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PROCEDIMIENTO PARA LA INTERNACIÓN TEMPORAL DE VEHICULOS EXTRANJEROS DE FRANJA AL INTERIOR DEL PAÍS


Enviado por   •  23 de Enero de 2014  •  4.374 Palabras (18 Páginas)  •  602 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En este proyecto se dará una breve explicación del procedimiento para la Importación e Internación temporal de vehículos al interior del país, desde que el vehículo pasa la frontera directo a las instalaciones de la aduana (CIITEV) operados por Banjercito. Y donde se realizara el procedimiento correspondiente para el permiso de Importación e Internación Temporal de Vehículos.

En este procedimiento participaran entre otros, los funcionarios del modulo CIITEV, operadores de Banjercito y verificadores de la aduana, que tienen entre sus funciones, revisar físicamente el equipaje, el transporte, emitir la documentación aduanera y el holograma que ampara la internación temporal del vehículo, cancelar la garantía, en su caso, devolver al importador el monto del depósito siempre y cuando se realice dentro del plazo autorizado.

CAPÍTULO 1. ANTECEDENTES

Como funciones la administración general de aduanas es una entidad del gobierno federal dependencia del Servicio de Administración Tributaria (SAT), con principal función es vigilar, manejar la entrada y salida de mercancías, igual con los medios de transporte donde son transportadas, verificando el cumplimiento de las disposiciones en materia de comercio exterior que haya dictado la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, así como otras secretarías del Ejecutivo Federal con competencia para ello; ayudar a garantizar la seguridad nacional; proteger la economía del país, la salud pública y el medio ambiente, impidiendo el flujo de mercancías peligrosas o ilegales hacia nuestro territorio, además de comprometer el cumplimiento voluntario de esas disposiciones por parte de los contribuyentes.

1.1 Administración General de Aduanas (AGA)

La Administración General de Aduanas es la autoridad competente para aplicar la legislación que regula el despacho aduanero, así como los sistemas, métodos y procedimientos a que deben sujetarse las aduanas; intervenir en el estudio y formulación de los proyectos de aranceles, cuotas compensatorias y demás medidas de regulación y restricción del comercio exterior; dar cumplimiento a los acuerdos y convenios que se celebren en materia aduanera; ordenar y practicar la verificación de mercancías de comercio exterior en transporte; la verificación en tránsito de vehículos de procedencia extranjera; determinar los impuestos al comercio exterior y otras contribuciones de conformidad con lo establecido en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y otros ordenamientos, así como el valor en aduana de las mercancías con base en la Ley Aduanera; establecer la naturaleza, estado, origen y demás características de las mercancías, determinando su clasificación arancelaria.

1.1.1 Misión

Contribuir al crecimiento, prosperidad y competitividad del país, mediante una operación aduanera eficiente, transparente y predecible, que facilite el movimiento de pasajeros y mercancías, que inhiba los comportamientos ilícitos de empresas, personas y funcionarios y que fortalezca la seguridad nacional.

1.1.2 Visión

Ser una aduana reconocida por el profesionalismo e integridad de sus funcionarios y por operar con niveles de eficiencia, transparencia y control comparables con las mejores aduanas del mundo.

1.2 Módulo de Control de Importación e Internación Temporal de Vehículos (CIITEV)

En los módulos de control de importación e internación de vehículos es el lugar de trámite para importación temporal de vehículos para ingresar un vehículo a México que tenga placas, permiso o registro de circulación de otro país, requerirá un permiso de importación temporal para poder circular de forma legal, el tramite se puede realizar en las fronteras norte y sur de México en los módulos CIITEV operados por Banjercito.

1.3 Función de CIITEV

Facilitar al importador el trámite para permiso de importación temporal de vehículos extranjeros o de franja fronteriza para que puedan circular libremente en el interior del país este procedimiento se lleva a cabo dentro de las instalaciones de CIITEV operado por Banjercito ubicado en las aduanas de ingreso al territorio nacional.

CAPÍTULO 2. DEPENDENCIAS DENTRO DE CIITEV

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) junto con la Administración General de Aduanas (AGA), controlan el manejo de la Importación e Internación temporal de vehículos, este servicio se determina en los módulos de control de importación e internación (CIITEV) operados por las autoridades correspondientes al préstamo del servicio, Instituto Nacional de Migración, Aduanas y Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada S.N.C. (Banjercito).

Imagen 1.- Módulos de aduana (CIITEV)

2.1 Autoridades que intervienen

En los módulos de CIITEV se encuentran las autoridades siguientes:

2.1.1 Instituto Nacional de Migración (INM)

Órgano administrativo por parte de la Administración Pública Federal, la cual aplica la legislación migratoria vigente, el publico lo integra que son quienes visitan de otros países y quieren permanecer en México en forma temporal o definitiva, así como los mexicanos que contratan extranjeros y quienes desean establecer vínculos familiares con un extranjero o extranjera.

2.1.2 Aduanas

Lugar autorizado siendo una entidad federativa cuya principal función es la de fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones que en materia de comercio exterior que se hayan expedido para ayudar a garantizar la seguridad nacional; proteger la economía del país, la salud pública y el medio ambiente, impidiendo el flujo de mercancías peligrosas o ilegales hacia nuestro territorio, además de fomentar el cumplimiento voluntario de esas disposiciones por parte de los usuarios.

2.1.3 Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.

Banjército es responsable de emitir la documentación aduanera y el holograma que ampara la importación temporal de los vehículos, cancelar la garantía y, en su caso, devolver al importador el monto del depósito, siempre y cuando el retorno del vehículo se realice dentro del plazo autorizado.

CAPÍTULO

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