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La Formación Del Contrato Electrónico*.


Enviado por   •  26 de Febrero de 2014  •  5.605 Palabras (23 Páginas)  •  390 Visitas

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TÍTULO

La Formación del Contrato Electrónico*.

AUTOR

María Serrano Segarra, Profesora Ayudante en el Área de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad Miguel Hernández.

RESUMEN

El comercio electrónico irrumpe en la actual sociedad de la información como resultado de la implantación de las nuevas tecnologías aplicables también a la contratación mercantil.

Se plantea al jurista, como consecuencia de la vertiginosa evolución de las telecomunicaciones y de la utilización de nuevos medios técnicos, la solución de nuevos problemas jurídicos lejanos a los ya tradicionales.

El actual estudio hace referencia al aspecto concreto de la formación del contrato electrónico. Se explican aquí las peculiaridades que conlleva este nuevo tipo de contratación a distancia, las modificaciones legislativas que han acaecido al respecto con el objeto de adaptar la contratación tradicional a las nuevas tecnologías y las opiniones doctrinales al respecto.

Se completa dicho análisis con la referencia a la fijación del lugar de celebración del contrato y con una relación pormenorizada de las obligaciones que han de preceder y proseguir a la celebración de un contrato electrónico para que éste adquiera la validez necesaria.

SUMARIO

I. INTRODUCCIÓN. II. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO ELECTRONICO. III. LUGAR DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. IV. OBLIGACIONES PREVIAS AL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. V. OBLIGACIONES POSTERIORES A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. VI. CONCLUSIONES. VII. BIBLIOGRAFÍA. VIII. NOMBRES DE DOMINIO Y DIRECCIONES EN INTERNET CONSULTADOS.

PALABRAS CLAVE: Contratación electrónica.

* El presente estudio forma parte del trabajo de investigación “Fundamentos de la contratación electrónica” presentado para la obtención de la suficiencia investigadora en el curso académico 2002/2003.

REVISTA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS DE ELCHE

VOLUMEN I – NÚMERO 1 – JULIO 2006 – PÁGS. 302-315.

I. INTRODUCCIÓN.

Siguiendo a José Antonio Gómez Segade1, cabe afirmar que los tres cambios tecnológicos decisivos para la aparición y funcionamiento de la sociedad de la información han sido el creciente uso de información en forma digital2, el incremento vertiginoso de las redes electrónicas y la creación de la telaraña mundial World Wide Web3 (WWW).(...).

Las repercusiones generales de esta triada de innovaciones tecnológicas son innumerables y trascendentes y constituyen el eje central de la sociedad de la información.

Tanto la Directiva 2000/31/CE4 sobre comercio electrónico como la LSSICE5 definen los servicios de la sociedad de la información como todo servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario.

Observando el Considerando 17 y el art. 2.a de la Directiva citada, podemos concluir que los servicios prestados serán la mayor parte de las veces onerosos aunque se comprendan todos ellos: onerosos y gratuitos dentro de la categoría de servicio de la sociedad de información.

1 José Antonio Gómez Segade, "Comercio Electrónico en Internet", Madrid, Marcial Pons,

2001.

2 La digitalización entendida como la posibilidad técnica de transformar a un lenguaje común imágenes, sonidos, texto, software y, en general, todo tipo de información.

3 Internet ofrece a sus usuarios diferentes modos de comunicación e intercambio de información. La World Wide Web (WWW) o telaraña mundial es, sin duda, la aplicación o servicio de Internet que más se utiliza en la actualidad para el desarrollo del comercio electrónico. La "WWW" está formada por un conjunto de "páginas" o documentos que pueden combinar texto y otros componentes como imágenes o sonidos, y que no tienen por qué ser leídos linealmente, esto es, de principio a fin, sino que contienen referencias o enlaces (hyperlinks) con otras partes del mismo documento o incluso con otros documentos diferentes. La organización de la telaraña mundial está basada en la interacción entre unos ordenadores que sirven una información (servidores) y otros que la solicitan y la utilizan (clientes). Al configurarse la WWW como el método más eficiente y atractivo de presentar información, el comercio electrónico en Internet mayoritariamente se llevará a cabo empleando esta aplicación.

4 Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la Sociedad de la Información, en particular el comercio electrónico en el Mercado Interior (Directiva sobre comercio electrónico), de 8 de junio de 2000, Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L178, de 17 de julio de 2000.

Siguiendo el Considerando 17º de la Exposición de Motivos de la Directiva citada la definición de servicios de la sociedad de la información se refiere a "cualquier servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, mediante un equipo electrónico para el tratamiento y el almacenamiento de datos, y a petición individual de un receptor de un servicio".

5 Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de información y de comercio electrónico.

Atendiendo a las definiciones contenidas en el Anexo de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico de 2002, "Son servicios de la sociedad de la información, entre otros y siempre que representen una actividad económica los siguientes: 1º La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.

303

También es preciso insistir, siguiendo la definición dada por la Directiva referida, en que el medio utilizado para el intercambio de datos será siempre el electrónico basado en redes interactivas o en ordenadores interconectados, móvil, cable, etcétera. Igualmente de la misma deducimos la necesidad contractual de un sujeto prestador

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