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Ley General de Sociedades Mercantiles y Código de Comercio


Enviado por   •  4 de Febrero de 2014  •  Ensayos  •  574 Palabras (3 Páginas)  •  378 Visitas

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Ley General de Sociedades Mercantiles y Código de Comercio

La Ley General de Sociedades Mercantiles entro en vigor el 4 de agosto de 1934, aprobado por el general Abelardo L. Rodríguez presidente sustituto constitucional del país y el código de comercio (capitulo 1 de la ley general de sociedades mercantiles) en el año de 1889. Las minorías reciben una atención especial, pues siempre ha sido difícil proteger a esos grupos, sobre todo cuando éstos se encuentran indefensos dentro de las sociedades anónimas. Por supuesto, la fusión de las sociedades es regulada, lo mismo que su disolución; por lo que la Ley dedica un Capítulo a este último concepto, apartándose de los criterios establecidos en el Código de Comercio.

El propio Ejecutivo federal, en la correspondiente Exposición de Motivos, daba a conocer en qué consistían las reformas fundamentales y las razones por la que éstas se hicieron. A diferencia de otras leyes: “al texto definitivo de la ley no se llegó mediante una simple labor de repetición o de síntesis de lo que en materia de sociedades ha elaborado la doctrina extranjera, las leyes y los proyectos de otros países, sino de atender con el mismo empeño, hasta donde fue posible, tanto a estos elementos, que no podían desdeñarse, supuesto que nuestras instituciones legales forman parte de una cultura jurídica conectada estrechamente con el pensamiento de aquellos países, como a nuestras leyes en vigor, en un esfuerzo por conservar todo lo que se ha incorporado a nuestra tradición y a las particularidades de nuestro ambiente”.

En otro párrafo de dicha Exposición, el entonces Presidente de la República hace mención al recelo y a la desconfianza con que grandes sectores sociales miran a las corporaciones, por lo que la Ley parte de un marco jurídico más adecuado y flexible para regular las sociedades por acciones; así mismo, destaca también la regulación de las sociedades en nombre colectivo; en comandita por acciones; de responsabilidad limitada; anónima; de capital variable; las extranjeras y en participación; y reitera el principio de que las sociedades gozan de personalidad jurídica distinta de la de los sujetos que la integran.

Como continuación de la tendencia en materia de desregulación, y a fin de eliminar el exceso de trámites, la segunda y última de las reformas estableció una “ventanilla única” para aquellas personas jurídicas extranjeras que pretendan establecerse en México, por lo que éstas sólo requerirán de un permiso que será otorgado por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (hoy Secretaría de Economía), y ya no de un segundo que otorgaba la Secretaría de Relaciones Exteriores, con lo que se elimina así la duplicidad de trámites ante dichas dependencias de la Administración Pública federal.

Código Fiscales de la Federación

El estado tiene funciones

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