Los Acuerdos Comerciales De Republica Dominicana
andorenis6 de Mayo de 2014
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ACUERDOS COMERCIALES DE LA REPUBLICA DOMINICANA
Estados Unidos es uno de los países desarrollados que ha aperturado su mercado; muestra de ello ha sido la firma del Acuerdo entre la República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (Dominican Republic Central América Free Trade Agreement, DR-CAFTA por sus siglas en ingles), que según algunas consideraciones se negoció en enero del 2003 entre Centroamérica y Estados Unidos; y República Dominicana se incorporó en el 2004.
El 5 de agosto del 2004 se firmó este Acuerdo, que entró en vigencia en los países Miembros en los diferentes fechas: El Salvador, el 17-12-2004, Honduras, el 3-3-2005, Guatemala el 10-3-2005, en Estados Unidos, 30-6-2005, Nicaragua, 10-10-2005, República Dominicana, 1-3-2007 y Costa Rica, 1-1-2009.
Sobre este Acuerdo, se han realizado estudios, entre ellos: 1) Avances Positivos del Primer Año de Implementación del DR-CAFTA, presentado por Roberto Despradel, 2) Evaluación del Impacto del Acuerdo en los sectores productivos de la República Dominicana (RD), escrito por Nassim Alemany Isaac, reproducido por Chemonics Internacional, con el auspicio de la Dirección de Comercio Exterior (DICOEX) del Ministerio de Industria y Comercio; y la oficina de United States Agency for International Development (USAID), 3) Impacto Fiscal del DR-CAFTA en la República Dominicana, elaborado por Harold Vásquez, Rayner Díaz, Rafael Rivas y Amarilis Altagracia, publicado por el Banco Central.
El DR-CAFTA sustituyó la aplicación de las preferencias arancelarias que se otorgaban mediante la Ley Asociación Comercial de los Estados Unidos con los países de la Cuenca del Caribe (CBTPA) y el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP).
Este Acuerdo integra temas sobre: Acceso a Mercados, Facilitación del Comercio, Reglas de Origen, Medidas Fitosanitarias y Zoosanitarias, Propiedad Intelectual, Medio Ambiente, Inversiones, Transparencia, entre otros, cuya aplicación incluye un Calendario de Desgravación Arancelaria a 20 años.
Para acogerse a este Acuerdo, se deben cumplir con los requerimientos contemplados, entre ellos: Procedimientos Aduaneros (Capitulo 5), Reglas de Origen (Capitulo 4).
Este Acuerdo no requiere un formato prestablecido del certificado de origen (Artículo 4.16, párrafo 2). En el portal de la Dirección General de Aduanas www.aduanas.gob.do, existe un formato para estos fines.
La Unión Europea (UE) es otro bloque que integra 27 países, quien firmó el Acuerdo de Asociación Económica (AAE) EPA`s (Economic Partneship Agrements- EPA, por sus siglas en ingles). Este acuerdo regional busca mayor integración a través de la Unión Aduanera, Mercado Común, Unión Económica, Unión Política y el establecimiento de una Zona de Libre Comercio en uno de los países partes. La Unión Aduanera (elimina barreras arancelarias y no arancelarias entre las partes), el Mercado Común (Libre tránsito de factores de producción entre los miembros), Unión Económica (tránsito de los productos, factores de producción y opción de política exterior con una moneda común); y la Unión Política (unión de Estados regidos por un gobierno).
La aplicación del Acuerdo EPA`s contempla la presentación de los documentos correspondientes a la exportación e importación, incluyendo el certificado de origen EUR-1, formulario prestablecido que puede ser adquirido en la sede de la Dirección General de Aduanas y en las Administraciones Aduaneras.
Los acuerdos comerciales reúnen disposiciones, reglas que deben ser aplicadas en los países partes, a través de la desgravación arancelaria sea completa o gradual, según se contemple en el documento legal.
Otros Acuerdos a los que RD es signataria: Acuerdo de Alcance Parcial con Panamá, el CARICOM y el Bilateral con Centroamérica.
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