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FINANZAS PÚBLICAS. ACTIVIDAD 4


Enviado por   •  8 de Octubre de 2021  •  Tareas  •  1.007 Palabras (5 Páginas)  •  96 Visitas

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FINANZAS PÚBLICAS

ACTIVIDAD 4.

Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia

Escuela de Ciencias Administrativas y Económicas

Administración Comercial y Financiera

Bogotá, Colombia

2020

* Sonia Leonor Castro

FINANZAS PÚBLICAS

ACTIVIDAD 4.

Sonia Leonor Castro - Profesora

Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia

Escuela de Ciencias Administrativas y Económicas

Administración Comercial y Financiera

Bogotá, Colombia

2020

INTRODUCCIÓN

La tributación es vital para el estado pues de esta manera es como se captan recursos para diferentes obras y asi poder tener la manera para financiar obras, la política fiscal es vital para que se regule los impuestos a pagar y de esta manera se financien obras y se ayude a contribuir al mantenimiento de la economía de un país.

 


DESARROLLO DEL TALLER

Con base en la temática de las Unidades 3 y 4 (Política Fiscal y Presupuesto y Tributación):

  1. A nivel local en su municipio o departamento, averigüe cuales impuestos municipales o departamentales financia la actividad del alcalde o gobernador; explique con sus propias palabras por concepto de qué fuentes se financia el ente territorial. Este informe no deberá sobrepasar las 5 hojas.

Bogotá siendo la capital de Colombia una ciudad metropolitana requiere ciertos impuestos para su mantenimiento alguno de estos son conocidos pues se pagan también a nivel de país.

Impuestos en Bogotá

Impuesto Predial Unificado: Es un impuesto que se cancela Anualmente y es cobrado a todos los predios ubicados en Bogotá. Es impuesto es calcula con base a la ubicación e infraestructura que posee un inmueble, aquellos predios que sean de uso comunal o publico no pagaran este impuesto hay excepciones a la regla.

Impuesto vehículos automotores: Es un impuesto que se paga anualmente y que deben pagar los propietarios de carros, incluyendo los vehículos públicos, en Bogotá, el pago de este impuesto es proporcional a la excepción a la regla es tractores

Impuesto de Delineación urbana: Este impuesto es para adjudicar las licencias de construcción y obras civiles nuevas que se realicen en la ciudad, Este impuesto se debe pagar cuando se solicite una licencia para construir, modificar, adecuar o reparar obras y urbanización de terrenos dentro del territorio nacional, El hecho generador del impuesto de Delineación Urbana lo constituye la ejecución de obras o construcciones con licencia de construcción o reconocimiento. 

Impuesto de juegos de azar – rifas, juegos y espectáculos: Establecido bajo la Ley 12 de 1932, artículo 7, consiste en el cobro del 10% sobre el valor de cada boleta de entrada personal a espectáculos públicos de cualquier clase, y por cada boleta o tiquete de apuestas en toda clase de juego . Conocido actualmente como el impuesto unificado fondo de pobres, azar y espectáculos, resultante de la unificación del fondo de pobres con el impuesto a los tributos de azar y espectáculos.

Impuesto de Industria y Comercio (ICA): Se trata de impuesto el  cual se genera por la realización de actividades industriales de forma directa o indirecta, comerciales o de servicios, que se desarrollan de manera permanente u ocasional, en un inmueble determinado, sea que exista establecimiento de comercio o no que deben pagar todas las personas naturales, jurídicas y sociedades que realizan cualquier actividad comercial, industrial o de servicios en Bogotá, actividades desarrolladas de manera continua o eventual, con o sin establecimiento comercial y que se encuentren inscritas en el Registro de Información Tributaria, Se calcula el monto a pagar teniendo en cuenta la actividad financiera.

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