OIT, MERCOSUR, El CAN
Manuel_222827 de Noviembre de 2012
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Índice
Contenido Pag
Introducción . . . . . . . . . . 2
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT). . . 3
Directores de la OIT. . . . . . . . . 3
Oficinas regionales. . . . . . . . . 4
Órganos. . . . . . . . . . . 4
Conferencia Internacional. . . . . . . . 4
Comisión de Expertos. . . . . . . . . 5
Consejo de Administración. . . . . . . . 5
Comité de Libertad Sindical. . . . . . . . 5
Oficina Internacional del Trabajo y Director General. . . . . 6
Dirección Ejecutiva de Diálogo Social. . . . . . . 6
ACTRAV. . . . . . . . . . . 6
ACTEMP. . . . . . . . . . . 6
Normas, Convenios, Recomendaciones y Declaraciones . . . . 7
MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR). . . . . 9
Historia. . . . . . . . . . . 10
Banco del Sur. . . . . . . . . . 11
Mercosur Socio-laboral. . . . . . . . . 11
Tratado de libre comercio con la Comunidad Andina. . . . . 12
Estado de Miembros. . . . . . . . . 14
Cuadro comparativo de los países miembros plenos. . . . . 15
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES (CAN). . . . . 15
Sistema Andino de Integración (SAI). . . . . . . 16
Conclusión. . . . . . . . . . . 19
Introducción
Además de ser el mayor productor de alimentos del mundo, el Mercosur tiene un PBI de 3,3 billones de dólares, lo que representa el 82,3% del PBI total de toda Sudamérica. Cubre un territorio de casi 13 millones de kilómetros cuadrados y cuenta con más de 270 millones de habitantes (cerca del 70% de América del Sur). Siete de cada diez sudamericanos son ciudadanos del Mercosur.
Actualmente la Comunidad Andina agrupa a cinco países con una población superior a los 105 millones de habitantes, una superficie de 4,7 millones de kilómetros cuadrados y un Producto Interior Bruto del orden de los 285.000 millones de dólares. Es una sub-región, dentro de Sudamérica, con un perfil propio y un destino común.
La Zona de Libre Comercio (ZLC) es la primera etapa de todo proceso de integración y compromete a los países que la impulsan a eliminar aranceles entre sí y establecer un arancel común ante terceros.
Los Representantes de las instituciones que conforman el SAI se reúnen de manera ordinaria al menos una vez al año y, en forma extraordinaria, cada vez que lo solicita cualquiera de sus instituciones integrantes, en el lugar que se acuerde antes de su convocatoria.
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)
Es una asociación especializada de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Dicha asociación fue constituida el 11 de abril de 1919, en el marco de las negociaciones del Tratado de Versalles. Su Constitución, sancionada en 1919, se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944.
La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores, quienes tomaron como base la Asociación Internacional para la Protección Legal de los Trabajadores, creada en Basilia en 1901 para establecer la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, adoptada por la Conferencia de Paz de París e incluida en la sección XIII del Tratado de Versalles.
Directores de la OIT
Con el pasar de los años ha habido una gran cantidad de directores en la OIT, los cuales son:
Albert Thomas (1919-1932)
Harold Butler (1932-1939)
John Winant (1939-1941)
Edward Phelan (1941-1948)
David Morse (1948-1970)
Wilfred Jenks (1970-1973)
Francis Blanchard (1973-1989)
Michel Hansenne (1989-1999)
Juan Somavía (1999-2012)
Guy Ryder ( Octubre 2012- )
Oficinas regionales
La Oficina Internacional del Trabajo posee una estructura regional descentralizada en cinco regiones:
África
América Latina y el Caribe
Estados Árabes
Asia y el Pacífico
Europa y Asia Central
A su vez, cada región tiene oficinas subregionales y de área. Cabe acotar que Estados Unidos y Canadá no están incluidos en ninguna región especial.
Órganos
Conferencia Internacional
La Conferencia Internacional del Trabajo es el órgano superior de la OIT. Se reúne anualmente, en junio, en Ginebra y está integrada por cuatro delegados por cada país miembro, dos de ellos elegidos por el gobierno, y los otros dos propuestos por las organizaciones de trabajadores y empleadores respectivamente. De esta manera, la mitad de los integrantes de la Conferencia representan a los gobiernos, en tanto que una cuarta parte integra el bloque de trabajadores, y la otra cuarta parte integra el bloque de empleadores.
La Conferencia Internacional se ocupa de la sanción de las normas internacionales del trabajo, primordialmente de convenios y recomendaciones por las dos terceras partes de sus miembros.
También le corresponde examinar los relatos anuales que cada representante debe mostrar sobre el estado de la aplicación de las normas internacionales en su país, y eventualmente aprobar recomendaciones en caso de que existan fallas. En esta tarea la Conferencia cuenta con la ayuda de la importante Comisión de Expertos que debe examinar cada memoria o relato y producir un informe a la Conferencia recomendando los cursos de acción en cada caso. Y es desde 1998 que la Conferencia esta a cargo de examinar el Informe Global sobre lo que ordena la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, que debe preparar la Oficina, debiendo dar cuenta, cada año en forma rotativa, el estado en que se encuentran cada uno de estos puntos:
Libertad sindical y de asociación y reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva;
La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio;
La abolición efectiva del trabajo infantil,
La eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación.
Comisión de Expertos
La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) es la entidad permanente asesora de la Conferencia Internacional, integrada por abogados especialistas en Derecho Internacional del Trabajo. Su función es examinar las memorias que todos los países tienen la obligación de presentar cada año, detallando el estado en que se encuentra la aplicación de los convenios internacionales en cada país.
Cada año la Comisión de Expertos debe presentar su informe a la Conferencia, con la opinión que le merece cada situación y sus respectivas recomendaciones. Las opiniones de la Comisión de Expertos son de gran importancia jurídica para la interpretación de las normas internacionales y se encuentran recopiladas como jurisprudencia en cada convenio en la base de datos ILOLEX. (Base de datos que guarda los registros de las reuniones de la O.I.T, además de contener convenios y recomendaciones).
Consejo de Administración
Es el órgano administrativo de la OIT, se reúne cada cuatro mese y actúa a través de la Oficina Internacional del Trabajo. Este consejo está integrado por 56 personas, de los cuales 28 integrantes corresponden a los gobiernos, 10 son designados directamente por los diez países de mayor importancia industrial (Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Rusia) y el resto por los delegados gubernamentales en la Conferencia. Los otros 28 miembros corresponden en partes iguales a los trabajadores y empleadores, los cuales son elegidos por los bloques correspondientes en la Conferencia y son renovados cada tres años.
Comité de Libertad Sindical
El Comité de Libertad Sindical (CLS) es un importante organismo pero depende del Consejo de Administración, integrado por nueve de sus miembros, pertenecientes por partes iguales a los tres bloques (gobiernos, sindicatos y empleadores). Y su función es intervenir las quejas relacionadas con la libertad sindical, derivadas de las potenciales violaciones a los Convenios Internacionales. Su importancia radica en el alto perfil político de sus miembros, y en la facultad que tiene para producir recomendaciones críticas a los gobiernos, cuando determina que la libertad sindical ha sido afectada.
Oficina Internacional del Trabajo y Director General
La Oficina Internacional del Trabajo es el staff permanente que le sirve de apoyo a la tarea de la Conferencia Internacional y el Consejo de Administración, está dirigida por el Director General el cual es elegido por el Consejo de Administración y su mandato es de cinco años, quien a su vez contrata el personal que necesite.
Dirección Ejecutiva de Diálogo Social
La Oficina Internacional del Trabajo está integrada por un gabinete de cinco direcciones ejecutivas. Una de ellas es la de Diálogo Social, la que a su vez está dividida
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