GESTION REVISOR FISCAL
julianchoensayos30 de Noviembre de 2014
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PAPERCLEAN S.A.S
DICTAMEN DEL REVISOR FISCAL
HALLAZGOS
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
Noviembre 29 de 2014
• HALLAZGOS ADMINISTRATIVOS
PAPERCLEAN S.A.S
NIT.890.000.357-5
Dentro de las responsabilidades asignadas y las normas complementarias, se llevó a cabo una revisión del proceso, para lo cual se tomaron como referencia así:
Para la realización de nuestro trabajo se aplicaron Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas, con base en las pruebas selectivas, que puede no haberse identificado todas las inconsistencias a las normas y procedimientos que eventualmente puedan existir, por lo tanto es necesario que, las áreas responsables del proceso de administración apliquen los mecanismos de control y seguimiento establecidos en las normas vigentes.
Existe Reglamento de trabajo; pero, no hay Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
Art. 104 C.S.T. El reglamento de trabajo es el conjunto de normas que determina las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio; se recomienda fijarlo en un lugar visible y fácil acceso para los empleados y evitar posibles sanciones administrativas.
De acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo. Art. 349 - Por 10 o más trabajadores debe existir Reglamento de Higiene y Seguridad, sometiéndolo a revisión y aprobación de la oficina Nacional de medicina e Higiene Industrial del Ministerio de la Protección Social, tener en cuenta los puntos del contenido del Reglamento Art. 350 C. S. T., y este debe ser publicado una vez se cumpla con el articulo 349 C. S. T. La recomendación es cumplir con la norma para evitar el pago de las sanciones respectivas
Se ha entregado una sola dotación de la fecha.
Art. 230 CTS. Todo empleador que habitualmente ocupe uno (1) o más trabajadores permanentes deberá suministra cada cuatro (4) meses en forma gratuita, un par de zapatos y un vestido de labor al trabajador cuya remuneración mensual sea hasta de dos (2) veces el salario mínimo màs alto vigente desde que haya cumplido tres meses de servicio al empleador
Debido a la fecha de iniciación de actividades de la empresa, se entregó a los trabajadores una dotación de trabajo el día 05 de septiembre de 2014, la próxima entrega seria en el mes de diciembre, pero se acordó ser entregada hasta el día 01 de enero de 2015 para así iniciar con los periodos de entregas normales.
Cuando se implementó el PILA; Empresa y trabajadores se pagó el 30 de cada mes:
Decreto 1465 de 2005
El Sistema Integrado de Pagos de aportes a la Seguridad Social es un nuevo sistema que permitirá que los aportantes realicen el pago integrado de los aportes a la Seguridad Social y demás parafiscales, a través de transferencias electrónicas de fondos, con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) a la Seguridad Social, en formato electrónico.
La principal intención de establecer que todos los aportes a la seguridad social y parafiscales se liquiden en una única “Planilla integrada” es lograr que el pago respectivo se cumpla oportunamente para con todos los actores del sistema (salud, pensiones, ARP, Caja de Compensación, Sena, ICBF, ESAP y Ministerio de Educación), pues hoy día existen prácticas como la de efectuar la liquidación y pago de los aportes a salud únicamente, y dejar atrasados los pagos a los demás rubros.
Los regímenes contemplados dentro del Sistema de Seguridad Social Integral son:
• Riesgo Profesionales
• Salud: (12.5%)
Régimen Subsidiado
Régimen Contributivo
• Pensiones (16%)
• Parafiscales
Caja de Compensación (4%)
La empresa está registrada en la Cámara
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