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LAS SOCIEDADES COMERCIALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2013  •  797 Palabras (4 Páginas)  •  912 Visitas

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Introducción

La forma más común de sociedad comercial en la República Dominicana es la “Compañía por Acciones” (C. por A.), también llamada “Sociedad Anónima” (S.A.). El Código de Comercio de la República Dominicana reconoce otros dos tipos de sociedades comerciales: las compañías en nombre colectivo y la compañía en comandita (Art. 19), pero ambas han caído en desuso por sus desventajas respecto de las sociedades anónimas. Al igual que en otras jurisdicciones, las sociedades anónimas dominicanas son personas morales, con personería jurídica distinta a la de sus socios, cuya responsabilidad se encuentra limitada al monto de su aporte a la sociedad.

El proceso de constitución

El Código de Comercio establece como requisito para la formación de una compañía por acciones que el número de accionistas alcance a siete (Art. 56). En la práctica, como la mayoría de las empresas pequeñas no tienen esa cantidad de socios, los bufetes de abogados tienen a disposición de sus clientes accionistas simbólicos, que se hacen figurar como propietarios de varias acciones en la sociedad, cuando en realidad son “prestanombres” de los verdaderos socios.

LEY GENERAL DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES Y EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA NO. 479-08

El pasado 11 de diciembre de 2008 fue

Promulgada por el Poder Ejecutivo la Ley

General de las Sociedades Comerciales y

Empresas Individuales de Responsabilidad

Limitada Número 479-08, la cual deroga y

Sustituye el Título III del Código de Comercio

De la República Dominicana, relativo a las

Sociedades comerciales, que comprende los

Artículos desde el 18 hasta el 64.

La Ley 479-08 constituye una reforma integral

De nuestra legislación en materia societaria. El

Objetivo principal de la ley ha sido modernizar

Nuestra legislación societaria así como dotarla

De referentes legales en áreas anteriormente

No reguladas, y reforzar la protección de sus

Distintos actores. En este sentido, la Ley 479-

08 introduce dos nuevos vehículos para

Realizar negocios: las sociedades de

Responsabilidad limitada y las empresas

Individuales de responsabilidad limitada.

Asimismo, regula los procesos más

Significativos de la vida corporativa (fusiones,

Escisiones, aumentos y reducción de capital,

Recompra de acciones, disolución y

Liquidación) y establece normas de buen

Gobierno corporativo y mayor transparencia

En el quehacer societario.

IMPLEMENTACION DE LA LEY

Y FECHAS IMPORTANTES

La Ley 479-08 entrará en vigencia el 19 de

Junio del 2009. A partir de esta fecha el

Registro Mercantil a cargo de las Cámaras de

...

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