ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Formación Del Contrato Electrónico*.

olivergil071726 de Febrero de 2014

5.605 Palabras (23 Páginas)469 Visitas

Página 1 de 23

TÍTULO

La Formación del Contrato Electrónico*.

AUTOR

María Serrano Segarra, Profesora Ayudante en el Área de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad Miguel Hernández.

RESUMEN

El comercio electrónico irrumpe en la actual sociedad de la información como resultado de la implantación de las nuevas tecnologías aplicables también a la contratación mercantil.

Se plantea al jurista, como consecuencia de la vertiginosa evolución de las telecomunicaciones y de la utilización de nuevos medios técnicos, la solución de nuevos problemas jurídicos lejanos a los ya tradicionales.

El actual estudio hace referencia al aspecto concreto de la formación del contrato electrónico. Se explican aquí las peculiaridades que conlleva este nuevo tipo de contratación a distancia, las modificaciones legislativas que han acaecido al respecto con el objeto de adaptar la contratación tradicional a las nuevas tecnologías y las opiniones doctrinales al respecto.

Se completa dicho análisis con la referencia a la fijación del lugar de celebración del contrato y con una relación pormenorizada de las obligaciones que han de preceder y proseguir a la celebración de un contrato electrónico para que éste adquiera la validez necesaria.

SUMARIO

I. INTRODUCCIÓN. II. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO ELECTRONICO. III. LUGAR DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. IV. OBLIGACIONES PREVIAS AL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. V. OBLIGACIONES POSTERIORES A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. VI. CONCLUSIONES. VII. BIBLIOGRAFÍA. VIII. NOMBRES DE DOMINIO Y DIRECCIONES EN INTERNET CONSULTADOS.

PALABRAS CLAVE: Contratación electrónica.

* El presente estudio forma parte del trabajo de investigación “Fundamentos de la contratación electrónica” presentado para la obtención de la suficiencia investigadora en el curso académico 2002/2003.

REVISTA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS DE ELCHE

VOLUMEN I – NÚMERO 1 – JULIO 2006 – PÁGS. 302-315.

I. INTRODUCCIÓN.

Siguiendo a José Antonio Gómez Segade1, cabe afirmar que los tres cambios tecnológicos decisivos para la aparición y funcionamiento de la sociedad de la información han sido el creciente uso de información en forma digital2, el incremento vertiginoso de las redes electrónicas y la creación de la telaraña mundial World Wide Web3 (WWW).(...).

Las repercusiones generales de esta triada de innovaciones tecnológicas son innumerables y trascendentes y constituyen el eje central de la sociedad de la información.

Tanto la Directiva 2000/31/CE4 sobre comercio electrónico como la LSSICE5 definen los servicios de la sociedad de la información como todo servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario.

Observando el Considerando 17 y el art. 2.a de la Directiva citada, podemos concluir que los servicios prestados serán la mayor parte de las veces onerosos aunque se comprendan todos ellos: onerosos y gratuitos dentro de la categoría de servicio de la sociedad de información.

1 José Antonio Gómez Segade, "Comercio Electrónico en Internet", Madrid, Marcial Pons,

2001.

2 La digitalización entendida como la posibilidad técnica de transformar a un lenguaje común imágenes, sonidos, texto, software y, en general, todo tipo de información.

3 Internet ofrece a sus usuarios diferentes modos de comunicación e intercambio de información. La World Wide Web (WWW) o telaraña mundial es, sin duda, la aplicación o servicio de Internet que más se utiliza en la actualidad para el desarrollo del comercio electrónico. La "WWW" está formada por un conjunto de "páginas" o documentos que pueden combinar texto y otros componentes como imágenes o sonidos, y que no tienen por qué ser leídos linealmente, esto es, de principio a fin, sino que contienen referencias o enlaces (hyperlinks) con otras partes del mismo documento o incluso con otros documentos diferentes. La organización de la telaraña mundial está basada en la interacción entre unos ordenadores que sirven una información (servidores) y otros que la solicitan y la utilizan (clientes). Al configurarse la WWW como el método más eficiente y atractivo de presentar información, el comercio electrónico en Internet mayoritariamente se llevará a cabo empleando esta aplicación.

4 Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la Sociedad de la Información, en particular el comercio electrónico en el Mercado Interior (Directiva sobre comercio electrónico), de 8 de junio de 2000, Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L178, de 17 de julio de 2000.

Siguiendo el Considerando 17º de la Exposición de Motivos de la Directiva citada la definición de servicios de la sociedad de la información se refiere a "cualquier servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, mediante un equipo electrónico para el tratamiento y el almacenamiento de datos, y a petición individual de un receptor de un servicio".

5 Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de información y de comercio electrónico.

Atendiendo a las definiciones contenidas en el Anexo de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico de 2002, "Son servicios de la sociedad de la información, entre otros y siempre que representen una actividad económica los siguientes: 1º La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.

303

También es preciso insistir, siguiendo la definición dada por la Directiva referida, en que el medio utilizado para el intercambio de datos será siempre el electrónico basado en redes interactivas o en ordenadores interconectados, móvil, cable, etcétera. Igualmente de la misma deducimos la necesidad contractual de un sujeto prestador de servicios y un destinatario del mismo.

Según la Ley de comercio electrónico son servicios de la sociedad de la información, entre otras, las siguientes actividades económicas6:

"1.º La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.

2.º La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales.

3.º La gestión de compras en la red por grupos de personas. 4.º El envío de comunicaciones comerciales.

5.º El suministro de información por vía telemática.

6.º El vídeo bajo demanda, como servicio en que el usuario puede seleccionar a través de la red, tanto el programa deseado como el momento de su suministro y recepción, y, en general, la distribución de contenidos previa petición individual.

El gran desarrollo del comercio electrónico7 viene en gran medida posibilitado por la utilización de las nuevas tecnologías de la información entre las cuales cabe destacar la nueva tecnología de Internet que constituye, aunque no de modo único, el medio por excelencia para llevar a cabo operaciones de comercio electrónico8.

La relevancia otorgada al comercio electrónico por parte de las siguientes disposiciones normativas conlleva el que podamos considerar al mismo como uno de los servicios más importantes propio de la sociedad de la información.

6 Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico de 2002, Anexo a).

7 Término acuñado por Rafael Fernández Calvo autor del "Glosario Básico inglés-español para usuarios de Internet", ATI (Asociación de Técnicos de Informática), 2001: Comercio Electrónico (Electronic Commerce or E-Commerce): Intercambio de bienes y servicios realizado a través de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, habitualmente con el soporte de plataformas y protocolos estandarizados.

8 El correo electrónico es una de las aplicaciones de Internet que permite el envío de mensajes de texto entre usuarios. Se trata de un servicio utilizado también con finalidad comercial mediante el cual se realizan continuas transacciones. Otra de las posibilidades que ofrece Internet es la utilización de la página Web: un sitio Web es un servidor de información.

Un reciente estudio de la O.M.C. (Organización Mundial del Comercio ), "Electronic Commerce and the Role of the WTO" de 1998, distingue seis tipos de instrumentos electrónicos de comercio: teléfono, fax, televisión, sistemas de pago electrónico, EDI e Internet. Para más información, consultar la página: http://www.wto.com

304

Un primer ejemplo de ello lo observamos en la Directiva 2000/31/CE que tiene por objeto regular determinados aspectos jurídicos de todos los servicios de la sociedad de la información en el mercado interior, que se refiere "en particular al comercio electrónico", por lo que se denominará a la misma con el nombre abreviado de "Directiva sobre el comercio electrónico".

Ocurre de forma similar con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, en la cual se destaca la referencia al

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (38 Kb)
Leer 22 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com