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PROCEDIMIENTO ACCION CASO DE ACCIDENTE LABORAL


Enviado por   •  16 de Agosto de 2021  •  Apuntes  •  856 Palabras (4 Páginas)  •  113 Visitas

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PROCEDIMIENTO ACCION CASO DE ACCIDENTE LABORAL

P-001-SPA

Versión

01

Fecha

SOCIEDAD DE SERVICIOS ELÉCTRICOS AUSTRAL SPA

Página  de

PROCEDIMIENTO ACCION CASO DE ACCIDENTE LABORAL


  1. OBJETIVOS

Estandarizar el procedimiento que se debe cumplir en caso de accidentes del trabajo que pueden afectar a los dependientes de la empresa DE SERVICIOS ELÉCTRICOS AUSTRAL SPA.

  1. ALCANCE

Todas las actividades de trabajo que se encuentren dentro de los procesos DE SERVICIOS ELECTRICOS AUSTRAL SPA..

  1. RESPONSABILIDADES

Jefatura y/o Encargado: tomar conocimientos de los casos de accidentes, además de promover el cumplimiento del presente procedimiento por parte de todos los trabajadores.

Trabajadores: deberán cumplir todos los pasos indicados en el presente procedimiento, los cuales, esta definidos y elaborados en función de las labores que realizan.

  1. DEFINICIONES

  • ACCIDENTE DE TRABAJO:  se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo.

  • ACCIDENTE CON TIEMPO PERDIDO:   es una lesión o enfermedad ocupacional relacionada con el trabajo dando como resultado que el empleado, este incapacitado para asistir al trabajo al dia siguiente después de la lesión o enfermedad ocupacional.
  • ACCIDENTE SIN TIEMPO PERDIDO: es una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo que solo requiere tratamiento de primeros auxilios.
  • ENFERMEDAD PROFESIONAL: es aquella causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o labor que realice una persona en su trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.
  • DIAT: declaración individual de accidente del trabajo.
  • DIEP: declaración individual de enfermedad profesional.
  • Accidente Fatal: Aquel que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata en su lugar de trabajo o durante su traslado a un centro asistencial.
  • Accidente Grave: Es aquel que obliga a realizar maniobras de reanimación (asistencia respiratoria, RCP, etc.), obliga a realizar maniobras de rescate (el trabajador no puede retirarse del lugar del accidente por sus propios medios y requiere auxilio de terceros), ocurra por caída de altura de más de 2 mts. (independiente de las lesiones del trabajador, sólo se establece como condición la altura), provoque de forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo o involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de las tareas (2 o más, independiente de la naturaleza de las lesiones)

  1. LINEAMIENTOS EN CASO DE SUFRIR ACCIDENTES.

  1.  En caso de sufrir un accidente del trabajo

  • El trabajador accidentado debe dar aviso a su jefe directo de lo ocurrido, pudiendo hacerlo un compañero de trabajo o cualquier trabajador que tenga conocimiento de los hechos, dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, al experto en prevención de riesgos o al encargado de personal de la empresa.
  • El trabajador accidentado debe dirigirse a un centro de atención médica, dando a conocer que el accidente es de tipo laboral.
  • El jefe directo informa del accidente y este completa la DIAT (DECLARACION INDIVIDUAL DE ACCIDENTE DE TRABAJO).
  1. En caso de accidente de trayecto

  • El accidente de trayecto es aquel que ocurre entre el lugar donde pernocta el trabajador y el trabajo, ida y regreso.
  • Deberá seguir los mismos pasos mencionados en caso de accidente del trabajo y acreditarlo con un parte policial, un testigo de lo ocurrido o cualquier otro medio de prueba igualmente fehaciente. Este documento deberá anexarlo a la "Declaración Individual de Accidentes del Trabajo".
  1. En caso de enfermedad profesional

  • Si el trabajador presenta síntomas que le hacen sospechar que su molestia es de origen laboral, debe acudir a un médico para su atención, llevando una DIEP (Declaración Individual de Enfermedad Profesional), la cual debe solicitarla a la empresa.
  • Esta acción debe comunicarse al área de Prevención de Riesgos
  • El proceso para determinar una enfermedad profesional no es inmediato, por lo cual durante este proceso el trabajador debe continuar con el tratamiento y reposo indicado.
  1. En caso de accidente grave o fatal

  • Los accidentes graves y fatales deben ser notificados a la Secretaría Regional Ministerial de Salud e Inspección del Trabajo que corresponda, una vez ocurrido el accidente, previa comunicación con el área de Prevención de Riesgos.
  • Si el accidente es fatal o existe riesgo vital, se debe informar a los servicios de emergencia que corresponda y no alterar el lugar de los hechos, luego de notificar un accidente fatal o grave a las entidades correspondientes se debe considerar lo siguiente:        
  • No alterar el lugar de ocurrencia del evento (limpiar, mover maquinarias, equipos, etc.) excepto, que la maniobra de rescate lo requiera.
  • Suspender en forma inmediata el trabajo afectado (proceso, maquinas, sector, tarea, etc.) y en caso necesario, permitir a los trabajadores evacuar el lugar de trabajo. Sean los trabajadores afectados directos o terceros.
  • Informar al organismo administrador de la Ley N° 16.744 “ISL”, para que proceda a investigar el accidente.
  • Los organismos encargados de alzar la autosuspención de la faena son, la SEREMI de salud y/o la Inspección del Trabajo.
  1. ANEXOS

No Aplica.

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