ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

En que consiste el Derecho fiscal


Enviado por   •  22 de Enero de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.431 Palabras (6 Páginas)  •  325 Visitas

Página 1 de 6

Cuaderno 1. Primera parte

Principios constitucionales en el Derecho Fiscal

La resolución del cuaderno de trabajo se hará de manera parcial de acuerdo con lo que se indique en la guía de estudio. Al concluir cada ejercicio discuta y ejemplifique con sus compañeros de clase los resultados obtenidos. El docente estará encargado de retroalimentar y aclarar las dudas que surjan a lo largo de la unidad. Plantee otros ejemplos relacionados con el tema de acuerdo con su experiencia profesional.

El propósito de este primer ejercicio es que identifique los principios constitucionales y conceptos básicos del Derecho Fiscal mediante planteamientos basados en situaciones concretas.

Instrucciones:         Revise el siguiente planteamiento, y responda lo que se solicita.

“Construcciones Vanguardistas, S. A. de C. V.”, actualmente cuenta con tres plantas, y 300 empleados en cada una; entre las prestaciones que otorga la empresa a los trabajadores se encuentran: bonos mensuales por asistencia, puntualidad y productividad; aguinaldo y prima vacacional.

La Ley del Impuesto sobre la renta vigente en el año 2002, establecía en el artículo 109 fracción XI, que los ingresos percibidos por trabajadores cuyo patrón fuera alguna dependencia del Estado, por concepto de gratificaciones (bonos) anuales o mensuales, o en cualquier momento del año calendario, incluyendo aguinaldo y prima vacacional, estarían exentos del impuesto sobre la renta.

De manera que los trabajadores de la empresa “Construcciones Vanguardistas, S. A. de C. V.”, tenían la obligación de pagar el impuesto sobre la renta por las prestaciones arriba referidas y que percibieran, al menos en el ejercicio fiscal de 2002.

  1. Consulte en el sisthemis el texto del artículo 109 fracción XI de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el ejercicio de 2002.

XI. LAS GRATIFICACIONES QUE RECIBAN LOS TRABAJADORES DE SUS PATRONES, DURANTE UN AÑO DE CALENDARIO, HASTA EL EQUIVALENTE DEL SALARIO MINIMO GENERAL DEL AREA GEOGRAFICA DEL TRABAJADOR ELEVADO A 30 DIAS, CUANDO DICHAS GRATIFICACIONES SE OTORGUEN EN FORMA GENERAL; ASI COMO LAS PRIMAS VACACIONALES QUE OTORGUEN LOS PATRONES DURANTE EL AÑO DE CALENDARIO A SUS TRABAJADORES EN FORMA GENERAL Y LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS, HASTA POR EL EQUIVALENTE A 15 DIAS DE SALARIO MINIMO GENERAL DEL AREA GEOGRAFICA DEL TRABAJADOR, POR CADA UNO DE LOS CONCEPTOS SEÑALADOS. TRATANDOSE DE PRIMAS DOMINICALES HASTA POR EL EQUIVALENTE DE UN SALARIO MINIMO GENERAL DEL AREA GEOGRAFICA DEL TRABAJADOR POR CADA DOMINGO QUE SE LABORE.

POR EL EXCEDENTE DE LOS INGRESOS A QUE SE REFIERE ESTA FRACCION SE PAGARA EL IMPUESTO EN LOS TERMINOS DE ESTE TITULO.

  1. Lea con atención la jurisprudencia P./J. 50/2002 que a continuación se cita:

Jurisprudencia

Materia(s): Constitucional, Administrativa

Novena Época

Instancia: Pleno

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

XVI, Diciembre de 2002

Tesis: P./J. 50/2002

Página: 6

RENTA. EL ARTÍCULO 109, FRACCIÓN XI, PENÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, ES VIOLATORIO DEL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA, AL OTORGAR UN TRATO DISTINTO A LOS TRABAJADORES DE LA FEDERACIÓN Y DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS RESPECTO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA INICIATIVA PRIVADA.

El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en múltiples criterios, ha sostenido que el aludido principio constitucional radica, medularmente, en la igualdad ante la misma ley fiscal de todos los sujetos pasivos de un mismo tributo, quienes, en consecuencia, deben recibir un mismo trato, lo que implica que las normas tributarias deben tratar de manera igual a quienes se encuentren en una misma situación y de manera desigual a los sujetos de gravamen que se ubiquen en una situación diversa; en otros términos, el principio de equidad obliga a que no exista distinción entre situaciones tributarias que pueden considerarse iguales, sin que para ello haya una justificación objetiva y razonable, por lo que el valor superior que persigue consiste en evitar que existan normas que, destinadas a proyectarse sobre situaciones de igualdad de hecho, produzcan desigualdad como efecto de su aplicación, al generar un trato distinto en situaciones análogas o al propiciar efectos iguales sobre sujetos que se ubican en situaciones dispares; además, el propio Máximo Tribunal de la República ha sostenido que para cumplir con el citado principio, el legislador no sólo está facultado, sino que tiene la obligación de crear categorías o clasificaciones de contribuyentes a condición de que éstas no sean caprichosas o arbitrarias, es decir, que se sustenten en bases objetivas que justifiquen el tratamiento diferente entre una y otra categoría, y que pueden responder a finalidades económicas o sociales, razones de política fiscal o incluso extrafiscales. Acorde con lo antes expuesto, el artículo 109, fracción XI, penúltimo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del primero de enero de dos mil dos, viola el principio de equidad tributaria consagrado en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al otorgar una exención ilimitada a los trabajadores al servicio de la Federación y de los Estados respecto de los ingresos que obtengan por concepto de gratificaciones, aguinaldo y prima vacacional, restringiendo a treinta y quince días de salario mínimo, respectivamente, la exención concedida a los demás trabajadores asalariados por la obtención de los mismos ingresos, toda vez que da un trato distinto a sujetos del tributo que se ubican en una misma situación, es decir, establece un régimen fiscal de exención distinto para los trabajadores al servicio del Estado y de las entidades federativas, sin que exista en la propia ley, en la exposición de motivos o en los dictámenes correspondientes de la discusión de dicha ley una justificación objetiva y razonable. Lo anterior se corrobora con el hecho de que ambos tipos de trabajadores son personas físicas que obtienen ingresos, en efectivo, regulados por el capítulo I del título IV de la ley citada, relativo a los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado; obtienen el mismo tipo de ingreso: gratificaciones; experimentan modificación patrimonial positiva, al percibir ingresos derivados de gratificaciones y tienen derecho a las mismas deducciones personales, de manera que al encontrarse en la misma hipótesis de causación, en principio, deben estar sometidos al mismo régimen tributario, por lo que si la ley de la materia no contempla, en ninguno de sus apartados, un grupo o categoría especial en la que hubiere ubicado a los trabajadores al servicio del Estado y de las entidades federativas, éstos se encuentran, esencialmente, en igualdad frente a la ley tributaria, con los demás trabajadores asalariados.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.4 Kb)   pdf (162.8 Kb)   docx (42.4 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com