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Legitimación Institución que permite adquirir al padre la autoridad paternal sobre los hijos naturales nacidos del concubinato


Enviado por   •  23 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  601 Palabras (3 Páginas)  •  129 Visitas

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Legitimación

Institución que permite adquirir al padre la autoridad paternal sobre  los hijos naturales nacidos del concubinato.

Es el medio que permite al paterfamilias adquirir la patria potestad sobre los hijos naturales nacidos único y exclusivamente en el concubinato.

Los hijos extramatrimoniales, adulterinos o incestuosos no podían legitimarse.

Los procedimientos para llevar a cabo la legitimación son los siguientes:

  1. MATRIMONIO SUBSIGUIENTE: Que el padre contrajese iustae nuptiae con la madre de sus hijos, para que operase este medio era indispensable que ambos tuviesen el connubium (privilegio para contraer matrimonio justo, sin el que era imposible llevar acabo su celebración), además era indispensable que los hijos no fuesen producto del adulterio o incesto. Esta legitimación produce efectos completos, pues el hijo entra como agnado en la familia civil del padre.

  1. OBLATIO CURIAE: Fue creada por el emperador Teodosio II ratificado por su colega oriental Valentiano en el año 412 d.C. quienes autorizaron a los padres que no tuviesen hijos legítimos a quienes donar o instituir como herederos o legatarios, dejarlos a sus descendientes naturales con la condición de que aceptasen el cargo de decurión, o en caso de ser mujer, que aceptase contraer matrimonio con uno de estos funcionarios. Aparte de ser legitimado como requisito se le daba un trabajo de decurión, que era un funcionario municipal encargado de recaudar impuestos, pero lo grave era que en caso de existir un faltante en la cuenta pública eran ellos quienes debían cubrir dicha cadencia con su propio matrimonio por lo cual para poder ejercer este tipo de legitimación se necesitaba poseer un determinada cantidad de fondos.
  1. RESCRIPTO DEL PRINCIPE: Justiniano decidió que estando muerta la madre, ausente o casada con otro, el padre podía dirigirse al emperador pidiendo la legitimación de sus hijos naturales. También tenía autorización el padre para solicitar esta legitimación en su testamento y de esta manera los hijos legitimados después de su muerte se hacían sus herederos.

Mancipium

Es también una figura del derecho civil que consiste en la autoridad que puede ejercer un hombre libre sobre otra persona también libre.

Todo paterfamilias podía dar en mancipium a los hijos que estuviesen bajo su autoridad o bien a la mujer in manu.

Fue otro de los poderes extraños a que pudieron estar sometidas las personas físicas o naturales en Roma y se producía cuando un páter optaba por dar en venta a uno cualquiera de los sometidos a su potestad, con lo que el adquirente pasaba a ser titular de un poder muy parecido al de la patria potestad.

Unos casos:

  1. El jefe de familia confería con frecuencia a un tercero el mancipium sobre su hijo, para obtener un lucro.
  2. Cuando el hijo había causado por un delito algún daño u otro, el padre podía cedérselo mancipando le para reparar el daño ocasionado.

Todo el que esta in mancipio participa a la vez del esclavo y del hombre libre: del esclavo se parece en que todo lo que adquiere pertenece al señor. Pero también de hombre libre, puesto que no pierde la libertad ni la ciudadanía.

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