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Demanda.


Enviado por   •  28 de Octubre de 2012  •  Trabajos  •  2.003 Palabras (9 Páginas)  •  679 Visitas

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EXPEDIENTE No.

JUICIO ORDINARIO CIVIL;

ORAL DE ALIMENTOS

PROMOVENTE: LUCERO JAZMIN LUNA SENTENO

Vs.

C. GAMALIEL MARTINEZ LOPEZ.

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR

P R E S E N T E.-

LUCERO JAZMIN LUNA SENTENO, mexicana, mayor de edad, promoviendo en representación de mis menores hijos y haciendo uso de la patria potestad que poseo sobre mi menor hija de nombre OTMAR PAULINA ROBLES HERNANDEZ, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, el ubicado en ALTOS NO. 38 COLONIA CENTRO, de esta ciudad, autorizando para que intervengan en el presente juicio, en términos del artículo 71 y 72, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora, a losLICS ROSARIO GUADALUPE ARGUELLES TOLANO Y OMAR ENRIQUE MORENO COTA, antes Usted con el debido respeto comparecemos para exponer

Que mediante el presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 308, 309 primer párrafo 501, 512, 513, 514, 521, 522, 523, 527, 534 del Código Familia vigente para el Estado de Sonora, en relación con él artículo 500, fracción I, del Código Procesal Civil Sonorense, vengo a demandando en la VÍA ORAL, al C.GAMALIEL MARTINEL LOPEZ, quien puede ser emplazado a Juicio en el domicilio ubicado en CALLE NUEVO NOGALES NO. 77 FRACCIONAMIENTO LAS TERRAZAS, de esta ciudad de Nogales, Sonora, con relación a los siguientes hechos

HECHOS

PRIMERO.-Que el C. GAMALIEL MARTINEZ LOPEZ y la suscrita nos unimos en matrimonio el día 14 de FEBRERO de 2005 ante el oficial primero del registro civil, tal y como lo probamos con el acta de matrimonio NO. 70014 FOLIO 001213libro 03 en esta ciudad de Nogales Sonora.

SEGUNDO.- Que de nuestro Matrimonio procreamos a nuestrahija de nombreOTMAR PAULINA MARTINEZ LUNA, hechos que pruebo con la documental pública; acta numero1002351, folio 002331, libro numero 01 ante el oficial primero del registro civil

TERCERO.- Que por mutuo acuerdo decidimos terminar nuestra convivencia como pareja, separándonos en cohabitación, por diferencias que hacían difícil nuestra relación, el día 10 de mayo de 2012.

CUARTO.-Que la primer semana del mes de julio, el 04 de julio para efectos de precisión, el C. GAMALIEL MARTINEZ LOPEZacordó con la suscrita fijar una pensión a favor de nuestra menor hija de nombres OTMAR PAULINA MARTINEZ LUNApor la cantidad de 500 pesos mn 00/100 por semana, misma cantidad que iba ser entregada a la suscrita en mi domicilio ubicado en CALLE NUEVO NOGALES NO. 77 FRACC LAS TERRAZAS de esta ciudad de Nogales Sonora a partir de la fecha en que lo acordamos.

QUINTO.-Que desde finales del mes de julio del año 2012 el C. GAMALIEL MARTINEZ LOPEZ dejo de acudir a mi domicilio a proveer la cantidad acordada, que por concepto de pensión proporcionaba a sus acreedores alimentistas, y suspendió su convivencia sin causa justificada con nuestra hija.

SEXTO.-Que, el señor C. GAMALIEL MARTINEZ LOPEZ, labora para la SECRETARIA DE EDUCACIÓN PUBLICA, en el plantel deCONALEPde esta ciudad de Nogales Sonora, ubicado en carretera internacional km. 6.0, Parque Industrial San Ramón, empresa para cual lleva laborando desde el año 2005, desempeñando el cargo de director educativo del plantel. Actualmente percibe ingresos de 7,000.00 pesos mn. 00/100 (son siete mil pesos) decenalmente, mismos que acredito con nóminas expedidas por la institución denominada CONALEPcon diferentes fechas, las cuales anexo a la presente demanda.

SÉPTIMO.- Que, el señor C. GAMALIEL MARTINEZ LOPEZ, es dueño de la casa habitación en la que habitamos actualmente la suscrita y mi menor hijaOTMAR PAULINA MARTINEZ LUNA, tal y como lo acredito, con las escrituras públicas, que se encuentran anotadas en las oficinas del INSTITUTO CATASTRAL de esta ciudad de Nogales Sonora. Mismas que se anexan al presente ocurso.

P R E S T A C I O N E S

I.- Se obligue al demandado a cubrir la suma de 4,000.00 pesos mn 00/100 9 (son cuatro mil pesos) por el concepto de pensiones alimenticias omitidas durante las fechas del 01 de agosto al 01 de octubre de 2012 y las que se sumen al procedimiento de la medida cautelar para asegurar los alimentos, toda vez que la suscrita se ha encargado de suplir las necesidades que generan la educación, comida, vestuario, calzado y todo cuanto por “CONCEPTO DE ALIMENTOS” prevé la ley para el resguardo de los menores.

II.- Se fije una pensión provisional y en su caso definitiva por el 50% sobre los ingresos que el demandado percibe, según las constancias (nominas) que se anexan al presente juicio, para suplir las necesidades de nuestras hijas, de tal forma que no se agredan los derechos reales de los menores.

III.- Que se ordene vía oficio a la institución educativa denominada CONALEP rendir un informe detallado con los ingresos que percibe el C. GAMALIEL MARTINEZ LOPEZ,misma que tiene como domicilio para ser notificado, el ubicado en carretera internacional km. 6.0 parque industrial San Ramón, de esta ciudad de Nogales Sonora. De la misma manera que ratifique las constancias (nominas) ofrecidas por la parte actora

IV.- Que se aseguren los alimentos de nuestros menores hijos, autorizando el goce y el disfrute y en su caso el dominio de la propiedad a nombre del C. GAMALIEL MARTINEZ LOPEZ,a favor de sus acreedora alimentista para que en el incumplimiento de sus deberes pueda la suscrita disponer para venta el bien inmueble para la subsistencia de los menores.

V.- Que se establezca el régimen de convivencia de la siguiente manera:

A) Los fines de semana en horarios moderados, anticipándole a la suscrita el horario en que la menor será recogida del domicilio donde quedara depositada, siempre y cuando este acuda sin encontrarse bajo el consumo de narcóticos o alcohol.

B) Periodos vacacionales compartidos; en los periodos vacacionales que los ciclos escolares contemplen serán la mitad del tiempo en días, con cada uno de los padres, o podrán negociar por periodos, es decir acordar si así lo fuere posible quien gozara de la convivencia de los menores, en qué periodo del ciclo escolar, repartiendo de este modo la convivencia por periodos vacacionales.

VI.- Que se gire aviso de retención a la institución

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