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Los Capitales Constitucionales


Enviado por   •  8 de Abril de 2013  •  675 Palabras (3 Páginas)  •  536 Visitas

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Los capitales constitutivos por parte del IMSS

Por: José Guadalupe González

Socio de la Práctica de Seguridad Social

y Remuneraciones

Zona Bajío de

KPMG en México

El capital constitutivo es el importe en dinero que debe pagar el patrón al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en cumplimiento de su obligación de reintegrar el costo de las prestaciones otorgadas por dicho instituto al trabajador, generada de la responsabilidad patronal de no inscribir a dicho trabajador o de informar un Salario Base de Cotización (SBC) inferior al que realmente correspondía.

Un capital constitutivo puede generar un crédito fiscal oneroso al patrón. Para evitarlo es importante tener en cuenta lo siguiente:

Capitales constitutivos por avisos de alta o reingreso

De conformidad a lo establecido en el artículo 15 fracción I de la Ley del Seguro Social (LSS), los patrones deberán presentar los avisos de alta dentro de un plazo no mayor a cinco días hábiles.

• En materia del seguro de Riesgos de Trabajo

De acuerdo al artículo 77, cuarto párrafo de la LSS, los avisos que sean presentados ante el IMSS después de ocurrido el siniestro, en ningún caso liberarán al patrón de la obligación de pagar el capital constitutivo, aun cuando el patrón hubiera presentado el aviso en el plazo señalado en el artículo 15 fracción I de la LSS.

Si el patrón pretende evitar capitales constitutivos por no afiliar al trabajador, la solución es preafiliarlos con un día de anticipación al primer día de labores. Esta situación tiene la finalidad de que el trabajador desde el primer minuto de su primer día de trabajo se encuentre debidamente afiliado al IMSS.

• En materia del seguro de Enfermedad y Maternidad

Este caso es diferente ya que el artículo 88, tercer párrafo de la LSS prevé que no procederán los capitales constitutivos cuando los avisos se hayan presentado dentro del plazo legal de los cinco días hábiles. Sin embargo, si el aviso se presenta fuera de plazo, entonces el capital constitutivo sí sería firme.

Cabe mencionar que a efecto de evitar cualquier problema con el IMSS, también se recomienda la preafiliación del trabajador, como se comentó anteriormente.

Capitales constitutivos por avisos de modificación de salario

Los avisos de modificación de salario pueden originar capitales constitutivos por diversas causas, como se detalla a continuación:

a) En su presentación

Los tiempos en la presentación de un

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