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IMPUESTOS EN MEXICO

26052630 de Julio de 2014

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LOS IMPUESTOS EN MEXICO

I. IMPUESTOS.

El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario).

Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la “potestad tributaria del Estado”, principalmente con el objetivo de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado “Capacidad Contributiva”, sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de la libertad.

Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.

Impuestos federales.

• Impuesto sobre la renta (ISR)

• Impuesto empresarial a tasa única. (IETU)

• Impuesto a los depósitos en efectivo (IDE)

• Impuesto al valor agregado (IVA).

• Otros impuestos federales:

-Impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) -Impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN). -Impuesto al comercio exterior (de importación y exportación)

Impuestos locales (los que cada estado cobra)

• Impuesto predial

• Impuesto sobre nóminas.

• Impuesto por la prestación de servicios de hospedaje.

• Impuesto sobre tenencia local.

• Cualquier otro impuesto que, dependiendo de la ubicación de la empresa, cobre cada estado.

II. IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)

Es el impuesto que debe pagar una empresa por las utilidades fiscales obtenidas en la operación de su negocio

Procedimiento del pago provisional y fecha de pago.

Son las cantidades que las empresas están obligadas a pagar durante el ejercicio fiscal (mensualmente) a cuenta del impuesto anual, por lo que en su declaración anual deberán disminuirlas del impuesto que determinen. El procedimiento que una empresa debe seguir para calcular el importe de un pago provisional es totalmente distinto a la mecánica utilizada para el cálculo del ISR de un ejercicio. En primer lugar se debe determinar el coeficiente de la utilidad, el cual se obtienen con datos del último ejercicio de 12 meses de la manera siguiente:

Utilidad fiscal + Deducción inmediata

Ingresos Nominales del ejercicio

Una vez determinado el coeficiente de utilidad, se aplicara la mecánica siguiente para obtener el pago provisional:

Ingresos nominales del periodo comprendido

Desde el primero de enero y hasta el último día del

Mes por el que se realizará el pago

(x) Coeficiente de utilidad

(=)Utilidad fiscal estimada para el pago provisional

Del periodo

(+) Inventario acumulable del periodo

(=) Utilidad fiscal adicionada para el pago provisional

(-) Pérdida que se podrá disminuir en el pago provisional

(=) Resultado fiscal previo estimado para el pago

Provisional del periodo

(-) Deducción adicional del fomento del primer

Empleado del periodo

(=) Resultado fiscal previo estimado para el pago

Provisional del periodo

(x) Tasa del 30%

(=) Monto del pago provisional

(-) Pagos provisionales efectuados con anterioridad del mismo ejercicio

Procedimiento del cálculo anual y fecha de pago (ISR)

El impuesto se determinara de la manera siguiente.

Ventas (Ingresos al año)

(-) Gastos (deducciones del año)

(=)Utilidad fiscal

(x) Tasa del ISR

(=) ISR anual por pagar

III. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

El impuesto al valor agregado es un impuesto al consumo, y se causa cuando se realizan los actos o actividades siguientes:

• Venta de bienes

• Prestación de servicios independientes

• Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes

• Importación de “Bienes o servicios”

En la ley del IVA se fijan diferentes tasas, las cuales se aplican a los actos o actividades que establece dicha ley, ellas son:

• Tasa del 16% denominada tasa general

• Tasa del 11% aplicable a la región fronteriza

• Tasa del 0% aplicable a “bienes y servicios beneficiados”

IV. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS (IEPS)

Este impuesto grava la venta (enajenación) en el territorio nacional e importación de determinados bienes o prestación de servicios relacionados con ellos, tales como:

• Enajenación o importación de: Bebidas alcohólicas, cervezas, tabacos labrados, cigarros, puros, gasolina, diésel, bebidas energizantes, concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes.

• Prestación de los servicios siguientes: Comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución con motivo de la enajenación de los bienes señalados en el punto anterior, excepto gasolinas y diésel, realización de juegos con apuestas y sorteos , los que se proporcionen en territorio nacional a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones.

Tasas del impuesto.

En la ley del IEPS se fijan diferentes tasas, a partir de las cuales se tienen que pagar el IEPS, por la realización de los actos o actividades que establece dicha ley; entre ellas se encuentran:

Tasa del 160%

• Cigarros

• Puros y otros tabacos labrados

Tasa del 53%

• Bebidas alcohólicas y cerveza con graduación de más de 20° G.L.

Tasa del 50 %

• Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables

Tasa del 30% • Bebidas alcohólicas y cerveza con graduación alcohólica de hasta 14° G.L. y hasta 20°G.L.

Tasa del 26.5% • Bebidas alcohólicas y cerveza con graduación alcohólica de hasta 14° G.L.

Tasa del 30.4% • Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano.

Exentos • Algunas enajenaciones e importaciones que tienen este beneficio, tales como: aguamiel y productos derivados de su fermentación

Fecha de pago IEPS.

Las empresas deberán calcular y pagar el IEPS en forma mensual, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel al que corresponda el pago. Dichos pagos tendrán el carácter de definitivos, por lo que no se tendrá obligación de presentar declaración anual.

V. PROCEDIMIENTO PARA REGISTRARSE EN LA SHCP LOS CONTRIBUYENTES PERSONAS MORALES

Solicitud de autorización el nombre y capital ante la Comisión Nacional de Inversión Extranjera

Autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras

¿En qué consiste?

Las sociedades mexicanas constituidas o por constituirse que pretendan exceder el 49% de capital extranjero en actividades con regulación específica o que excedan el monto de activos que anualmente determina la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, actualmente el monto se determina en la Resolución General 12. Personas morales extranjeras, que pretendan realizar actividades con regulación específica.

¿A quién está dirigido?

A las personas físicas o morales extranjeras y a sociedades mexicanas (constituidas o por constituir).

¿Dónde se realiza?

Se tramita ante la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, a través de la Dirección General de Inversión Extranjera, ubicada en Insurgentes Sur 1940, Piso 8, Colonia Florida, Código postal 01030, México, D.F. Los horarios de recepción de solicitudes es de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 14:00 p.m.

O bien, en el interior de la República en las Delegaciones y Subdelegaciones de la Secretaría de Economía, quienes remitirán a la Dirección de Asuntos Jurídicos y de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras su solicitud.

¿Cuáles son los requisitos?

1. Cuestionario debidamente llenado incluyendo los datos que comprueben que será benéfico para la economía del país.

2. Solicitud por escrito que contenga, nombre o denominación

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