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Manual De Recursos Financieros


Enviado por   •  8 de Octubre de 2013  •  14.060 Palabras (57 Páginas)  •  435 Visitas

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DOF: 15/07/2010

ACUERDO por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría de la Función Pública.

ERNESTO JAVIER CORDERO ARROYO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, y SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 31 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y 1 y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece como una de las estrategias del objetivo 10, del Eje rector 1. Estado de Derecho y seguridad, la ampliación de los programas de simplificación administrativa y mejora regulatoria en toda la Administración Pública Federal, procurando que tengan un impacto directo en el combate a la discrecionalidad, la arbitrariedad o la corrupción;

Que el Ejecutivo Federal, en su mensaje dirigido a la Nación con motivo de la presentación al Honorable Congreso de la Unión del Tercer Informe de Gobierno, se comprometió a llevar a cabo un proceso de desregulación a fondo de la normativa de la Administración Pública Federal, con el objetivo de reducir y simplificar al máximo las disposiciones administrativas, eliminar toda aquella regulación, requisitos, duplicidad de información y trámites innecesarios que permitan consolidar un régimen de certidumbre jurídica, en donde la plena eficacia de las normas aplicables a particulares y a gobernantes, les garantice el ejercicio pleno de sus derechos y libertades. Este proceso de desregulación implica dejar sin efectos una de cada dos disposiciones;

Que en este sentido, el Ejecutivo Federal instruyó a la Secretaría de la Función Pública para emitir, por sí o con la participación de las dependencias competentes, disposiciones, políticas o estrategias, acciones o criterios de carácter general y procedimientos uniformes para la Administración Pública Federal y, en lo conducente, para la Procuraduría General de la República en materia de auditoría; adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; control interno; obra pública y servicios relacionados con las mismas; recursos humanos; recursos materiales; recursos financieros; tecnologías de la información y comunicaciones, y de transparencia y rendición de cuentas, y que las dependencias y entidades así como la citada Procuraduría procedan a dejar sin efectos todas aquellas disposiciones, lineamientos, oficios circulares, procedimientos y demás instrumentos normativos emitidos al interior de sus instituciones, en esas materias;

Que se ha emprendido la revisión integral del marco jurídico de la Administración Pública Federal y, preservando los principios de legalidad y transparencia, se ha buscado identificar y, en su caso, abrogar o derogar aquellas disposiciones que por el transcurso del tiempo y el cambio de condiciones, se han vuelto innecesarias; así como promover una política pública de revisión normativa bajo la premisa de generar disposiciones integrales y de largo alcance, que perfilen el desarrollo de las actividades y operaciones de una gestión pública bajo estándares de eficiencia y calidad;

Que la revisión emprendida ha propiciado una eminente desregulación con base en el uso de tecnologías de la información y comunicaciones, orientando el ejercicio a la sistematización de los procesos en materia de gasto público federal para cubrir, entre otros, los recursos financieros, de modo que se homologarán trámites, servicios, procesos y procedimientos administrativos, asegurando mayor consistencia en el actuar de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

Que los oficiales mayores, por conducto de su Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto o equivalente o, en su caso, a través de la unidad administrativa que determinen los reglamentos interiores, son los responsables de coordinar las actividades en materia de administración de los recursos financieros, por lo que es necesario emitir un instrumento general que desarrolle una guía que identifique sus actividades en los procesos de programación y presupuestación; administración, ejercicio y control del gasto público, y rendición de cuentas, y

Que el citado instrumento jurídico permitirá contar con procedimientos uniformes en materia de administración de recursos financieros con la finalidad de que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuenten con las herramientas necesarias para el aprovechamiento y aplicación eficiente de los recursos con que cuentan, lo cual redundará en el mejoramiento de las políticas y normas de aplicación general y, en consecuencia, en el incremento de la efectividad de las instituciones públicas, por lo

que hemos tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

CAPITULO I

Objeto, ámbito de aplicación y definiciones

Artículo Primero.- Se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros, el cual forma parte integrante del presente Acuerdo, como Anexo Unico.

El manual señalado en el párrafo anterior, tiene como propósito establecer procedimientos generales para orientar las actividades que conforme al ciclo presupuestario y en ejercicio de sus atribuciones lleven a cabo las oficialías mayores o sus equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; el cual se integra de diversos procesos y subprocesos asociados a la administración de recursos financieros, en congruencia con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y las disposiciones que de acuerdo con sus atribuciones emitan las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública.

Dichos procedimientos se establecen sin perjuicio de que las oficialías mayores y equivalentes realicen otras acciones complementarias que en términos de las disposiciones presupuestarias aplicables sean inherentes a los procesos o subprocesos de que se trate.

Artículo Segundo.- Las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 2 de su reglamento, serán aplicables al presente Acuerdo.

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