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Organizaciones Sociales


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2014  •  2.651 Palabras (11 Páginas)  •  157 Visitas

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Organizaciones Sociales

Cooperativas

Son una forma de organización social creada por personas físicas que tienen un interés común. Deciden unir esfuerzos y ayudarse para satisfacer necesidades de grupos e individuos, realizando actividades de producción, distribución y/o consumo de bienes y servicios.

En esta sociedad las características de los socios son más importantes que el capital que aporten. Por esto hay beneficios como que cada uno de los socios tiene derecho a un voto y que se otorguen estímulos para aquellos socios que cumplan con todas sus obligaciones, lo cual depende enteramente de su desempeño. En el caso de las cooperativas de producción, hay igualdad de oportunidades sin importar el género o el trabajo que se aporte, ya que puede ser tanto físico como intelectual.

No es obligatorio que su denominación social se acompañe de una frase o sus siglas.

Existen diferentes formas de constitución, lo cual depende del tipo de responsabilidad y de la actividad que se desea desarrollar.

Puede establecerse como de responsabilidad limitada (cada socio responde máximo por el monto de sus aportaciones), o bien, de responsabilidad suplementada (se obligan por su aportación y por una cantidad determinada al constituirse la sociedad).

l El capital social debe ser variable.

l Se requiere un mínimo de cinco socios y veinticinco socios en el caso de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

l Hay libertad de asociación y retiro voluntario de los socios.

l Cada socio tiene derecho a un voto, independientemente del monto de su aportación.

l Los rendimientos son repartidos de acuerdo al tiempo trabajado o al volumen de aportación y la participación de los socios.

l El trabajo de los socios puede evaluarse considerando como indicadores: calidad, tiempo, nivel técnico y escolar.

l Se les exenta del Impuesto Sobre la Renta.

l Debe haber igualdad de derechos, obligaciones y condiciones para las mujeres.

Se contratan asalariados únicamente para obras de tiempo determinado o para sustituir temporalmente a un socio.

Las sociedades cooperativas de producción únicamente podrán contratar trabajadores asalariados:

• Cuando las circunstancias lo exijan por algún imprevisto en la producción.

• Para realizar obras determinadas.

• Para trabajos eventuales o por tiempo determinado o indeterminado, que sean distintos a los realizados por el objeto social de la sociedad.

• Para la sustitución temporal de un socio, que no puede ser mayor a seis meses.

• Por la necesidad de incorporar personal especializado y calificado.

• En caso de que la cooperativa necesite aumentar el número de socios podrá incluir a sus trabajadores, ya que estos deben ser preferidos por encima de aquellos que no presten algún servicio personal para la sociedad.

Administración

Asamblea General: es la máxima autoridad de la cooperativa. Decide sobre la admisión y exclusión de socios, modificación del acta constitutiva (bases constitutivas), aumento del capital, nombramientos o expulsión de miembros del consejo, sanciones disciplinarias, entre otras.

Consejo de Administración: es el encargado de la administración, es quien debe cumplir las decisiones de la asamblea general y ser el representante de la cooperativa. Si el número de socios es inferior a diez es posible que se nombre solamente a un administrador. El cargo de miembro del consejo sólo puede durar cinco años aunque es posible que se apruebe una reelección.

Comisiones Especiales: de forma opcional se puede designar una comisión de conciliación y arbitraje (en caso de inconformidad de una exclusión o del procesos de selección de un asalariado) o una comisión técnica (para cuestiones cuya complejidad lo amerite).

Clasificación

• Sociedad cooperativa de responsabilidad limitada: es aquella en la cual los socios sólo responden por el certificado de su aportación.

• Sociedad cooperativa de responsabilidad suplementada: además de responder por la aportación, en los estatutos sociales se establece un tope adicional por el que deben responder los socios.

• Sociedad cooperativa de consumo: las personas se asocian con el objetivo de comprar bienes y servicios, para dedicarse a actividades de abastecimiento y distribución, ahorro y préstamo, servicios educativos o para la obtención de vivienda.

• Sociedad cooperativa de producción: los socios trabajan en equipo para la producción de bienes y servicios.

• Sociedad cooperativa de participación estatal: es una asociación entre autoridades de gobierno, sean federales, estatales o municipales; para explotar una unidad de servicios públicos, es decir, se hace una concesión de un servicio o administración de bienes a una cooperativa.

• Sociedad cooperativa de vivienda: su finalidad es la construcción, compra, mejora, mantenimiento o administración de vivienda.

Ejemplos

Pascual

Cruz Azul

Asistencia publica

Las actividades propias de las instituciones asistenciales, públicas o privadas, desde el punto de vista laboral, tienen dos perspectivas, el trabajo remunerado y el voluntario.

Relación laboral típica. El trabajo remunerado se adhiere al régimen jurídico como cualquier otra relación de trabajo, regida por alguna de las leyes reglamentarias de los apartados A o B del artículo 123, dependiendo de la función privada o pública de la entidad.

Relación laboral atípica. El trabajo voluntario, en cambio, merece una consideración especial. En primer término, debe evitarse la confusión con el trabajo gratuito y el obligatorio, expresamente prohibidos por el artículo

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