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Ley Orgánica De Régimen Tributario


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2012  •  4.046 Palabras (17 Páginas)  •  568 Visitas

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2.1 Ley Orgánica de Régimen Tributario:

Registro Único de contribuyentes:

El Registro Único de Contribuyentes (RUC) se implemento con el objetivo de hacer un seguimiento continuo a los ciudadanos obligados a pagar impuestos. Su función es registrar e identificar a los Contribuyentes con fines impositivos, y proporcionar información a la Administración Tributaria

El RUC corresponde a un número de identificación para privadas, nacionales o extranjeras, que realicen alguna actividad económica en el Ecuador de forma permanente u ocasional, o que sean titulares de bienes o derechos por los cuales deban pagar impuestos.

El número de registro está compuesto por trece dígitos y su composición o significado varia según el Tipo de Contribuyente.

Quienes están obligados de llevar Contabilidad:

Los contribuyentes pueden ser segmentados o clasificados de acuerdo a ciertos parámetros que facilitan su control posterior. Por ello, la clasificación actual está en función del tipo y de las clases de contribuyente.

Todos los contribuyentes inscritos en el RUC deben cumplir con sus obligaciones tributarias, entre ella, la declaración y pago de los impuestos a la Renta y al Valor Agregado. La legislación ecuatoriana permite a las personas naturales que reúnan ciertas condiciones, acogerse a un Régimen Simplificado que les permite cumplir con sus obligaciones de una manera mas simple.

PERSONAS NATURALES

Las personas naturales, son personas físicas que pueden ser:

• Nacionales

• Extranjeras residenciales

• Extranjeras no residenciales

Se entiende que una persona es residente cuando su estadía en el país supera los ciento ochenta y tres (183) días calendario, dentro de un mismo ejercicio económico, contados de manera continua o no

Las personas naturales pueden o no llevar contabilidad

Se obliga a llevar contabilidad siempre que estas realicen actividades empresariales y:

• Que operen con un capital propio, que al inicio de sus actividades económicas o al 1º de enero de cada ejercicio impositivo, hayan superado los USD 60.000

• Cutos ingresos brutos anuales de esas actividades, del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores a USD 100.000

• Cuyos costos y gastos anuales, imputables a la actividad empresarial, del ejercicio fiscal inmediato anterior sean superiores a USD 80.000

En el caso de personas naturales que tengan como actividad económica habitual la de exportación de bienes, deberán obligatoriamente llevar contabilidad. El resto de contribuyentes están obligados a llevar un libro de ingresos y egresos.

Se entiende como capital propio a la totalidad de los activos menos pasivo que posea el contribuyente y que están relacionados con la generación de la renta gravada

PERSONAS JURIDICAS O SOCIEDADES

Las personas jurídicas o sociedades en general, comprenden a:

• Todas las instituciones del sector público,

• Las personas jurídicas bajo control de las Superintendencias de Compañías o de Bancos,

• Las organizaciones sin fines de lucro,

• Los fideicomisos mercantiles

• Las sociedades de hecho y

• Cualquier patrimonio independiente de sus miembros

Entre las sociedades que realizan actividades sin fines de lucro tenemos las siguientes

• Instituciones Educativas

• Instituciones de Salud

• Organizaciones de Beneficencia

• Entidades Deportivas

• Fundaciones de Investigación

• Colegios Profesionales

• Entidades Culturales

• Partidos Políticos

• Entidades de Culto Religioso

• Cooperativas

• Instituciones dedicadas a la Promoción y Desarrollo de la Mujer, Niño y Familia

• CCDI (Centro Comunitarios de Desarrollo Infantil)

Mientras que las sociedades que realizan actividades de lucro tenemos:

• Instituciones bajo el control de la Superintendencias de Compañía, como las Compañías Anónimas o de Responsabilidad Limitada

• Bancos y Cooperativas reguladas y bajo el control de la Superintendencia de Bancos

• Establecimientos permanentes de empresas extranjeras

• Otros compañías o patrimonios independientes, como las sociedades civiles de hecho, civiles y comerciales, fidecomisos

Por otro lado, las sociedades públicas pueden dividirse en:

Institución Públicas.- Es toda entidad que teniendo o no personería jurídica, ha sido creada por un acto del poder público para el ejercicio de las competencias gubernamentales o de la potestad Estatal, y cuyo financiamiento se lleve a cabo con fondos del erario.

Empresas Publicas.- Son entidades que pertenecen al Estado en los términos que establece la Constitución de la República, personas jurídicas de derecho público, con patrimonio dotadas de autonomía presupuestaria, financiera económica, administrativa y de gestión, dedicadas a actividades productivas o de servicios compitiendo o no con el sector privado.

CONTRIBUYENTES ESPECIALES Y OTROS

Los Contribuyentes Especiales son aquellos definidos de acuerdo a ciertos parámetros establecidos por la Administración Tributaria y que tienen otras obligaciones tributarias adicionales. Pueden ser personas naturales o sociedades.

Los contribuyentes denominados Otros, comprenden todos los contribuyentes, sean personas naturales o sociedades, que al momento

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