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Opinion Vinculante Para Explotacion De Caneteras De Rio


Enviado por   •  27 de Febrero de 2014  •  818 Palabras (4 Páginas)  •  635 Visitas

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LINEAMIENTOS PARA EMITIR LA OPINIÓN TÉCNICA PREVIA VINCULANTE SOBRE LA AUTORIZACIÓN DE EXTRACCIÓN DE MATERIAL DE ACARREO EN CAUCES NATURALES

I. OBJETIVO:

Orientar las acciones y procedimientos emitir la opinión técnica previa vinculante sobre la autorización de extracción de material de acarreo en cauces naturales.

II. PROCEDIMIENTO:

2.1. REVISIÓN DEL EXPEDIENTE

INICIO

El interesado presenta su solicitud de autorización de extracción de material de acarreo acompañado del correspondiente expediente a la Municipalidad distrital o provincial.

EVALUACIÓN DEL EXPEDIENTE POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD

La Municipalidad Distrital o Provincial debe:

 Verificar si el expediente presentado por el interesado tiene toda la documentación establecida como requisito;

 Visar todas las hojas del expediente en señal de conformidad, en concordancia con la Ley Nº 28221(Ley que regula el derecho por extracción de los álveos o cauces de los ríos por las Municipalidades, dada el 07 de mayo de 2004) y con los lineamientos para emitir la opinión técnica previa vinculante sobre la autorización de extracción de material de acarreo en cauces naturales, dada por la Autoridad Nacional del Agua.

De acuerdo a la mencionada Ley, la Municipalidad (distrital o provincial) debe verificar como mínimo, lo siguiente:

 Tipo de material a extraerse y su volumen expresado en metros cúbicos;

 Nombre del cauce y zona de extracción así como los puntos de acceso y salida del cauce expresado en coordenadas UTM;

 Planos a escala 1/5000 en coordenadas UTM de los aspectos mencionados en el inciso anterior;

 Ubicación de las instalaciones de clasificación y acopio, si las hubiere;

 Sistema de extracción y característica de la maquinaria a ser utilizada;

 Plazo de extracción solicitado;

 Declaración Jurada de compromiso para la preservación de la zona de extracción;

 Otros que establezca el Gobierno Local

La Municipalidad Distrital o Provincial debe:

 Verificar que en el expediente se adjunte los aspectos que involucran el impacto ambiental, según la normatividad vigente;

 Que se exprese detalladamente el uso que se dará al material de acarreo a extraer.

¿CUMPLE REQUISITOS?

 Si no cumple con los requisitos, el expediente se devuelve al interesado.

 Si cumple con los requisitos, el expediente se eleva a la Administración Local de Agua Alto Huallaga.

EVALUACIÓN DEL EXPEDIENTE POR LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA

El Administrador Local revisa el plano topográfico, el cual debe contener:

 Ubicación de BM;

 Curso del río;

 Plano de planta, secciones transversales y longitudinal;

 Ubicación de la zona de extracción, procesamiento y punto de acopio de material de descarte;

 Ubicación de la infraestructura existente (vivienda,

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