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LA GARANTÍA LEGAL Y LA GARANTÍA COMERCIAL

karen1273 de Mayo de 2013

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LA GARANTÍA LEGAL Y LA GARANTÍA COMERCIAL

LA GARANTÍA LEGAL es el plazo que la ley otorga a la garantía que tiene, en general, cualquier producto y es de 2 años, a contar desde el momento en que éste se le entrega al consumidor. Por lo tanto, si se compra un producto (ej. una lavadora) y tardan 3 semanas en servirla, el plazo de garantía empezará a contar desde el día en que se efectúe la entrega y no desde el día en que se adquirió en el establecimiento. Y así, si durante el plazo de 2 años el producto presenta algún defecto o no es conforme con el contrato (ej. no es apto para el uso habitual de ese producto), el consumidor podrá solicitar al vendedor su reparación o sustitución, una rebaja en su precio o su devolución, según unas reglas y condiciones que vienen señaladas en la normativa .

En el caso de bienes de segunda mano, éstos gozan también de un plazo de garantía legal de 2 años, si bien el vendedor y el consumidor pueden pactar un plazo menor que, según la normativa, no podrá ser inferior a un año.

Un período importante a tener en cuenta dentro del plazo legal de garantía es el comprendido entre la fecha de entrega del producto y los seis meses siguientes.

Durante ese período, existe una presunción a favor del consumidor que implica que si aparece algún defecto o falta de conformidad en el producto, ya sea éste nuevo o de segunda mano, el defecto ya existía cuando se le entregó al consumidor y es el vendedor quien debe probar que no era así.

La garantía comercial es la que ofrece voluntariamente el vendedor o el fabricante (que son los garantes). Los derechos en ella contenidos son adicionales a los legales y pueden consistir, por ejemplo, en la devolución del dinero si en un plazo de un mes el consumidor no está satisfecho con el producto, sin la necesidad de alegar una causa concreta, o aquella según la cual el consumidor puede cambiar el producto comprado en un plazo de diez días a cambio de un vale canjeable por otro producto del mismo precio, etc... es decir, cualquier modalidad de garantía que no venga justifi cada por una falta de conformidad del producto (es decir, que no tenga su origen en un producto defectuoso o no conforme) siendo lo más habitual que la garantía comercial amplíe el plazo de garantía por encima de los dos años.

A pesar de su carácter voluntario, si el vendedor ofrece una garantía comercial en su publicidad, está obligado a cumplir los compromisos asumidos y también a dejar constancia por escrito de la misma (normalmente en el reverso del ticket de compra o en un cartel a la entrada del establecimiento), señalando de forma necesaria los siguientes datos:

• El bien o servicio sobre el que recae la garantía

• El nombre o dirección del garante (normalmente el vendedor o el productor)

• Que la garantía no afecta a los derechos reconocidos por la garantía legal, en caso de falta de conformidad

• Los derechos, adicionales a los legales, que se conceden en virtud de dicha

GARANTÍA COMERCIAL

• El plazo de su duración y su alcance territorial

• Las vías de reclamación de que dispone el consumidor

El plazo para reclamar al vendedor o al fabricante el cumplimiento de lo dispuesto en la garantía comercial es de seis meses desde la fi nalización del plazo de dicha garantía.

En este caso, al igual que en el caso de la garantía legal, el consumidor ha de conservar el ticket o justifi cante de compra y/o el documento que le hayan entregado donde consten los datos de la garantía.

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