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Instituciones De Banca Multiple


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  7.171 Palabras (29 Páginas)  •  451 Visitas

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Instituciones de Banca Múltiple

Instituciones de Banca de Desarrollo

Sistema Bancario Mexicano

La Ley de Instituciones de Crédito establece que el Sistema Bancario Mexicano está integrado por el Banco de México, las instituciones de banca múltiple, las instituciones de banca de desarrollo y los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal para el fomento económico.

Banca Múltiple

Introducción

El concepto de Múltiple se refiere a sociedades anónimas, de capital fijo; para captar recursos del público y colocarlos mediante diversos productos y servicios financieros, tales como:

• Cuentas de cheques y ahorro

• Tarjetas de crédito y débito

• Créditos hipotecarios, automotrices y personales

• Instrumentos de inversión

• Venta de divisas, etc.

Para organizarse y operar como institución de banca múltiple se requiere autorización del Gobierno Federal, el cual otorga discrecionalmente esta autorización a través de la CNBV, previo acuerdo de su Junta de Gobierno y opinión favorable del Banco de México. Por su naturaleza, estas autorizaciones son intransmisibles.

Servicios que ofrece la banca múltiple

La banca multiple ofrece distintos servicios para las operaciones pasivas como para las operaciones activas.

Operaciones Pasivas

• Cuentas de cheques

• Productos básicos de ahorro

• Cuentas de nómina

• Inversiones

• Cuentas básicas de depósito

Operaciones activas

• Tarjetas de crédito básica

• Crédito hipotecario, automotriz, personal y empresarial

• Operaciones de servicios (tales como fideicomisos, avalúos, cajas de seguridad, transferencias, etc.)

Principios Legales

Las instituciones que pertenecen a la banca múltiple son reguladas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Las autorizaciones para organizarse y operar como institución de banca múltiple, así como sus modificaciones, se deben publicar en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación en su domicilio social.

Se regulan por la Ley de Instituciones de Crédito, y pueden realizar las operaciones establecidas en los artículos 46 y 47.

Con fundamento en el artículo 48 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), las instituciones de crédito que reciban depósitos bancarios de dinero a la vista de personas físicas, estarán obligadas a ofrecer un producto básico bancario de nómina de depósito o ahorro, en los términos y condiciones que determine el Banco de México mediante disposiciones de carácter general, considerando que aquellas cuentas cuyo abono mensual no exceda el importe equivalente a ciento sesenta y cinco salarios mínimos diarios vigente en el Distrito Federal, estén exentas de cualquier comisión por apertura, retiros y consultas o por cualquier otro concepto en la institución que otorgue la cuenta. Además, estarán obligadas a ofrecer un producto con las mismas características para el público en general.

El Banco de México, considerará la opinión que las instituciones de crédito obligadas, le presenten sobre el diseño y oferta al público del producto señalado en el párrafo que antecede.

Las instituciones de crédito que otorguen a personas físicas aperturas de crédito en cuenta corriente asociados a tarjetas de crédito, estarán obligadas a mantener a disposición de sus clientes que sean elegibles como acreditados, un producto básico de tarjeta de crédito cuya finalidad sea únicamente la adquisición de bienes o servicios, con las siguientes características:

I. Su límite de crédito será de hasta doscientas veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal;

II. Estarán exentos de comisión por anualidad o cualquier otro concepto; y

III. Las instituciones no estarán obligadas a incorporar atributos adicionales a la línea de crédito de dicho producto básico.

En adición a lo anterior, la Circular 22/2010 emitida por Banco de México, dirigida a las Instituciones de Crédito, Sociedades Financieras de Objeto Limitado y Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas, se establecen las prohibiciones y límites al cobro de comisiones, donde encontramos a la Tarjeta de Crédito Básica, la Cuenta Básica de Depósito o para el Público en General y a la Cuenta Básica de Nómina, como cuentas básicas exentas de comisiones.

Asociación de Bancos de México, (ABM).

La Asociación de Bancos de México, ABM, A.C., fue fundada el 12 de noviembre de 1928 como Asociación de Banqueros de México con el propósito de representar los intereses generales de la Banca. La ABM fue creada con la participación de 26 bancos y actualmente tiene como asociados a 48 instituciones de banca múltiple del país.

Desde su fundación, la ABM se ha desempeñado como el organismo cúpula de las instituciones de crédito, ha colaborado con sus asociados en el logro de sus objetivos generales, y en todas aquellas actividades relacionadas con la prestación del servicio de banca, crédito y modernización del sistema de pagos.

También ha desempeñado un papel fundamental en el marco de las relaciones de las instituciones de crédito entre sí, como con el Gobierno Mexicano, con intermediarios financieros no bancarios, con otros organismos de representación y con instituciones internacionales.

Esta asociación se ocupa de:

• Representar el interés de los bancos comerciales en México; es decir, ser vocera de sus agremiados

• Brindar servicios técnicos especializados

• Tener presencia ante las autoridades financieras para negociar, evaluar y acordar los procedimientos establecidos para los instrumentos y servicios que ofrecen al mercado

• Presentar ante las autoridades propuestas de actualización de leyes y regulaciones, e interactuar internacionalmente (sociedades con bancos de otros países).

Esta asociación ofrece los siguientes servicios a sus asociados:

• Elabora propuestas y coordina la capacitación.

• Organiza con la convención anual bancaria.

• Asesoria.

• Difunde información de interés general.

• Brinda consultoria con el aporo de las comisiones especializadas.

• Ofrecer servicios de carácter gremial para traer asuntos ante autoridades y organismos cùpula del sector privado en los ambitos nacional e internacional.

• Intercambia información estadística ente participantes para conocer tendencia y hacer diagnóstiicos.

Instituciones de la Banca Múltiple

Cada una de las Instituciones son de

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