ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Procedimiento en caso de accidentes.


Enviado por   •  22 de Junio de 2016  •  Informes  •  1.208 Palabras (5 Páginas)  •  447 Visitas

Página 1 de 5

PROCEDIMIENTO

DE

COMO ACTUAR EN CASO DE ACCIDENTE

LEVE, GRAVE Y FATAL

Realizado por:

Cargo:

APR.

Firma:

Revisado por:

Cargo:

Firma:

Aprobado

 

Cargo:

Firma:

INTRODUCCION.

Un accidente de trabajo es un daño hacia  las personas y/o bienes a causa o con ocasión del trabajo, es por esto que este informativo trata como actuar frente a un accidente ya sea este Leve, Grave o Fatal, explicando a quien va dirigido,  las responsabilidades  

OBJETIVOS.

  • Entregar a todos los miembros de la empresa, indicaciones de cómo actuar en caso de ocurrencia de un accidente, ya sea de trabajo o trayecto.

  • Se entregaran definiciones, responsabilidades, y pasos a seguir en cuanto a la ocurrencia de un accidente.

ALCANCE.

Este procedimiento es aplicable a nivel empresa.

RESPONSABILIDADES.

  • Jefe de obra:

Es el responsable de notificar a Aguas Antofagasta, del accidente mediante llamada telefónica o correo electrónico, en donde se detalle; el hecho, con indicación de hora y circunstancia en que ocurrió.

  • APR:

Una vez ocurrido el accidente, deberá comenzar su investigación, entregando con todos los datos obtenidos, dicho informe a Aguas Antofagasta en un periodo de 24 horas.

DEFINICIONES:

  • Accidente:

Acontecimiento no deseado que interrumpe el proceso normal de trabajo y que da por resultado, daños a las personas y/o daños a la propiedad.

  • Accidente del trabajo:

Toda lesión que un trabajador sufra a causa o con ocasión de su trabajo y le produzca incapacidad o muerte. (Art. 5. Ley 16.744).

  • Accidente de trayecto:

Son aquellos accidentes ocurridos al trabajador en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y lugar de trabajo. Así mismo lo son aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores. (Art. 5. Ley 16.744).

  • Accidente con lesiones leves: 

Se define como accidente leve aquel que provoca lesiones que permiten el traslado del accidentado por sus propios medios o a través de un medio de transporte no especializado, sin correr peligros de agravar el cuadro. Son ejemplos de accidentes leves: desgarros musculares, contusiones, heridas leves, esguinces, cuerpos extraños en córnea o conjuntiva ocular, etc.

  • Accidentes graves: 

A causa o con ocasión del trabajo y que: Obligue a realizar maniobras de resucitación, o a realizar maniobra de rescate; Ocurra por caída de altura de más de 2 metros; Provoque en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo. Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena afectada.

  • Accidente fatal:

A causa o con ocasión del trabajo y que provocan la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial

  • Incidente:

Son aquellos accidentes ocurridos al trabajador que no generan días de ausencia al trabajo.

  • DIAT:

Denuncia Individual de accidente del trabajo (art. 71 del D.S. Nº  101, de 1969. Del MINTRAB).

  PROCEDIMIENTO ANTE ACCIDENTE LEVE, GRAVE O FATAL.

Durante la ocurrencia del accidente.

  1. En el caso de un accidente leve:

  • Todo accidente debe ser informado en forma inmediata a Aguas Antofagasta.
  • El supervisor deberá dar aviso inmediatamente al Experto en Prevención de Riesgos y al Jefe de obra, estos últimos decidirán en conjunto, previo a un análisis de la relación causal, el envío a la Mutualidad o a su sistema de salud, según corresponda.
  • Una vez definido que se constituye el accidente del trabajo, se emitirá la Denuncia de Accidente del Trabajo.
  • Siempre que exista un accidente leve, se dispondrá de un lugar donde mantener al accidentado para su observación.
  • Si en el recinto se cuenta con personal capacitado para entregar los primeros auxilios, estos lo harán para evitar agravar la lesión.

Después de la ocurrencia del accidente.

  • En caso que se decida enviar al trabajador al centro asistencial, este deberá ir acompañado de la persona que se defina para ello.

  • La persona que acompañe al accidentado deberá llevar la DIAT (denuncia individual de accidente del trabajo) con los datos requeridos.
  1. En el caso de un accidente grave o fatal:

Durante el accidente:

  • Mantener la calma.

  • Llamar inmediatamente a los servicios médicos (ISL).
  • Muchas veces los primeros auxilios recibidos en el sitio del accidente, antes de la llegada del médico o personal especializado, influye decisivamente en la evolución de las lesiones. Cualquiera sea la gravedad del accidente, el encargado del sector donde ocurre debe mantener la calma para poder implementar las medidas adecuadas al momento.
  • Deberá procurarse colocar al accidentado en un ambiente adecuado hasta que se efectúe su traslado o hasta la llegada del médico.
  • Tranquilizar al accidentado y a los compañeros de trabajo.
  • Hasta la llegada del médico, podrán aplicarse las medidas de Primeros Auxilios, solo si existe alguna persona preparada para ello.
  • Deberá darse cumplimiento a lo establecido en el art.76° de la Ley 16744, inciso 4° que; “en caso de accidentes del trabajo fatales y graves, el empleador deberá también informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud que corresponda, acerca de la ocurrencia de cualquiera de estos hechos.”

        

Después de ocurrido el accidente:

  • Auto suspensión, el inciso 5° del artículo 76 de la Ley 16.744 establece que en el caso de accidentes graves y fatales; “....el empleador deberá suspender de forma inmediata las faenas afectadas y, de ser necesario, permitir a los trabajadores la evacuación del lugar de trabajo. La reanudación de faenas sólo podrá efectuarse cuando, previa fiscalización del organismo fiscalizador, se verifique que se han subsanado las deficiencias constatadas”.
  • Para estos efectos se entenderá por faena afectada, “aquella área o puesto de trabajo en que ocurrió el accidente, pudiendo incluso abarcar la faena en su conjunto, dependiendo de las características y origen del siniestro, y en la cual, de no adoptar la empresa medidas correctivas inmediatas, se pone en riesgo la seguridad de otros trabajadores”.

  • Corresponderá al empleador cuando ocurra un accidente grave o fatal: Informar de inmediato tanto a la Inspección del Trabajo como a la Seremi de Salud, correspondiente al domicilio de los hechos; Suspender la faena afectada; Se procederá a evacuar a los trabajadores de la faena afectada, si existe peligro para su seguridad y vida. Avisar a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud sobre las correcciones efectuadas que permitan seguir laborando sin riesgo para la seguridad y vida de los trabajadores.

  MEDIDAS INMEDIATAS, INVESTIGACIÓN Y ANÁLISIS DEL ACCIDENTE.

Para disminuir la probabilidad de la ocurrencia de un accidente del trabajo de características iguales o similares al ocurrido, se deben conocer las causas que lo originaron, y tomar las medidas necesarias para eliminar y/o controlar dichas causas, que pueden generar un accidente de igual magnitud o con consecuencias más graves, es decir, es necesario efectuar la investigación del accidente y su análisis, lo antes posible. Esta no se debe realizar más allá de una semana después de ocurrido el evento.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (8.1 Kb)   pdf (204.5 Kb)   docx (14.8 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com