Gestión Inmobiliaria
Campa83Trabajo3 de Noviembre de 2020
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TRABAJO PRACTICO N° 1
Curso | Administración de consorcio |
Materia | El Administrador |
Alumno | Andrea Campagnolo |
Consignas
- Analizar funciones a cumplir para ser administrador, mencionando el pago de sus honorarios y el horario que debe cumplir.
Entre las funciones que debe realizar un administrador se encuentran: Administrar las áreas comunes, ejercer el mantenimiento como ascensores, jardín (si lo tuviera), contratar pintores, plomeros, comprar artículos y bienes de uso común para el edificio. Contratar personal en relación de dependencia, encargado, auxiliar, sereno, y realizar los aportes correspondientes al mismo. Contratar los seguros como de incendios y cumplir con las normas municipales, rendir cuenta documentada de su gestión.
En cuanto al cálculo de los honorarios hasta 20 unidades, incluyendo cocheras, se toman el valor mínimo indicado. Para más unidades, se va tomando el valor mínimo indicado más el excedente que no supere las 20 unidades, multiplicado por el valor de 21 a 41 U.F. Y si excediera los cuarenta la diferencia, siempre y cuando no supere las 20 U.F., se multiplica por el valor de 41 a 60 U.F. y así sucesivamente hasta llegar al total de U.F.
Ejemplo: Consorcio Clase D
Características, viviendas sociales construida tipo Fonavi, BHN, etc…
Mínimo hasta 20 U.F. $ 8.400
De 21 a 40 U.F. $ 400 / de 41 a 60 U.F. $ 340 / de 61 a 80 U.F. $ 280 y de 81 U.F. $ 260
Me tome la libertad de agregar esta tabla de honorarios que es sugerida por la Cámara Propiedad Horizontal de la Provincia de Santa Fe 2ª Circunscripción.
CATEGORÍA EDIFICIO | 1º | 2º | 3º | 4º |
UNIDAD (NO | 600,00 | 565,20 | 505,20 | 456,00 |
COCHERA | 226,80 | 226,80 | 226,80 | 226,80 |
HONORARIO MÍNIMO | 20.700,00 | 17.850,00 | 15.000,00 | 12.684.00 |
A estos valores sugeridos, quienes se encuentren inscriptos en el impuesto al valor agregado (I.V.A.), deberán agregar a los mismos el 21%.
A efecto de constituir las cuatro categorías en que se encuadran los edificios, se establecen como servicios centrales los siguientes: agua caliente, calefacción, desagote de cámara séptica (circunscripto a zonas donde existe para uso común del edificio), natatorio, gimnasio, saunas, cancha de tenis y/o paddle y/o squash, salón de usos múltiples, parrillero, quincho, solárium y lavandería.
1º CATEGORÍA: edificios con ascensor/es, bomba/s de agua y dos (2) o más de los servicios centrales.
2º CATEGORÍA: edificios con ascensor/es, bomba/s de agua y uno (1) o más de los servicios centrales.
3º CATEGORÍA: edificios con ascensor/es, bomba/s de agua.
4º CATEGORÍA: edificios sin servicios centrales.
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