La Revisoría Fiscal Y La Convergencia Hacia Estándares Internacionales De Auditoría Y Aseguramiento
mao15735 de Agosto de 2013
784 Palabras (4 Páginas)537 Visitas
La Revisoría Fiscal y la convergencia hacia estándares internacionales de auditoría y aseguramiento
Autor: Carolina Moncayo Robayo • Fecha: 20.03.12 • Hora: 21:50
20 mar
Con la expedición de la Ley 1314 de 2009, se anunció en Colombia de manera oficial, la llegada de los estándares internacionales en materia de contabilidad y aseguramiento. Empresas, órganos de la profesión, universidades, gobierno y en general todas las partes interesadas han venido, al amparo de la citada Ley, estudiando, evaluando impactos, desarrollando actividades académicas y, en general, haciendo recomendaciones para una más fácil convergencia de nuestra normatividad con estándares de categoría mundial en materia contable y de aseguramiento.
Es curioso que la Ley 1314 omitiera cualquier referencia a la Revisoría Fiscal. Sólo en dos ocasiones a lo largo de su texto de 11 páginas se le menciona y en una de ellas, haciendo referencia a la experiencia que podrían demostrar algunos de los miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública para pertenecer al mismo. No obstante, lo dicho no quiere decir que una cosa (los estándares a los que pretendemos converger) no tenga nada que ver con la otra (la Revisoría Fiscal). En un primer análisis pareciera que son dos cosas diferentes y evidentemente lo son. Pero sin lugar a dudas, tienen una estrecha relación.
Es claro que más temprano que tarde se tendrá que analizar el impacto que la convergencia con las normas internacionales de auditoría y aseguramiento tendrá en el ejercicio de la revisoría Fiscal. Con base en los antecedentes, es de esperar que esta discusión tenga tanto de largo como de ancho. Ojalá que la misma se de con el mayor respeto por la diversidad de opiniones y en el mejor interés de la profesión y del país.
Seguramente muchos temas ocuparán esta discusión. Por lo pronto quiero anticiparme a uno que, en mi sentir, será trascendental si es que verdaderamente queremos una convergencia plena con los estándares internacionales de aseguramiento: las normas de independencia contenidas en el código de ética de IFAC. La independencia, de acuerdo con IFAC, es el estado mental que permite la expresión de una conclusión sin estar afectado por influencias que comprometan el juicio profesional permitiendo de esa manera a un individuo actuar con integridad y ejercer la objetividad y el escepticismo profesional. En otras palabras, la independencia es esa condición fundamental que debe acompañar a un auditor y que garantiza que está desprevenido de todo interés, lo cual le permite pronunciarse sobre las materias objeto de su auditoría de una manera objetiva y con el único interés de ofrecerles a los interesados en su reporte un concepto u opinión que les merezca total credibilidad.
En el año 2003 ya el Informe sobre Observancia de Códigos y Normas (ROSC por sus siglas en inglés) preparado por una comisión del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional había advertido que las funciones del Revisor Fiscal no son compatibles con las de un auditor externo independiente y cuestionó seriamente la independencia del Revisor Fiscal basado en las funciones que las normas le ha fijado y que el gobierno le ha delegado. Si el legislador decide que el revisor fiscal en Colombia desarrolle su trabajo en cumplimiento de los estándares de auditoría internacional y cumpliendo las normas de independencia, tendrá que empezar por eliminarle todas aquellas funciones y/o encargos que ponen en duda su independencia al atribuirle funciones y responsabilidades incompatibles con las normas de aseguramiento. Estaremos listos para dar ese paso? El gobierno tiene la palabra.
Caminos alternativos existen para resolver esta situación. Aceptar que la auditoría independiente de estados financieros es una cosa y la revisoría fiscal es otra
...