ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ensayo ALPHA


Enviado por   •  4 de Febrero de 2015  •  1.934 Palabras (8 Páginas)  •  147 Visitas

Página 1 de 8

LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS DEL

ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1°. La presente Ley es reglamentaria del artículo 135 de la Constitución Política del

Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. Es de orden público e interés general; tiene por objeto

Regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, gasto y ejecución de

Las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas,

ARTÍCULO 2°. Para efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Auditoría:

II. Cámaras:

III. Comité

IV. CompraNet:

V. Contraloría

VI. Contratista:

VII. Dependencias y Entidades

VIII. Instituciones:

IX. Licitante

X. Obras Públicas Asociadas a Proyectos de Infraestructura:

XI. Órganos de Control Interno

ARTÍCULO 3°. Para los efectos de esta Ley se considera obra pública a los trabajos que tengan

por objeto, construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener,

modificar y demoler bienes inmuebles.

ARTÍCULO 4°. Para efectos de esta Ley se considera como servicios relacionados con las obras

públicas, los trabajos que tengan por objeto concebir, diseñar, ampliar, remodelar, modificar,

proyectar y calcular los elementos que integran un proyecto de obra pública; los relativos a las

investigaciones, estudios, asesorías y consultorías especializadas que se vinculen con las acciones

que regula esta Ley

ARTÍCULO 5°. La aplicación de esta Ley será sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados

internacionales.

ARTÍCULO 6°. Las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas, que realicen las

instituciones con cargo total o parcial a fondos federales, se sujetarán a las disposiciones legales

federales de la materia.

ARTÍCULO 7°. Será responsabilidad de las instituciones mantener adecuada y satisfactoriamente

aseguradas las obras públicas a partir del momento de su recepción.

ARTÍCULO 8°. El gasto de la obra pública y los servicios relacionados con las mismas se sujetarán,

en su caso, a las disposiciones de, la Ley del Presupuesto de Egresos del Estado; la Ley de

Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado, y su Reglamento; así como a los

presupuestos de egresos de los municipios y organismos autónomos; y demás disposiciones

legales aplicables.

ARTÍCULO 9°. Las instituciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán, a través

de sus órganos de control interno, las disposiciones administrativas que sean estrictamente

necesarias para el adecuado cumplimiento de esta Ley.

Todas las notificaciones de resoluciones y acuerdos que las instituciones hagan a los interesados

en relación con la obra pública y los servicios relacionados con la misma, deberán ser personales y

mediante cédula.

ARTÍCULO 10. Los poderes, Ejecutivo; Legislativo; y Judicial; así como los ayuntamientos, los

organismos autónomos, los órganos centralizados, desconcentrados y descentralizados,

paraestatales e intermunicipales de la administración pública estatal y municipal, serán los

responsables, de que en el ámbito de sus respectivas competencias, se adopten e instrumenten las

acciones que deban llevar a cabo en cumplimiento de esta Ley

ARTÍCULO 11. Corresponde a las instituciones llevar a cabo los procedimientos para contratar y

ejecutar las obras públicas y servicios relacionados con las mismas establecidos en esta Ley

ARTÍCULO 12. El Poder Ejecutivo del Estado, los ayuntamientos, y los organismos autónomos,

podrán contratar asesoría técnica para la realización de investigaciones de mercado, mejoramiento

del sistema de obra pública y servicios relacionados con las mismas,

ARTÍCULO 13. Será responsabilidad de las instituciones mantener adecuada y satisfactoriamente

inventariados, los bienes con que cuenten para la realización de la obra pública y servicios

relacionados con las mismas.

ARTÍCULO 14. Cuando por las condiciones especiales de la obra pública y servicios relacionados

con las mismas, se requiera la intervención de dos o más instituciones, quedará a cargo de cada

una de ellas la responsabilidad sobre la ejecución de la parte de la obra y de los servicios

relacionados con las mismas que le corresponda,

TÍTULO SEGUNDO

DE LA PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN

Capítulo Único

ARTÍCULO 18. En la planeación de la obra pública y los servicios relacionados con la misma,

ARTÍCULO 19. Las instituciones, según las características, complejidad y magnitud de los trabajos,

formularán sus programas anuales de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y los

que abarquen más de un ejercicio presupuestal,

ARTÍCULO 20. Las instituciones y los contratistas, en lo que a cada uno corresponda, estarán

obligadas a prever los efectos sobre el medio ambiente que pueda causar la ejecución de la obra

pública y servicios relacionados con las mismas, ya sean por contrato o por administración directa.

ARTÍCULO 21. Las instituciones que requieran contratar o realizar estudios o proyectos, verificarán

si en sus archivos o en el de las instituciones afines, existen estudios o proyectos sobre la materia.

ARTÍCULO 22. Las instituciones tendrán la obligación de llevar un catálogo y archivo de los

estudios y proyectos que se hayan realizado o estén pendientes de ejecutar, y deberá constar su

ubicación física en los archivos de la institución;

ARTÍCULO 23. Las instituciones deberán remitir a su órgano de control interno que corresponda,

una descripción breve del objeto de los contratos que en estas materias celebren, así como de sus

productos.

ARTÍCULO 24. Los contratos de servicios relacionados con las obras públicas sólo se podrán

celebrar cuando las áreas responsables de su ejecución no dispongan cuantitativa o

cualitativamente de los elementos, instalaciones y personal para llevarlos a cabo

ARTÍCULO 25. Cualquier persona, las dependencias y entidades podrán promover y presentar a

consideración de las instituciones, estudios, planes y programas para el desarrollo de proyectos,

debiendo proporcionar la información suficiente que permita su factibilidad,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com