Funciones del estado
ajamInforme2 de Mayo de 2013
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Funciones del estado
Las funciones del estado son las actividades que el estado desarrolla para cumplir con sus fines, es decir lograr el bien común.
Desde la teoría tradicional de la separación de poderes propuesta por montesquiev se distinguen la funciopn ejecutica, administrativa y jurisdiccional que corresponden al estado liberal o al estado de derecho, sin embargo la evolución del estado, el aumento de sus fines genera que hoy existan otras funciones diferentes a esas funciones clásicas como la función de control, la función electoral la función de planeación, la presupuestal, la constituyente entre otras.
Cuatro son los criterios que se han empleado para distinquir las funiones del estado,
1. Criterio organico: Mira el órgano que cumple la función y normalmente se le denomina poder.
2. Criterio material o sustancial : que mira cual es la actividad o la finalidad que cumple cada función y es estrictamente el que define la función de acuerdo a su función.
3. Criterio procedimental: que mira el procedimiento a través del cual se cumple la función.
4. Criterio formal: que mira la forma o el acto a través del cual se expresa la función.
Apartir de estos cuatro criterios se puede lograr una función precisa de las funciones.
2013-04-29
Funcion Legíslativa : de acuerdo al criterio organico se define como la función que cumple una asamblea llámese parlamento o congreso y que se caracteriza por que sus miembros son elegidos por la comunidad política, por el pueblo y así mismo representan los intereses de esa comunidad o pueblo. Para garantizar la independencia de ese poder legislativo especialmente frente al poder ejecutivo los ordenamientos jurídicos establecen ciertos mecanismos en relación con los miembros de esa asamblea y de la asamblea como institución misma. En cuanto a los miembros de esa asamblea se les otorgan ciertas prerogativas como son el hecho de no poder ser juzgados por sus opiniones en el ejercicio de su función y ser juzgados por jueces especiales distintos a los ordinarios pero correlativamente se les establecen ciertas cargas como son las inhabilidades e incompatibilidades, es decir circunstancias que impiden ser miembros de esa asamblea o que hacen incompatible con ello la realización de ciertas actividades.
Desde el criterio material se define la función legislativa como aquella en quien consiste la creación, modificación t derogatoria de normas generales, impersonales y abstractas; función que en todo caso tiene ciertos matices. En primer lugar, no representa un monopolio del poder normativo para el poder legislativo puesto que existen otros poderes, como el poder ejecutivo que en ciertos casos pueden dictar normas con fuerza de ley y, en segundo lugar, en el procedimiento de creación de las leyes también intervienen otros poderes distintos al legislativo como sucede con el poder ejecutivo en la iniciativa y en la sanción de las leyes.
Desde el criterio procedimental se define como aquella función que se cumple a través de un procedimiento legislativo que culmina con la expedición de una ley. Este procedimiento en general se compone de las siguientes etapas
• Etapa iniciativa: quien puede propones un proyecto de ley y lo pueden hacer lo miembros del congreso o parlamento, el poder ejecutivo, el pueblo y hay ciertos proyectos de ley que tienen una iniciativa especial porque solo pueden ser propuestos por los órganos que tienen competencia sobre determinados temas.
• Los debates: la discusión que se hace sobre ese proyecto de ley, lo cual se da en unas comisiones y en plenaria. Las comisiones obedecen a una organización interna al interior del poder legislativo para el estudio de ciertas materias especificas y las plenarias cuando se dan por todos los miembro de una cámara y asi mismo estos debates de deben dar en la cámara o en las
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