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Lic. Comercio Y Negocios Internacionales


Enviado por   •  18 de Febrero de 2015  •  1.177 Palabras (5 Páginas)  •  350 Visitas

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INTRODUCCION

Regímenes Especiales Es un conjunto de normas mediante las cuales se establece un tratamiento aduanero para las mercancías importadas y exportadas, diferentes en ciertos aspectos al régimen aduanero general. Estas operaciones están reguladas por el reglamento especial de la Ley de Aduanas, Código Aduanero uniforme Centroamericano CAUCA, y su Reglamento y algunas leyes y decretos especiales.

CUADRO COMPARATIVO.

ZIP (Zonas Industriales de procesamiento) ZOLI (Zona Libre o Zona Franca) RIT (Régimen de Importación Temporal). TIENDAS LIBRES

Los ZIP, de propiedad y administración privada, son áreas geográficas del territorio nacional aprobadas y delimitadas por el poder

Ejecutivo por medio de la Secretaría de Estado en los despachos de Economía y Comercio; sometidas a la vigilancia fiscal del Estado y sin población residente, creadas con el propósito de fomentar mediante el uso de mano de obra local, la industria manufacturera y de servicios orientada exclusivamente a la exportación.

Es el régimen que permite ingresar a una parte delimitada del territorio de un Estado Parte, Mercancías que se consideran generalmente como si no estuviesen en territorio aduanero con respecto a los tributos de importación. Es el ingreso de a territorio aduanero con suspensión de los tributos de importación, de mercancías procedentes del exterior destinadas a ser reexportadoras, después de someterse a un proceso de transformación, elaboración o reparación. Establecimientos destinados a la venta de productos extranjeros o nacionalizados, exonerados del pago de los derechos arancelarios, impuestos internos y demás gravámenes fiscales correspondientes.

Sanciones:

a) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en

la Ley y este Reglamento Lps.150,000.00

b) Por incumplimiento de las obligaciones y requisitos contenidos en el

Acuerdo de Autorización de la ZIP Lps.100,000.00

c) Por incumplimiento de los instructivos y demás disposiciones

emanadas de la Secretaría de Estado en los Despachos de Economía y

Comercio, Lps.50,000.00.

Base Legal:

• Decreto 356-76 del 21 de Julio de 1976, Ley Constitutiva de la Zona Libre de Puerto Cortes.

• Acuerdo 43-2009, del 23 de Enero del 2010, Reglamento de la Ley Constitutiva de la zona libre de Puerto Cortes. Base Legal:

• Decreto 37-84 del 20-12-1984 Ley del Régimen en Importación Temporal.

• Reformado mediante decreto legislativo 190-86, del 31-10-1986.

• Decreto 135-94 del 28 de Octubre de 1994 Art 16 del capítulo VI. Base Legal

• Ley de Aduanas Decreto no. 212-87, Artículos 132, 133 y 202.

• Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) Artículos 122 y 129 al 136.

• Instructivo sobre las operaciones de las Tiendas Libres.

•Memorando circular DEI-DARA-288-2011, del 28 de Abril del 2011.

Disposiciones Generales:

Las empresas que se localicen en la ZIP, y las Sociedades Operadoras,

quedan obligadas a proporcionar a las autoridades de Economía y Comercio y de Hacienda y Crédito Público todos los registros contables, documentos y libros de contabilidad que sean estrictamente necesarios para determinar que las empresas y la Sociedad Operadora están cumpliendo con sus obligaciones de mantenimiento y de registro y las demás contenidas en la

Ley, su Reglamento y el Acuerdo de Autorización. Se podrán establecer:

• Empresas comerciales básicamente de reexportación.

•Empresas industriales básicamente de exportacion.

• Empresas de servicios y actividades conexas.

• Empresas de servicios internacionales por medio de servicios electrónicos. Se podrán establecer:

Todas las personas naturales o jurídicas; que se encuentren instaladas o se instalen en el país, con maquinaria, equipo, herramientas, repuestos y accesorios si se usan exclusivamente para armar, transformar o modificar productos o servicios para ser reexportadores. Procedimiento para incorporarse.

La solicitud presentada ante la Secretaría de Finanzas, quien la remite a la Dirección Ejecutiva de Ingresos para que previo a la inspección de las instalaciones proceda a la emisión del Dictamen correspondiente, posteriormente el expediente es remitido nuevamente a la Secretaria de Finanzas quien emite la Resolución favorable si se procede o en su defecto se niega.

Procedimientos:

a) Designación precisa de la autoridad a quien se dirige.

b) Nombre, razón social, nacionalidad, domicilio, dirección completa, teléfono y demás generales de cada uno de los promotores y

Organizadores.

c) Indicación concreta de lo que se solicita.

d) Cualquiera otra información que a juicio de la Secretaría de Economía y

Comercio considere necesarias. Beneficios

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