FUNCION DEL ESTADO
sheilac12317 de Marzo de 2015
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EL ESTADO
El Estado es aquel conjunto de organizaciones que en su totalidad poseen la facultad de establecer las normas que guiarán una determinada sociedad, ejerciendo su poder en un territorio previamente establecido. Esta soberanía permite que dentro de los poderes de un Estado se puedan encontrar otras importantes instituciones, como lo son las Fuerzas Armadas, la policía y la administración pública.
Como se puede intuir a partir de la definición de Estado, se trata de algo bastante fácil de confundir con el Gobierno, sin embargo, se diferencian en que este último es el que va cambiando con las diferentes personas que ocupan cargos durante períodos de tiempo previamente delimitados, mientras que el Estado es aquel que opera bajo instituciones permanentes en el tiempo, por lo que se trata de algo que se construye paso a paso con la historia de cada nación.
FUNCIONES DEL ESTADO
La Constitución establece dentro de los fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad, garantizar los derechos y deberes de los ciudadanos, facilitar la participación del pueblo en los asuntos de la Nación, defender la independencia y la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica así como un orden justo, entre otros.
Para que el Estado pueda alcanzar estos fines y logre cumplir con las funciones que le corresponden se han creado tres ramas del poder público: la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Estas ramas están integradas por diversos órganos con funciones diferentes, pero que siempre deben coordinarse y colaborarse para poder trabajar mejor y lograr dichos fines
ELEMENTOS DEL ESTADO
Para que un Estado se constituya como tal, es necesario que cuente con ciertos elementos básicos. Entre ellos se encuentra el Pueblo, cuya principal característica radica en su universalidad. El pueblo es considerado como el componente más elemental de un Estado, de este modo, no podría existir Estado sin pueblo ni pueblo sin Estado.
Otro de los elementos básicos es el Poder, que se define como la capacidad de ejercer un dominio y control a las personas, y de este modo, poder reglamentar su comportamiento y actividad. El ejercicio del poder puede ser llevado a cabo en forma voluntaria, o bien a la fuerza, sin embargo, del modo que sea, supone cierto nivel de subordinación de las personas al Estado.
En tercer lugar, el Territorio, el que se comporta como otro de los elementos constituyentes del Estado, y se define como aquel espacio físico dentro del cual es posible ejercer el poder estatal, y que permite diferenciar y dar independencia del poder que ejercen otros Estados sobre otros territorios.
EL SECTOR PÚBLICO
El sector público es el conjunto de organismos administrativos mediante los cuales el Estado cumple, o hace cumplir, la política o voluntad expresada en las leyes del país.
Esta clasificación incluye dentro del sector público: El Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder judicial y organismos públicos autónomos, instituciones, empresas y personas que realizan alguna actividad económica en nombre del Estado y que se encuentran representadas por el mismo, es decir, que abarca todas aquellas actividades que el Estado (Administración local y central) poseen o controlan.
PRESUPUESTO PÚBLICO
Es un instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de cobertura con equidad, eficacia y eficiencia por las Entidades Públicas. Establece los límites de gastos durante el año fiscal, por cada una de las Entidades del Sector Público y los ingresos que los financian, acorde con la disponibilidad de los Fondos Públicos, a fin de mantener el equilibrio fiscal.
CLASIFICACION DEL SECTOR PÚBLICO
Los organismos que constituyen el sector público pueden clasificarse en función a distintos criterios organizativos y funcionales.
Atendiendo a la naturaleza de sus actividades, la manera como se controlan y el régimen de propiedad a que están sujetas, podemos decir que el sector público se clasifica de la manera siguiente:
Sector Público No Financiero
Gobierno Central
Instituciones Descentralizadas y autónomas No Financiera
Instituciones Públicas de Seguridad Social
Empresas Públicas No Financieras
Ayuntamientos y Municipios
Sector Público Financiero
Instituciones Descentralizadas y autónomas Financieras
Empresas Públicas Financieras
CONTABILIADAD PÚBLICA
La contabilidad gubernamental, por lo tanto, es el tipo de contabilidad que registra las operaciones financieras de las entidades y dependencias de la administración pública. Todos los eventos económicos cuantificables que afecten al Estado forman parte del interés de la contabilidad gubernamental.
A través de la contabilidad gubernamental, los dirigentes a cargo de la conducción del Estado deben rendir cuentas a los organismos competentes para mostrar cómo administran el dinero público.
En concreto, podemos establecer que son varios los usuarios de la contabilidad gubernamental. Así, entre aquellos se encuentran el poder legislativo, los inversionistas, los analistas económicos, los acreedores, los proveedores de recursos, los analistas financieros o las agencias internacionales, por ejemplo.
Asimismo hay que tener en cuenta que cuando se habla de este tipo de contabilidad se hace imprescindible determinar que su estructura se encuentra delimitada por tres elementos, que son el principio de legalidad, los principios básicos de contabilidad gubernamental y las reglas particulares en base al criterio prudencial.
Entre las características fundamentales que tiene que poseer la contabilidad gubernamental se encuentran las siguientes:
• Integralidad del registro y cobertura del mismo.
• Uniformidad.
• Centralización normativa.
• Marco doctrinario.
• Descentralización operativa.
• Control contable de los bienes.
• Funcionamiento de manera integrada con otros sistemas.
• Estructuración basada, entre otras cosas, en el flujo de datos.
De igual manera, la contabilidad gubernamental es una herramienta imprescindible para la elaboración del presupuesto. Aunque depende de cada constitución, lo más habitual es que el presupuesto sea sometido a debate parlamentario. La información que permite defender o criticar el presupuesto procede de los balances ofrecidos por la contabilidad gubernamental.
Es importante destacar que la contabilidad gubernamental está regida por diversas leyes y regulada por varias instituciones. La intención es que el gobierno de turno no aproveche su posición para utilizar los fondos estatales según su conveniencia e intereses, sino que la gestión financiera sea transparente.
MARCO JURÍDICO: LEY ORGÁNICA DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Mediante la Ley 126-01, de fecha 15 de Mayo del 2001, se crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental, que funcionará bajo la dependencia del Ministerio de Hacienda, y tendrá a su cargo el Sistema de Contabilidad Gubernamental.
Esta ley se creó para ayudar al cumplimiento de los objetivos básicos de la administración pública, que es lograr mayor eficiencia en la gestión financiera del Estado, sin alterar su equilibrio.
El gobierno dominicano con esta ley inicio un proceso de reforma de la administración financiera del Estado, con la finalidad de introducir modificaciones sustantivas en la actual normativa y procedimiento, tendentes a sistematizar las operaciones de programación, gestión y distribución de los recursos del sector público nacional, basado en normas de contabilidad que permitan integrar las informaciones presupuestarias del tesoro y del patrimonio de cada entidad.
“PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS PARA EL SECTOR PÚBLICO”
Los principios de contabilidad generalmente aceptados, adaptados al Sector Público, determinan una base teórica y lineamientos fundamentales para la elaboración de los estados contables. Los mismos se consideran como esenciales para la cuantificación y adecuado registro de las operaciones del Estado, siendo necesario entonces el conocimiento de los criterios seguidos para su preparación, lo cual facilita, entre otros aspectos, el control por parte de los organismos pertinentes.
POSTULADO BÁSICO
Equidad
El registro de los hechos económicos financieros debe ser determinado en base a un criterio ecuánime con relación a los diferentes sectores involucrados en la gestión pública.
PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD
1. Entidad
Es toda organización pública con personalidad jurídica y patrimonio propio, creada para cumplir determinados objetivos y metas, conforme los ordenamientos jurídicos que la originaron.
2. Gestión Continua
Se considera que la Entidad tiene existencia permanente, salvo modificación posterior de la norma legal de creación por la que se determine lo contrario.
3. Período Contable
Principio que establece el tiempo máximo para medir y analizar resultados. Identifica y delimita el ente financiero. Por ejemplo para las Instituciones Públicas el período económico inicia en enero de cada año y se extiende hasta diciembre de ese año.
4. Registro
Todo hecho
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