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LA DEMANDA


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  Tesis  •  708 Palabras (3 Páginas)  •  403 Visitas

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DERECHO PROCESAL

TEMA XVII

LA DEMANDA (Tema 13)

I. LA DEMANDA: CONCEPTO Y NATURALEZA JURIDICA (Tema 13)

La actuación judicial se inicia por medio de la demanda con un acto de parte. El juzgador, en principio, iniciar el proceso ante el acto de parte que inicia el proceso, que se denomina demanda. Acto incuador del proceso.

La demanda esta relacionada con el concepto de acción, que significa poner en marcha la actividad jurisdiccional del Estado. Se dirige contra el órgano jurisdiccional y por tanto se corresponde con respecto al órgano jurisdiccional con el deber de inicio del proceso

En nuestro ordenamiento jurídico no existe un momento de iniciación del proceso y este se remite a la pretensión en función del principio de: escritura y realidad.

La demanda es escrita siempre, si bien el planteamiento de la demanda no supone la delimitación completa de la pretensión, sino en principio solo su ejercicio parcial, ya que en el proceso laboral la pretensión de lleva a cabo a través de tres momentos:

1-. Demanda

2-. Ratificación de la demanda ó ampliación: para complementar la pretensión procesal. Se puede variar la demanda pero no substancialmente.

3-. Conclusiones

En los dos últimos momentos no cabe la modificación intencional de la pretensión, por lo tanto, la demanda es el acto procesal del parte constitutivo de la relación juridico-procesal. La demanda comienza con el acto declarativo y termina con la sentencia firme, entre esta demanda tiene que haber una correlación tanto objetiva como subjetiva.

Entre ambas fases se desarrolla todo el proceso, por eso algunos autores dicen que la demanda contiene un proyecto de sentencia. La demanda obtendrá la resolución (siempre que sea fundada la demanda) y sirve para delimitar subjetivamente las partes en el proceso y objetivamente el contenido del proceso. “Mutatio Leges”.

El art. 85.1y 87 de la L.P.L. establece que si no hubiera avenencia en conciliación, se pasara seguidamente a juicio, dando cuenta el secretario de lo actuado. Acto seguido, el demandante ratificara o ampliara su demanda aunque en ningún caso podrá hacer en ella variación substancial, En el caso de que se modifique dar lugar a la nulidad

El planteamiento de la pretensión implica que no se puede plantear la misma demanda en otro proceso. El objeto de la pretensión se funda también en la competencia del Juez y en la clase de proceso que haya de referirse la demanda, por tanto, en la pretensión de que se preste u otorguen al demandante mediante sentencia

La demanda es el acto mediante el cual la parte afirmando existente, por voluntad concreta de la ley que garantiza un bien, declara poner

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