Mapa conceptual Metodología de la investigación
Ileana MuñozTarea2 de Mayo de 2018
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Contenido
INTRODUCCION 6
OBJETIVO 7
DELIMITACION DEL TEMA 7
CAPITULO I.- HISTORIA Y ANTECEDENTES. RESTRICCIONES LABORALES DE LOS EXTRANJEROS EN PANAMA. 8
A.- Historia y Antecedentes 8
B.- Biografía de Lic. Jaime Raúl Molina Y Ana Herbert 9
Jaime Raul Molina 9
Lic. Ana Herbert. 10
C.- Teorías de Lic. Jaime Raúl Molina Y Lic. Ana Herbert 10
Lic. Jaime Raúl Molina. 10
Acotaciones 11
Teorías Lic. Ana Herbert 12
CAPITULO II.- DEFINICION Y CONCEPTO RELACIONADOS. 13
A.- Restricciones Laborales: 13
B.- Conceptos relacionados. 13
CAPITULO III.- ESTRUCTURA. 15
A.- Características de las Restricciones Laborales para extranjeros en Panamá. 15
PORCENTAJES DE TRABAJADORES EXTRANJEROS QUE PUEDE TENER UNA EMPRESA EN PANAMA 16
B.- Funciones de las Restricciones laborales para los extranjeros 17
C.- Elementos de las Restricciones laborales para los extranjeros 18
D.- Ventajas de las Restricciones Laborales extranjeras 19
E.- Desventajas de las Restricciones Laborales extranjera 19
CAPITULO IV.- DESARROLLO GENERAL DEL TEMA 20
A.- Características de las Restricciones Laborales para extranjeros en Panamá Cuadro Comparativo 20
Pasos a realizar para solicitar el permiso de trabajo: 20
B.- Otros Autores o expertos en el tema 21
Arturo Hoyos 21
Rolando Murgas Torraza 22
C. Origen Etimológico 23
D. Información adicional 23
Lista de carreras reservadas a los panameños: 27
CONCLUSIONES 28
RECOMENDACIONES 29
INFOGRAFIA 30
ANEXOS 31
INTRODUCCION
En el año 2016 la economía panameña mantiene los signos de desaceleración que ya traía desde 2012 debido principalmente a factores externos que han debilitado las bases del estilo de crecimiento fundado en la plataforma de servicios del país.
Aun cuando el Código de Trabajo y las leyes laborales buscan incansablemente la seguridad de los trabajadores nacionales y evitar que los extranjeros se apoderen de las plazas de trabajo por personal capacitado, resalta a la vista estas medidas adoptadas a nivel internacional, lo que ha provocado inestabilidad en las leyes laborales y atentando así con la idea de los inversionistas de establecerse en suelo patrio.
No obstante, buscar mejores mecanismos para encontrar formas positivas de cambios para nacionales y extranjeros, resulta necesario para lograr ajustar la política migratoria laboral en beneficio del crecimiento económico del país, manteniendo las protecciones laborales que hasta la fecha se ha recibido del Código de Trabajo.
Es necesario encontrar solución a la desaceleración de la economía por la que atraviesa Panamá, debido a los factores que han contribuido al deterioro de la economía mundial.
Romper paradigmas nos traería beneficios. Mayor y constante entrenamiento de la mano de obra panameña para lograr competitividad laboral, resulta indispensable para iniciar el camino de conversaciones con las partes involucradas. Tratándose de trabajadores extranjeros y que su mano de obra laboral pudiera afectar el desarrollo de los nacionales, debe realizarse un estudio profundo para encontrar las fortalezas y aminorar debilidades de forma integral, con la participación de todas las instituciones involucradas: Servicio Nacional de Migración, Ministerio de Trabajo y la Caja de Seguro Social y la buena disposición de las autoridades gubernamentales.
OBJETIVO
Identificar con precisión un plan de desarrollo para una migración laboral ordena, para así insertar la mejor mano de obra extranjera calificada, que respete las regulaciones y restricciones con miras a lograr una competencia leal.
DELIMITACION DEL TEMA
Conocer los derechos y obligaciones de los trabajadores y empleadores promueve el respeto y práctica de éstos, para el desarrollo satisfactorio de las labores.
Es por eso por lo que cualquier empresa, nacional o internacional, que se desarrolle en territorio panameño debe acatar y respetar los mandatos estipulados en El Código de Trabajo, bajo la regulación del Ministerio de Trabajo, Departamento de Migración Laboral.
En el caso de los extranjeros, apegarse a las leyes laborales establecidas en éste y los diferentes artículos. De igual manera, se entiende que toda persona que trabaja en Panamá está protegida bajo esta ley y bajo ningún motivo puede renunciar a los derechos establecidos, lo que conlleva a conocer de primera mano las restricciones laborales para los extranjeros y así evitar situaciones inoportunas.
Lo primero que debe entender la población es el porqué de las migraciones, que normalmente suceden por problemas políticos y económicos que impulsan el éxodo de las personas de su país natal.
Resulta imperante desarrollar programas educativos con visión a largo plazo. Desarrollar programas de migración selectiva, revisión exhaustiva de las leyes migratorias laborales, para poder promover y exigir mucho más capacitación técnica de los panameños para lograr satisfacer las exigencias que crecimiento económico involucra.
Revisar los procesos de investigación de mercados a fin de evaluar las posibilidades de competencia, de acuerdo a las necesidades de los diferentes mercados panameños e internacionales posibles, para adecuar las restricciones laborales extranjeras.
Realizar proyecciones de la demanda laboral calificada, con miras a encontrar estrategias que impidan que Panamá desarrolle la base de habilidades que necesita para seguir diversificando su economía y crecer sostenidamente, logrando que las habilidades que traen al país los inmigrantes complementan, no sustituyen, las de los panameños lo que compromete una diversificación productiva y un crecimiento sostenido del país.
CAPITULO I.- HISTORIA Y ANTECEDENTES. RESTRICCIONES LABORALES DE LOS EXTRANJEROS EN PANAMA.
A.- Historia y Antecedentes
Panamá tiene un prontuario histórico en materia de controles migratorios que, a la luz de instrumentos internacionales vigentes en materia de derechos humanos, resultan discriminatorios.
Existen cuatro momentos o periodos en los que el Estado panameño implementó políticas migratorias dirigidas en contra de personas, basadas en la nacionalidad.
El primer periodo (1904 – 1920), tuvo como fundamento la Ley 6 y el Decreto 2 de 1911, Decreto 60 de 1912, la Ley 50 de 1913 y su reglamentación en el Decreto 40, dirigidos igualmente en contra de personas de dichos grupos.
El tercer periodo (1921 – 1930), se fundamente en disposiciones como la Ley 1, sobre inmigración cina, del 6 de enero de 1923, entre otras; se trata de un contexto más complejo en el que se amplían las restricciones migratorias a libaneses, palestinos, indio-orientales, y dravidianos; y ya empezaba a manifestarse el temor con respecto al peligro antillano.
El cuarto periodo (1931 – 1946), perfecciona las políticas migratorias al contemplarse en la Ley 54 de 1938 un amplio espectro de grupos humanos, cuya migración era considerada indeseable: Chinos, gitanos, armenios, árabes, turcos, indostanes, sirios libaneses, palestinos, norteafricanos de raza turca y negros, cuyo idioma no fuese e español. Esta tendencia, que se inició en 1904, alcanzó rango constitucional en 1941, curiosamente promulgada en la primera administración panameñista de Arnulfo Arias Madrid.
Hoy como entonces, se atribuyen razones relacionadas con al identidad nacional y la protección de las plazas de trabajo de los panameños. Y aunque esas razones puedan ser legítimas para algunos, difícilmente justifica la inconformidad en contra de grupos extranjeros, alegando que atentan contra las formas de vida de los nacionales.
Cada Estado, en efecto, tiene la potestad de decidir las condiciones en que define su política migratoria; aunque en el marco d ela racionalidad propia del Estado Democrático de Derecho y no en el marco de la discriminación ni prjuicios por razones de nacionalidad.
B.- Biografía de Lic. Jaime Raúl Molina Y Ana Herbert
Jaime Raul Molina
Es licenciado en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad de Panamá (1998), y obtuvo un Master en Derecho Comercial (LL.M.) por la Universidad de Bristol, Inglaterra (2000). Se ha desempeñado profesionalmente tanto en el sector privado como en el público. Ejerce la profesión de abogado desde el año 1998. Desde el año 2000 hasta fines de 2004, fungió como Oficial Fiduciario en el Dresdner Bank Lateinamerika, Sucursal Panamá. Posteriormente sirvió como asesor en la Dirección de Políticas Públicas del Ministerio de Economía y Finanzas, desde fines de 2004 hasta inicios de 2008. Desde 2008 fundó la oficina de abogados que con el tiempo se convirtió en lo que hoy es Molina y Asociados.
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