Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF)
Zaidis31 de Marzo de 2013
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Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)
El ITF es un impuesto que afecta a determinadas transacciones financieras con 0.005% del monto total de la operación; como los retiros o depósitos
hechos en cualquier cuenta abierta en alguna empresa del sistema financiero.
También se paga ITF si se ordena o adquiere sin usar una cuenta:
Transferencias de fondos dentro o hacia fuera del país
Cheques de gerencia.
Giros nacionales (órdenes de pago país) o al extranjero.
Certificados bancarios.
Otros instrumentos financieros.
Este impuesto es deducible como gasto para el Impuesto a la Renta para los contribuyentes generadores de rentas de tercera categoría; y, para los contribuyentes con otras categorías de renta tiene un límite, que es equivalente a la renta neta global, sin
considerar las rentas de quinta categoría.
1.- Operaciones afectas a ITF
Todos los retiros y depósitos realizados en cualquier cuenta pagan ITF. Las comisiones y gastos que no estén derivados por mantenimiento de cuenta y portes están afectos al cobro del ITF, la Ley Nº 28194 establece que para el cálculo del impuesto sólo se considerarán dos decimales. En tal sentido, para los importes menores a S/. 100.00, no existirá impuesto a cobrar debido al procedimiento de truncamiento (considerando la alícuota aplicable de 0.005% durante el ejercicio 2011)
¿Qué transacciones se encuentran exoneradas? En cuentas de CTS:
Todos los retiros y depósitos están exonerados sin necesidad de hacer ningún trámite.
En cuentas de pago de haberes:
Todo depósito de remuneraciones o pensiones con la calidad de renta de 5ta categoría hecho en estas cuentas, sin importar la frecuencia de
dicho depósito.
Todo cargo, hasta por el monto de la remuneración o pensión con calidad de renta de 5ta categoría depositada en dicha cuenta.
La cuenta de pago de haberes es cualquier cuenta donde un empleado recibe pensiones o remuneraciones de parte de su empleador.
Para gozar de estas exoneraciones no necesitas hacer ningún trámite. Tu empleador lo deberá solicitar al Banco.
Cuentas mancomunadas:
Puedes realizar transferencias sin pagar ITF, sólo entre tus cuentas mancomunadas siempre que figures como titular de las mismas.
Pagarás ITF si haces una transferencia desde una cuenta individual a una mancomunada, aunque seas el titular de ambas.
Se considera titular de la cuenta al primer mancómuno que aparece en la cuenta.
2.- Otras Operaciones
Tarjeta de Crédito
Consumos y compras: Las compras con Tarjeta de Crédito están exoneradas del ITF.
Disposición de efectivo: Los cargos por la disposición de efectivo sí pagan ITF.
Tarjeta de Débito
Compras y retiro de efectivo: Estas operaciones son cargos en la cuenta afiliada a tu tarjeta, por lo que, si la cuenta o el monto a cargar están exonerados, no pagarás. Si no están exonerados, pagarás ITF.
Cheques
Al cobrar un cheque de cualquier tipo no se paga ITF.
Renovación de un Certificado Bancario (CBME)
No pagarás ITF cuando se renueve hasta por el monto original más los intereses ganados.
Cuenta a Plazo
No pagarás ITF cuando se renueve hasta por el monto original más los intereses ganados.
No pagarás ITF si haces un incremento de capital con cargo en una de tus cuentas.
No pagarás ITF si cancelas la Cuenta a Plazo y abonas la totalidad del dinero en una
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