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La adecuada implementación y funcionamiento de los elementos y las etapas del SARLAFT


Enviado por   •  29 de Mayo de 2014  •  Informes  •  482 Palabras (2 Páginas)  •  414 Visitas

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Políticas:

Son los lineamientos generales que deben adoptar las entidades vigiladas en relación con el SARLAFT. Cada una de las etapas y elementos del sistema debe contar con unas políticas claras y efectivamente aplicables.

Las políticas que se adopten deben permitir el eficiente, efectivo y oportuno orienten la actuación de la entidad y de sus accionistas.

Procedimientos

Las entidades deben establecer los procedimientos aplicables para la adecuada implementación y funcionamiento de los elementos y las etapas del SARLAFT.

Mecanismos

Las entidades deben manejar distintos mecanismos que les permitan conocer al cliente actual y potencial, conocer el mercado para saber cómo se mueve la competencia, identificar y analizar las operaciones inusuales y, determinar y reportar las operaciones inusuales.

Conocimiento del cliente

El SARLAFT debe contar con procedimientos para obtener un conocimiento efectivo, eficiente y oportuno de todos los clientes actuales y potenciales, así como para verificar la información y los soportes de la misma.

Documentación

Las etapas y los elementos del SARLAFT implementados por la Entidad deben constar en documentos y registros, garantizando la integridad, Oportunidad, confiabilidad y disponibilidad de la información allí contenida.

Los documentos que considere la administración de la entidad de Prevención de Lavado de Activos, que sean de consulta únicamente por el personal de los directivos, contaran con medidas de seguridad de manera que su consulta sólo la realicen quienes estén autorizados.

Estructura Organizacional

Las entidades deben establecer y asignar las facultades y funciones en relación con las distintas etapas y elementos del SARLAFT.

Órganos de Control

Las entidades deben establecer órganos e instancias responsables de efectuar una evaluación del SARLAFT, a fin de que se puedan determinar sus fallas o debilidades e informarlas a las instancias pertinentes. Sin embargo, los órganos de control que se establezcan para el efecto no son responsables de las etapas de la administración del riesgo de LA/FT.

Infraestructura tecnológica: Las entidades deben contar con la tecnología y los sistemas necesarios para garantizar la adecuada administración del riesgo de LA/FT. Para ello deben contar con un soporte tecnológico acorde con sus actividades, operaciones, riesgo y tamaño, que cumpla como mínimo con las características propias de cada entidad.

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