambio de una cuota mensual, da derecho al uso y disfrute del bien durante el plazo establecido, además de incluir una serie de servicios que, en el caso de vehículos, son: seguro a todo riesgo, mantenimiento y reparaciones, cambio de ruedas, pago de impuestos, vehículos de sustitución, etc.

Ventajas del Renting

Posibilidad de disfrute del vehículo sin tener que realizar un desembolso importante. El coste de oportunidad del dinero "invertido" en un coche es muy alto, frente a otras alternativas inversoras mucho más rentables (o, simplemente, rentables)

Al realizar una operación de Renting, un particular accede a descuentos en la compra del vehículo que a nivel personal no conseguiría.

Los costes de mantenimiento y averías, seguro, etc. no supondrán "sustos" en la economía familiar o en los presupuestos de las empresas. La cantidad mensual a abonar por dichos conceptos es fija durante el plazo contratado.

El Renting no inmoviliza recursos de la empresa en bienes que se deprecian rápidamente. Esto proporciona mayor liquidez. No se refleja en el Balance de la empresa, dando a la misma una capacidad mayor de endeudamiento en caso de ser necesario. Los coches no figuran en el Activo y la obligación de pago, tampoco en el Pasivo.

Es un alquiler y, por tanto, se refleja en la Cuenta de Resultados como un gasto más.

La cuota de Renting, además, es deducible para la empresa, así como su IVA, en su integridad.

¿Leasing & Renting?

El leasing es un producto financiero, sometido a la disciplina y limitaciones del Banco de España, con una alta complejidad contable y administrativa.

El Renting nos facilita las mismas o mayores "prestaciones" que el leasing, con la ventaja de ser un alquiler y su gestión administrativa y contable es sumamente sencilla.

El Renting para un particular, un autónomo, una empresa.

Para autónomos y empresas mercantiles la cuota mensual de Renting es deducible en el IRPF e Impuesto de Sociedades respectivamente. Los particulares (trabajadores por cuenta ajena -nómina-) no tienen derecho a deducción fiscal por este concepto.

Componentes Básicos:

Matrícula y trámites de tránsito.

Impuestos.

Seguros del vehículo y SOAT.

Mantenimientos preventivos.

Componentes Opcionales:

Mantenimientos correctivos.

Llantas.

Vehículo sustituto (para vehículos livianos).

Vehículo stand by (para vehículos livianos y pesados).

Renting Express (para vehículos livianos).

Sistema Century.

Componentes no Incluidos:

Deducibles, excesos y objeciones del seguro

Combustible. Conductores.

¿Quién puede contratar un Renting de automoción?

Toda persona física o jurídica puede ser arrendatario de un vehículo por Renting.

Un particular trabajador por cuenta ajena, empleado con nómina, una PYME, un autónomo o profesional independiente y cualquier gran empresa pueden descubrir que el Renting les aporta grandes ventajas.

¿Plazo mínimo y máximo de una operación de Renting?

No existen limitaciones en este sentido. Sin embargo, lo habitual es que las compañías de Renting establezcan un plazo mínimo de 12 meses y un máximo de 60 meses (5 años) para sus contratos.

Los plazos de contratación más utilizados son tres y cuatro años.

¿Cuál es el precio de una operación de Renting?

Evidentemente, esto depende de muchos factores. Los principales a tener en cuenta son: la marca y modelo de vehículo

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