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Evaluación final IRPF – IRNR


Enviado por   •  25 de Agosto de 2023  •  Exámen  •  811 Palabras (4 Páginas)  •  36 Visitas

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EVALUACIÓN FINAL IRPF – IRNR

CASO SOLAR

Don Peter Slazenger deberá tributar como persona física en función del IRNR. La venta del apartamento por importe de 200.000€ supoen una ganancia patrimonial, por lo que deberá aplicarse un tipo de gravamen del 19%.

 [pic 1]

Dicha ganancia patrimonial puede ser reducida al resulta aplicable un régimen transitorio debido a la adquisición del inmueble en 1992 fecha anterior a 31/12/1994.

Días transcurridos entre la fecha de adquisición (15/01/1992) y la fecha en que se realiza la transmisión del inmueble (31/05/2020) es de 10.330 días.

Días transcurridos entre la fecha de adquisición y el 19/01/2006 es de 5.115 días.

  • Ganancia generada hasta 2006 🡪 [pic 2]
  • Ganancia susceptible de reducción 🡪 [pic 3]

Años de permanencia hasta 31/12/1996 que excede de 2 redondeado = 4,96 años – 2 = 2,96 = 3 años.

A pesar de que la cuota devengada es a partir del 01/01/2015, como no excede de 400.000€ se puede aplicar una reducción del 11,11% cada año (un total del 33,33€).

  • [pic 4]
  • Ganancia patrimonial no exenta 🡪 [pic 5]
  • Deuda Tributaria 🡪      [1][pic 6]

CASO ALAEJOS

RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO A INTEGRAR EN LA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO:

Intereses de cuentas y depósitos y de activos financieros en general.

 [pic 7]

 [pic 8]

Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades.

 [pic 9]

 [pic 10]

Rendimientos procedentes de la transmisión o amortización de Letras del Tesoro.

 [pic 11]

 [pic 12]

Rendimientos procedentes de contratos de seguro de vida o invalidez y de operaciones de capitalización.

 [pic 13]

 [pic 14]

TOTAL INGRESOS ÍNTEGROS

 [pic 15]

 [pic 16]

Gastos fiscalmente deducibles

 [pic 17]

 [pic 18]

RENDIMIENTO NETO

 [pic 19]

 [pic 20]

CASO NOPAGO

  1. ¿Cuál de las dos opciones es más interesante para el trabajador, la que le ofrece la empresa o la que le corresponde por Ley? ¿Qué pasaría si la empresa ofreciese una indemnización de 11.900€?

Salario Anual Bruto 🡪  [pic 21]

Salario Mensual Medio 🡪 [pic 22]

Salario Diario 🡪 [pic 23]

Si tomamos como referencia los últimos 5 años (de 31/07/2020 hacia atrás), por lo que a Don José Luis le corresponden 33 días por años trabajados (es decir, 33 días por los 5 años que contabilizamos).

Total de días Indemnizables 🡪 [pic 24]

Importe Indemnización 🡪 [pic 25]

RESPUESTA:

Si tomamos como referencia los últimos 5 años anteriores al 2020, Don José Luis aceptaría la oferta de 9.500€ que la empresa ofrece, ya que con el salario bruto de 1.000€ el resultado del cálculo de su despido es inferior en 2.624,45€.

En el caso de que la empresa ofreciese una indemnización de 11.900€, el trabajador se vería obligado por la ley a tributar por la cantidad excedente a los límites como rendimientos del trabajo. En el caso que nos aplica, el trabajador tendría que tributar por los 5.400€ excedentes del límite correspondiente (11.900 – 6.500 = 5.400€).

  1. ¿Dónde tendría su residencia habitual Don José Luis?

Según la información que tenemos, Don José Luis reside desde 01/01 al 15/08 en Burgos y a partir del 15/08 hasta el 31/12 pasa a residir en Madrid.

  • Días totales residente en Burgos 🡪 227 días (aproximadamente)
  • Días totales residente en Madrid 🡪 138 días

Se considera residencia habitual según LIRPF se considera cuando el contribuyente permanezca más de 183 días, durante el año natural, computando las ausencias esporádicas. Por lo tanto, debemos considerar que Don José Luis tendría su residencia habitual en Burgos, donde ha permanecido durante 227 días (>183 días).

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