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ANALISIS DE AUDITORÍA Y REVISORÍA FISCAL


Enviado por   •  29 de Mayo de 2021  •  Ensayos  •  1.041 Palabras (5 Páginas)  •  56 Visitas

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REGIMEN LEGAL DE LA REVISORÍA FISCAL

ANALISIS DE AUDITORÍA Y REVISORÍA FISCAL

INTEGRANTE

JENIFFER HERAZO FLOREZ

DOCENTE

DIOMEDEZ TAPÍA

BARRANQUILLA, COLOMBIA

2021

UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL CARIBE

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ANALISIS DEL ACUERDO DE LOS TERMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORÍA Y EL CONTENIDO EN EL CÓDIGO DE COMERCIO DE LOS ARTÍCULOS 203 AL 217.

El enfoque que pretende dar la NIA 210 “Acuerdo de los términos del encargo” es sobre todas las responsabilidades que debe tener el auditor al acordar los términos del encargo de auditoría, es decir, el contrato que se acuerda entre ambas partes, siendo una el auditor, encargado de cumplir con una serie de responsabilidades, y la dirección por otro lado, quien se encarga de validar estas mismas.

Dentro de estas responsabilidades, el auditor debe determinar si concurren ciertas condiciones previas a la auditoria cuya responsabilidad hayan sido por parte de la dirección, para esto debe determinar si la información financiera que se utilizará es aceptable, desde luego, debe velar porque exista una comprensión por ambas partes para la presentación de estos. En caso de que exista una limitación por parte de la dirección a la hora de suministrar la información, el auditor puede considerar el denegar su opinión y no aceptar el encargo, a menos que, esté obligado por las legales o reglamentarios. Una condición para la aceptación de un encargo de aseguramiento es que los criterios a los que se refiere la definición de encargo de aseguramiento sean adecuados y accesibles para los usuarios a quienes se destina el informe.

En de los artículos 203 al 207 del código de comercio de Colombia se determina las sociedades que están obligadas a tener revisor fiscal, como son las sociedades por acciones, las sucursales de compañías extranjeras, así mismo las sociedades que por ley, la administración no corresponda a todos los socios.  La elección del revisor fiscal se hará por la mayoría absoluta de la asamblea o de la junta de socios, en las comanditas por acciones, el revisor fiscal será elegido por la mayoría de los votos de comanditarios, y en las sucursales de sociedades extranjeras, se elegirá el órgano pertinente para dicha elección. También se indica, que no podrán ser revisores fiscales quienes sean asociados a la compañía o alguna de sus subordinadas, quienes estén ligados por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, y a su vez, quienes desempeñen otro cargo en la compañía o sus subordinadas, que tampoco podrán ejercer otro cargo durante un periodo respectivo. En las sociedades donde funcione junta directiva el período del revisor fiscal será igual al de aquella, pero en todo caso podrá ser removido en cualquier tiempo, con el voto de la mitad más una de las acciones presentes en la reunión.

En el articulo        207, es donde más similitudes encontramos entre la NIA y el código de comercio, ya que establece las funciones del revisor fiscal. Como son el dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios, el velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, de la junta de socios y de la junta directiva, y porque se conserven debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas impartiendo las instrucciones necesarias para dichos fines.

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