Estructura del contrato colectivo, depósitos y efectos y administración de los mismos
Adrian DiazApuntes27 de Julio de 2025
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez
Cátedra: Sindicalismo
Estructura del contrato colectivo, depósitos y efectos y administración de los mismos.
Facilitador:
Miguel Leiva
Integrantes:
Aydarbis Misett CI: 16.105.883
Milanyela Mendoza CI 12.282.961
Jhoanny Perez CI 25.844.146
Eglemir Marin CI 17.155.332
Gerson Diaz CI 26.327.082
Daniela Gonzalez CI 30.225.999
Eiser Gonzalez CI 26.648.945
Orianna Santos CI 25.574.585
Marianngelys Trujillo CI 29.521.384
Ana Medina CI 30.397.468
Neidy Lobo CI 27.859.109
Maiquetía 29 de Octubre 2024
Introducción
El contrato colectivo son convenios celebrados por partes interesadas que de una manera u otra no afecten tanto al empleador y al trabajador. Es un derecho laboral establecido por la ley orgánica de trabajo, es un tema amplio y de mucha historia, ya que al comienzo del siglo pasado cuando empezaron a surgir grandes empresas tanto públicas y privadas, no se contaba con una ley que respaldara al trabajador en una época de capitalismo salvaje. Tras evoluciones considerables hubo cambios drásticos para el beneficio en común, surgen leyes y sindicatos que pelearán por los derechos laborales.
Por lo tanto explicaremos que el contrato beneficia y protege al empleado y ayuda a tener una mejor relación laboral para el desarrollo del individuo, y no solamente al trabajador sino también al empleador. En ellas tenemos contratación por ramas colectivas industriales, son contenidos de diversos aspectos de la relación de trabajo: calificaciones y organización del trabajo; estructuras y dinámicas distributivas; horarios y tiempo de trabajo; derechos sindicales.
Las convenciones de obreros patronales son acuerdos escritos que establecen las condiciones de trabajo entre un grupo de trabajadores (representados por un sindicato) y un empleador o grupo de empleadores.
Discusión de contrato la negociación colectiva comprende tanto la discusión y concertación del contrato colectivo, cuanto su interpretación y administración. Para efectos del presente trabajo, sin embargo, nos centraremos en su acepción etimológica más usual, relativa a la contratación en sí, refiriéndonos a la parte relativa a administración sólo en lo que incide en la negociación propiamente dicha.
Como también su estructura y administración ya que la misma Determina si la aplicación se ajusta o no a las cláusulas del convenio, una ampliación del proceso mismo de negociación; es una actividad cotidiana en la cual los representantes de la empresa y del sindicato procuran ventajas secundarias, o mayores concesiones por interpretación favorable de los acuerdos.
A su vez la extensión obligatoria de los convenios colectivos está respaldada por la ley, lo que significa que el Estado acepta y reconoce la importancia de proteger los derechos de los trabajadores y garantizar condiciones laborales justas,
Estructura del contrato colectivo, depósitos, efectos y administración de los mismos.
La contratación colectiva por ramas de industria.
La Ley del Trabajo de 16 de julio de 1936, punto de inicio de la legislación laboral venezolana contemporánea, aunque esto no sea rigurosamente exacto, se dicta el 21 de noviembre de 1958 la Ley sobre Contratos Colectivos por Ramas de Industrias (Decreto N.º 440). Eran tiempos de reacomodo en todos los órdenes de funcionamiento del país después del derrocamiento del gobierno del general Marcos Pérez Jiménez y con ello recuperaban su protagonismo las fuerzas sociales y partidistas que habían sido reprimidas durante aquel gobierno. Se vivían momentos de transición hacia un nuevo modelo de Estado y de gobierno.
El movimiento sindical se reagrupa e impulsaba la negociación colectiva en muchas empresas. Ese Decreto buscaba englobar y homogeneizar la negociación colectiva y los acuerdos resultantes elevándose a un nivel mayor, el de la industria, en aquel momento principalmente la industria manufacturera, y no dejarlos atomizados en cada empresa tal como lo contemplaba la legislación vigente.
El Decreto fue dictado por la Junta de Gobierno en Consejo de Ministros con base en el Acta Constitutiva de 23 de enero de 1958, que la investía (artículo 2) con todos los poderes del Estado. Se le dio, por ello, jerarquía de ley. Pese a su denominación, su aplicación no se limitó a la industria, sino que abarcó a cualquier tipo de actividad económica, aún no industrial.
La negociación de la rama de los sectores o por categoría tiene por contenidos los diversos aspectos de la relación de trabajo: calificaciones y organización del trabajo; estructuras y dinámicas distributivas; horarios y tiempo de trabajo; derechos sindicales; o derechos de información y de control. El Artículo 129 del RLOT esclarece sobre la clasificación por rama de actividad. Otorgando al Ministerio del Trabajo, quien mediante Resolución, establecerá la clasificación de las ramas de actividad que se observarán a los fines de la Reunión Normativa Laboral. Es otra forma de lograr la celebración de una convención colectiva, mediante una reunión normativa laboral. Esta se convoca o reconoce entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios sindicatos, con la finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio en una misma rama de actividad, con alcance local, regional o nacional, del sector público o sector privado y siempre con intervención de la autoridad administrativa, en forma tripartita:
Trabajadores - Autoridad administrativa - Patronos. A éste respecto el artículo 130 del RLOT explica que el ámbito espacial o territorial de la Reunión Normativa Laboral, podrá ser:
- Local, cuando no exceda de una entidad federal
- Regional, cuando se extienda a dos (02) o más entidades federales
- Nacional, cuando lo sea a todo el territorio de la República.
Convenciones Obreros Patronales
Las convenciones obreras patronales, también conocidas como contratos colectivos o convenios colectivos de trabajo, son acuerdos escritos que establecen las condiciones de trabajo entre un grupo de trabajadores (representados por un sindicato) y un empleador o grupo de empleadores. Estos acuerdos son el resultado de una negociación colectiva y tienen como objetivo principal regular las relaciones laborales de manera justa y equitativa.
Características Principales
- Bilateralidad: Son acuerdos entre dos partes: los trabajadores y los empleadores.
- Normatividad: Establecen normas que regulan las condiciones de trabajo, como salarios, horarios, vacaciones, prestaciones sociales, etc.
- Colectividad: Abarcan a un grupo de trabajadores y a un grupo de empleadores, no a individuos aislados.
- Extensión: Pueden tener una aplicación general a toda una industria o sector económico, o ser específicos para una empresa o grupo de empresas.
- Duración: Tienen una vigencia determinada, después de la cual pueden ser renovadas, modificadas o derogadas.
Contenido de una Convención Colectiva
Las convenciones colectivas suelen incluir cláusulas sobre:
- Condiciones de trabajo: Horarios, descansos, vacaciones, permisos, etc.
- Remuneración: Salarios base, complementos salariales, sistemas de pago, etc.
- Prestaciones sociales: Seguridad social, seguros médicos, fondos de pensiones, etc.
- Seguridad y salud en el trabajo: Medidas de prevención de riesgos laborales, equipos de protección individual, etc.
- Régimen disciplinario: Faltas y sanciones, procedimientos disciplinarios, etc.
- Representación sindical: Derechos y obligaciones de los representantes sindicales, mecanismos de consulta, etc.
- Solución de conflictos: Procedimientos para resolver las diferencias o disputas que puedan surgir durante la vigencia del convenio.
Importancia de las Convenciones Colectivas
- Estabilidad laboral: Contribuyen a crear un clima de estabilidad laboral al establecer reglas claras y transparentes.
- Equilibrio entre las partes: Buscan un equilibrio entre los intereses de los trabajadores y los empleadores.
- Protección de los trabajadores: Garantizan ciertos derechos laborales básicos y protegen a los trabajadores de condiciones laborales abusivas.
- Desarrollo económico: Fomentan la productividad y la competitividad de las empresas al generar un ambiente de trabajo más justo y equitativo.
Discusiones de los contratos.
Los contratos colectivos en Venezuela han sido un tema central en las relaciones laborales del país, y su discusión se ha visto marcada por un contexto histórico, político y económico particular ya que, la negociación y aplicación de contratos colectivos en Venezuela ha sido un tema central en el derecho laboral venezolano, ya que ha experimentado un proceso de transformación profundo en los últimos años. Sin embargo, el contexto sociopolítico y económico de las últimas décadas ha generado una serie de desafíos, complejidades y transformaciones en este ámbito.
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