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LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES


Enviado por   •  15 de Agosto de 2013  •  1.450 Palabras (6 Páginas)  •  431 Visitas

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LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.

CAPITULO I DE LA CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS SOCIEDADES EN GENERAL

ARTICULO 6

LA ESCRITURA CONSTITUTIVA DE UNA SOCIEDAD DEBERA CONTENER:

I.- LOS NOMBRES, NACIONALIDAD Y DOMICILIO DE LAS PERSONAS FISICAS O MORALES QUE CONSTITUYAN LA SOCIEDAD; Sociedad anónima es una entidad legal independiente, una persona moral que existe sólo para la ley. Una sociedad anónima puede participar en contratos, poseer propiedades a su nombre y operar negocios en la misma forma que si fuera una persona física.

Casi todos los negocios en nuestro país están organizados como sociedades anónimas, porque las reglamentaciones legales y las regulaciones fiscales hacen que sea más atractivo operar de esta forma. Cada día aumenta el número de pequeños negocios que operados bajo el esquema de persona física con actividades empresariales cambian a sociedades anónimas, debido a las muchas ventajas que ofrecen sobre la asociación o el negocio de propietario individual.

Para constituir una sociedad anónima se debe obtener la autorización del gobierno, mediante la presentación de una solicitud que realicen una o más personas, conocidas como socios fundadores, en la que se pida autorización para ello. Una vez aprobada la solicitud, el gobierno extiende a los fundadores un permiso de constitución. En el permiso se proporciona el nombre oficial de la sociedad anónima, los tipos de actividades mercantiles que llevará a cabo, así como los tipos y cantidades autorizados de acciones. A los participantes de una sociedad anónima se les conoce como accionistas.

Después de que se ha extendido el permiso de constitución, el primer acto de los socios fundadores es sostener una junta de organización para aprobar los estatutos, elegir a los administradores, decidir la emisión y venta de las acciones y fijar los procedimientos operativos más importantes de la compañía.

II.- EL OBJETO DE LA SOCIEDAD;

La sociedad mercantil o sociedad comercial Es aquella sociedad que tiene por objetivo la realización de uno o mas actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se diferencia de un contrato de sociedad civil.

Como toda sociedad, son entes a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y que contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a la realización de una finalidad lucrativa que es común. con vocación tal que los beneficios que resulten de las actividades realizadas, solamente serán percibidos por los socios.

III.- SU RAZON SOCIAL O DENOMINACION;

RAZON SOCIAL: Sociedades en las que importan las personas, a las sociedades con razon social, se les llama sociedades de personas.

Se utiliza cuando en el nombre de una sociedad, se escriben dos o mas nombres de los socios, despues "y cia" o y compañia, seguido de las iniciales del tipo de sociedad. EJEMPLO: sociedad en comandita simple

El nombre seria: Luis Jimenes, Alfonso Rocha y compañia. S en .C

DENOMINACION SOCIAL: Se utiliza cuando en la sociedad se le da importancia al capital que se aporta, por eso a las sociedades que tienen denominacion social, se le llama socieda de capital.

Las sociedades que llevan denominacion, no llevan el nombre de los socios, se le asigna el nombre que decida los socios, EJEMPLO: "La galleta, S.A"

IV.- SU DURACION ; misma que podrá ser definida o indeterminada.

V.- EL IMPORTE DEL CAPITAL SOCIAL; En lo que se refiere al Derecho mercantil y la contabilidad, el capital social es el importe monetario, o el valor de los bienes que los socios de una sociedad (entendida esta como una empresa, conjunto de bienes, sea sociedad limitada, anónima o comanditaria en sus diferentes versiones) le ceden a ésta sin derecho de devolución y que queda contabilizado en una partida contable del mismo nombre. Lo que identifica los derechos de los socios según su participación y, asimismo, cumple una función de garantía frente a terceros dado que constituye punto de referencia para exigir la efectiva aportación patrimonial a la sociedad y la retención del patrimonio existente hasta cubrir la cifra del capital social repartiendo entre los socios la diferencia restante de los beneficios de la sociedad. Es una cifra estable, a diferencia del patrimonio social, cuya cifra variará según el buen funcionamiento de la compañía mercantil. En caso de sucesivos resultados negativos puede que se vea afectada, considerando excepcionalmente la quiebra, cuando el patrimonio social es negativo y por lo tanto no hay recursos suficientes en la empresa para poder atender sus obligaciones ante terceros.

VI.- LA EXPRESION DE LO QUE CADA SOCIO APORTE EN DINERO O EN OTROS BIENES; EL VALOR ATRIBUIDO A ESTOS Y EL CRITERIO SEGUIDO PARA SU VALORIZACION.

CUANDO EL

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