Inversion Extranjera
vanessanaty5 de Julio de 2011
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INGRESO DE APORTES O DINEROS DESDE EL EXTERIOR:
EL INGRESO DE CAPITALES A CHILE : que es un tema que hace algunos años atrás no habría tenido mayor importancia sin embargo a contar del año 73 el tema pasa a ser de bastante importancia . Porque las políticas de los años 60 implicaba que el país se cerraba en cuanto a los aportes desde el exterior.
Como comentario a título adicional, Chile es un país que en sus principales actividades excluida la agricultura, nace a raíz de la inversión extranjera, y las principales empresas que habían en el país eran empresas con chimenea de origen extranjero (telégrafo, salitreras, pesqueras etc) En esa tendencia del siglo pasado nos encontramos con muchos capitales británicos en este país, y esta tendencia dentro de un contexto de liberalismo va disminuyéndose a partir de la crisis de la 1era guerra mundial que es un fenómeno que se da en todo el mundo y en Chile se genera una tendencia de empresas del país que no es un concepto de empresas de empresarios del país sino que empresas públicas, lo que es llevado a su mayor apogeo en los gobiernos radicales con la creación de las principales empresas públicas del país.
Sin embargo eso no es en contextos económicos, desde un punto de vista de filosofía jurídica aun no habíamos llegado a su máxima expresión lo que termina en el gobierno de la UP en el cual el concepto del estado en política económica era de ser el mono productor y por ende eliminar a los inversionistas extranjeros.
Previamente se había establecido el pacto andino en el cual se había prohibido el ingreso de capitales desde fuera de aquellos países que conformaban el Pacto Andino. (Chile, Peru, Colombia, Ecuador) ESE ERA EL CONTEXTO EN LOS AÑOS 60, evidentemente una de las 1eras actuaciones que toma el gobierno militar, después del pronunciamiento del 73 en materia económica es desahuciar el Pacto Andino y buscar el ingreso de capitales al país porque este gobierno entra a diferencia de otros gobiernos de facto con un esquema económico muy definido.
Que esta amparado en un documento que se llama el ladrillo que es la base de una muralla lo que fue dsarrollado fundamentalmente por Jorge Cauas basdop en la escuela de Chicago, lo que se necesitaba y para cambiar este concepto estatal se necesitaba tener muchas empresas que no fuesen del estado, pero en Chile no había plata , ya que la plata de los chilenos estaba afuera, de tal manera que trabajar para que esos capitales volvieran al país iba a generar una legislación favorable a alquien y fundamentalmente lo que en economía se llama :
El efecto demostración : que es generar una situación tal que atraiga a más personas, que sea un ejemplo , y lo que se uso como ejemplo fue traer capitales desde el exterior ( inversión extranjera )
Y la verdad es que muchos de los efectos que se generaron en el boom chileno fue gracias a la inversión extranjera y además a los capitales que muchos chilenos trajeron desde el exterior para el efecto de levantar las empresas de Chile
Por lo tanto en este país hoy y en el contexto en que estamos de globalización de las economías hay un elemento que tradicionalmente era muy nacional que era EL CAPITAL, hoy hay movimientos de capitales entre países, es decir se producen una serie de movimientos de capital y de efectos que antes no se habrían esperado, y eso ha generado movimientos de capitales. Hoy no nos asustamos tanto cuando la Endesa española aparece adquiriendo acciones de la empresa Enersis. Es decir una empresa estatal extranjera está adquiriendo uno de los Holding más importante del país y de Sudamérica, sin embargo en este momento se cree en estos movimientos de capital.
Es decir, que el elemento nacionalista del capital está absolutamente superado, y es por ello que el ingreso de capitales a Chile toma mucha importancia.
En este sentido hay que señalar en 1er lugar que la entrada de recursos, de aportes de dinero hacia el pais se puede dar de 2 maneras :
A- COMO CRÉDITOS EXTERNOS
B- COMO APORTES DE CAPITAL
Estas son las 2 formas directas de ingreso de capital o dineros desde el exterior, y hoy han aparecido otras formas que tb son aportes desde el exterior, cuando estamos de tecnología, de Know How, ADR que es la última figura contractual moderna y que es una figura en la cual se libran acciones nacionales e ingresa plata a las empresas sin embargo se trata de instrumentos que se transan en los mercados internacionales y cuando hablábamos en su minuto del Capítulo 19 , el que en su minuto fue tremendamente importante por la reconversión de la deuda externa.
LOS CRÉDITOS EXTERNOS: Respecto de ellos no existe una libertad absoluta, partiendo del concepto que se analizó en materia de cambios, en donde existen algunas regulaciones o restricciones que ha impuesto el Banco Central:
1- El Banco central nos dice que estos créditos deben de registrarse en el banco.
2- Las divisas (o moneda extranjera) provenientes de ese crédito deben de liquidarse en el mercado cambiario formal, y a su vez las divisas para pagar el crédito externo o sus intereses deben de adquirirse tb en el mercado cambiario formal.
3- Estos créditos están sujetos a una tasa de encaje equivalente a un 30 % del monto ingresado, de esta manera este porcentaje debe quedar en caja del Banco Central durante 1 año.
Pero en la economía no todo es tan rígido, no me haga encaje alguno pero simulemos el efecto del encaje, y se van a adquirir unos pagares que van a ser equivalente a la utilidad que el Banco Central habría tenido de usar un monto de dinero durante 1 año. De esta manera yo le vendo un papel y ud se obliga a recomprarlo, y la diferencia de precio es el equivalente a la utilidad que habría adquirido el Banco Central si el inversionista hubiese depositado ese 30 % y el Banco Central hubiese jugado con esa plata, es decir, la hubiese puesto a interes
Podemos decir que en vez de depositar el 30 % del encaje , se le paga al Banco Central su ganancia. Esto se hace porque el costo de tener un 30 % empozado es un costo bastante alto ya que van a estar alli sin intereses ni reajustes.
Para el extranjero son una cantidad alta de dinero y para el nacional es una cantidad que el tuvo que pedir de más para tener lo que realmente necesita, ante lo cual se diseña un pagaré { cap. 14 } que es equivalente a la renta o utilidad que habría obtenido el Banco Central si hubiese podido utilizar la plata equivalente a mi encaje.
Este pagaré se llama pagaré especial del cap. 14 el cual compra el inversionista y el Banco Central se obliga a recomprarlo, y la diferencia de precios es la ganancia del Banco.
LA REMESA DE CAPITAL: El inversionista o el deudor nacional debe de remesar al extranjero, el capital y las utilidades. Obviamente que la remesa de capital no está sujeta a ningún tipo de impuestos en cambio la remesa de los intereses que es ganancia del extranjero en Chile si está sujeto a un impuesto de retención que es un impuesto adicional que puede ir de unas tasa de un 35% a un 4 %, es decir, le remeso al extranjero el capital , más las utilidades las que estan sujetas a este impuesto de retención que :en la regla general son de un 35% (Impuesto Adicional) o de un 4%, si el prestador de la plata está registrado en el Banco Central como institución financiera internacional
Dejando en claro que el impuesto es de cargo del deudor y no del que está facilitando la plata es decir tiene un costo adicional aunque formalmente es de cargo del capitalista extranjero, en terminos reales es de cargo del deudor nacional, por lo tanto no siempre es muy conveniente una operación de crédito internacional.
Aportes de Capital: Respecto de los aportes de capital ( que no sean credito ) en Chile se pueden realizar por 2 vías principales :
1- EL CAPITULO 14 DEL COMPENDIO DE NORMAS SOBRE CAMBIOS INTERNACIONALES DEL BANCO CENTRAL
2- A TRAVÉS DEL DECRETO LEY 600
1º.- EL CAPITULO 14 DEL COMPENDIO DE NORMAS SOBRE CAMBIOS INTERNACIONALES DEL BANCO CENTRAL: El capítulo 14 es simplemente la expresión de la facultad que la ley orgánica constitucional del Banco Central le dio al banco en conformidad a lo señalado en el art 47. Es decir que el cap 14 es un verdadero acuerdo entre el Banco Central como autoridad del país con un inversionista interno o externo y adicionalmente dice el art en su inc. final :
" Que las convenciones que se celebren en virtud de lo dispuesto en este art no podrán ser modificadas sino por acuerdo mutuo de las partes concurrentes "
Este es un contrato administrativo típico en que la autoridad como tal esta estableciendo un contrato en este caso de cambios y de inversión con un inversionista, es decir que en la última parte esta señalando simplemente la aplicación de los ppios del derecho civil en cuanto un contrato es una ley para las partes y no pueden ser variados sino por mutuo acuerdo, y no esta en ningún momento hablando de un contrato ley aun cuando sabemos que los efectos son tremenda-mente parecidos.
REGULACIONES EL CAPITULO XIV:
1- Toda persona que quiera ingresar capitales al país debe hacerlo conforme a las normas que el Banco Central ha establecido
2- El Banco Central ha señalado que para realizar operaciones conforme al cap. 14 debe de solicitarse una autorización de la operación y registrarse el aporte en el Banco Central. Este aporte o registro se hace a través
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