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Manual De Recursos Humanos


Enviado por   •  29 de Enero de 2015  •  413 Palabras (2 Páginas)  •  201 Visitas

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1. PROBLEMÁTICA

De acuerdo al artículo 115 en su fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se especifican las capacidades y alcances de las haciendas municipales.

Se encuentra un punto crítico por parte de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), ya que esta empresa ignora en cumplir con el pago al municipio del impuesto del predial y uso de suelo.

Así como la CFE cobra por proporcionar el servicio de luz, los municipios pueden cobrar el impuesto predial por instalaciones Federales.

2. CAUSAS

• La CFE, no paga ningún impuesto a algo que es del ayuntamiento, como son las banquetas, donde se instalan los postes, que cubra el pago correspondiente al predial y el uso de espacios públicos para postes, cables y ductos.

• Se vale que es una empresa Federal.

3. CONSECUENCIAS

 Si la CFE no contribuye al gasto público, primeramente será acreedora a multas y recargos y estas a la vez se irán acumulando más y más.

 La sociedad se puede revelar en contra del presidente municipal, si este le exige a ellos a pagar el impuesto.

 Si la CFE no paga el impuesto del predial, la sociedad en general no le pagará el servicio de luz.

 Si no hay ingresos suficientes, no habrá beneficios a la sociedad.

4. COMPARACIÓN

 Coatzacoalcos, Veracruz. La Comisión Federal de Electricidad (CFE) presenta un adeudo con el ayuntamiento de Coatzacoalcos por concepto del impuesto predial y derechos de uso de espacios públicos.

 Huixtla, Chiapas. La CFE nunca ha pagado el impuesto predial correspondiente desde hace más de 50 años, como tampoco paga los mil pesos por cada poste que tiene ubicado en todos los municipios según marca la Ley de Ingresos del municipio de Huixtla.

 Cd. Victoria, Tamaulipas. Tras varios años de gestiones la Comisión Federal de Electricidad (CFE) cumplió con el pago del impuesto predial, cubriendo este año 90 mil pesos, por dicho concepto contemplado dentro de la ley catastral.

 Apegados a lo que dicta el artículo 115 en su fracción cuarta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se especifican las capacidades y alcances de las haciendas municipales, la división Baja California zona Mexicali de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) cumple con el pago del predial hasta donde le compete.

5. PROPUESTAS

 Si la CFE no quiere pagar el predial, pues que condone

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