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Presupuesto

yeseniapa27 de Junio de 2015

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El Sistema Nacional de Inversión Pública

Dirección General de Programación Multianual del Sector Público

Marco Normativo actual

Ley Nº 27293, modificada por las Leyes N°28522 y 28802 y por el Decreto Legislativo N°1005.

Reglamento del SNIP, aprobado por DS Nº 102-2007-EF, modificado por DS N°185-2007-EF y DS N°038-2009-EF.

Directiva General del SNIP, aprobada por RD Nº 002-2009-EF/68.01, modificada por RD N°003-2009-EF/68.01 y RD N°004-2009-EF/68.01.

RM delegaciones PIP con endeudamiento interno, RM Nº 314-2007-EF/15.

Proyecto de Inversión Pública

 Toda intervención limitada en el tiempo

 Que utiliza total o parcialmente recursos públicos

 Con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar, recuperar o rehabilitar la capacidad productora de bienes o servicios de una Entidad

 Cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto

DebeconstituirlasoluciónaunproblemavinculadoalosfinesycompetenciasdeunaEntidad, pudiendo ejecutarse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de los estudios de preinversión.

NO SON PIPs:

 Las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento.

 La reposición de activos que:

• Se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable

• esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad

• no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios.

OJO

En general, la reposición de activos es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones

Recursos Públicos

Se consideran Recursos Públicos a:

Todos los recursos financieros y no financieros;

de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público.

Losrecursosfinancieroscomprendentodaslasfuentesdefinanciamiento.

Incluyealosrecursosprovenientesdecooperacióntécnicanoreembolsable(donacionesytransferencias).

Incluyeatodoslosquepuedanserrecaudados,captadosoincorporadosporlasEntidade sujetas a las normas del SNIP.

Órgano Resolutivo

RECORDAR:

DesignaalórganoquerealizarálasfuncionesdeOPIensuSector,GobiernoRegionaloLocal,debiendoserdistintoalosórganosencargadosdelaformulacióny/oejecucióndelosproyectos.

DesignaalResponsabledelaOPI,siendodesuresponsabilidadquelapersonacumplaconelAnexoSNIP14-PerfilProfesionaldelResponsabledeOPI.

Órgano Resolutivo

DelegalafacultadparaevaluarydeclararlaviabilidadalamáximaautoridaddelasEntidadesyEmpresasdesuSector/GR/GL,previaopiniónfavorabledesuOPI.

La entidad que recibe delegación debe:

Tener un equipo de por lo menos 02 profesionales especializados en la materia de la delegación.

Experiencia mínima de 02 años en evaluación de proyectos, en SNIP.

No ser UE, salvo para conglomerados.

Oficina de Programación e Inversiones –OPI

EselórganotécnicodelSNIPencadaSector,GobiernoRegionalyGobiernoLocal.

EnelnivelRegionaloLocal,susFUNCIONESestánrelacionadasalámbitoinstitucionaldelGobiernoRegionaloGobiernoLocal,enelmarcodesuscompetencias,establecidasporlanormatividaddelamateria.

LasOPIsdelosGRyGLdeclaranlaviabilidaddelosPIPoProgramasdeInversiónquenosefinancienconendeudamiento,queseandesucompetenciayformuladosporsusUFs.

LasOPISectorialesapruebanlosestudiosdepreinversióndelosproyectosyProgramasdeInversiónfinanciadosconendeudamiento.

¿¿LasOPIsdelosGRyGLdeclaranlaviabilidaddelosPIPoProgramasdeInversiónquesefinancienconendeudamientointerno,siemprequeelmontodeinversióndelPIPnosuperelosS/.10millones.

ParalosPIPoProgramasdeInversiónquenosefinancienconendeudamiento,apruebaexpresamentelosTdRde:

perfil > 30 UIT(+deS/.106500)

prefactibilidad >60 UIT(+ de S/.213000)

factibilidad>120 UIT(+ de S/.426000)

Oficina de Programación e Inversiones –OPI

SuscribirlosInformesTécnicosdeevaluación,asícomolosformatosquecorrespondan.

VisarlosResúmenesEjecutivosdelosestudiosdepreinversión.

VelarporlaaplicacióndelasrecomendacionesqueformulelaDGPM,asícomo,cumplirconloslineamientosquedichaDirecciónemita.

LapersonadesignadacomoResponsabledeunaOPINOpuedeformarpartedirectaoindirectamentedeunaUFnideunaUE.

OpinióntécnicasobrePIPencualquierfasedelCiclodelProyecto.

OpiniónfavorablesobrecualquiercambiodelainformacióndeunestudiooregistroenelBPparaPIPsqueevalúa.LaOPIpodrásolicitarlainformaciónnecesaria.

Las nuevas UF que registre la OPI deben tener:

Experiencia en los proyectos que debe formular.

Por lo menos 1 año de experiencia en proyectos, en SNIP.

Unidad Formuladora -UF

Elabora,suscribeyregistralosestudiosdepreinversión.

PoneradisposicióndeDGPMuOPItodalainformacióndelPIP,encasoseasolicitada.

LasUF-GRyUF GL,solamentepuedenformularproyectosqueseenmarquenenlascompetenciasdesuniveldeGobierno.

Realizarlascoordinacionesyconsultasnecesariasconlaentidadrespectivaparaevitarladuplicacióndeproyectos.

CuandolosgastosdeO&MestánacargodeunaentidaddistintaalaquepertenecelaUFdelPIP,debesolicitarlaopiniónfavorablededichaentidadantesderemitirelPerfilparasuevaluación(independientementedelniveldeestudioconelquesepuedadeclararlaviabilidad)

Unidad Ejecutora -UE

CualquierórganoodependenciadelasEntidades,concapacidadlegalparaejecutarProyectosdeInversiónPúblicadeacuerdoalanormatividadpresupuestalvigente.

Eslaresponsabledelafasedeinversión,auncuandoalgunadelasaccionesqueserealizanenestafase,searealizadadirectamenteporotroórganoodependenciadelaEntidad.

Estáacargodelaevaluaciónexpostdelproyecto

• DebeceñirsealaviabilidadparalaelaboracióndeEstudiosDefinitivosoExpedientesTécnicosyejecucióndelPIP,bajoresponsabilidaddequienlosapruebeydelresponsabledelaUE.

ElaboraysuscribeelFormatoSNIP-15,informandosobrelaconsistenciaentreelEDoETdetalladoyelestudiodepreinversiónporelqueseotorgólaviabilidad.

ElaboraelInformedeCierredelPIP.

Informaalórganoquedeclaróviabilidad,todamodificaciónenfasedeinversión.

Gobiernos Locales en el SNIP

Los ya incorporados.

Los que se incorporen voluntariamente (Acuerdo del Concejo Municipal), siempre y cuando cumplan con:

Tener acceso a Internet;

Compromiso del CM de apoyar fortalecimiento capacidades en su Gobierno Local

Tener en su Ppto. Inst. para proyectos, un monto no menor a S/. 4’000,000.00.

Gobiernos Locales en el SNIP (voluntarios)

La incorporación es irreversible.

Se consideran PIP nuevos:

AquellosquealafechadesuAcuerdodeConcejo:

Noseencuentranenejecución.

Nocuentanconunestudiodefinitivooexpedientetécnicovigente.

Laelaboracióndedichoestudionoestásometidaauncontratosuscritoonoestáenprocesodeelaboraciónporadministracióndirectaadichafecha.

Gobiernos Locales en el SNIP (voluntarios)

SielEstudioDefinitivooExpedienteTécnicoestáenelaboraciónporadministracióndirecta,deberáseraprobadoenelplazomáximode1añocalendariocontadodesdelafechadelacuerdodeConcejoMunicipaldeincorporaciónalSNIP.

SielETnoseapruebaenelplazoantesseñalado,elproyectodeberáevaluarseenelmarcodelSNIP

Gobiernos Locales en el SNIP

Aquellos que concertar una operación de endeudamiento externo para un PIP.

Los Gobiernos Locales que sean incorporados por Resolución de la DGPM.

Convenio SNIP 11

OBJETO: GL sujetoal SNIP encarga la evaluación de sus PIP a otro GL sujeto al SNIP o a su GR.

• GL encargante al incorporarse informa a DGPM que no tiene OPI y que ha suscrito este Convenio.

Convenio SNIP 12

OBJETO: GL sujeto al SNIP formula, evalúa y declara viable PIPs de GL no sujeto.

Convenio SNIP 13

OBJETO:GNóGRpuedenformularPIPsdecompetenciamunicipalexclusiva,siemprequefirmenesteConvenioconelGLrespectivo

Recordatorios

EnestafaseseelaboranPerfil,PrefactibilidadyFactibilidad.

Laelaboracióndelperfilesobligatoria.

Encadaestudiodepreinv.sebuscamejorarlacalidaddelainformaciónprovenientedelestudioanteriorafindereducirelriesgoenladecisióndeinversión.

ElórganoresponsabledelaevaluacióndelPIP,podrárecomendarestudiosadicionalesalosrequeridosparadarlaviabilidad,dependiendodelascaracterísticasodelacomplejidaddelproyecto}

Deben tener estudios de preinversión y contar con declaración de viabilidad los proyectos ejecutados por terceroscon sus propios recursos, cuando luego de su ejecución, una Entidad Pública sujeta al SNIP deba asumir los gastos adicionalesde operación y mantenimiento.

Formulación de Estudios de Preinversión

•RECORDAR:Losestudiosdepreinv.seelaboransegúnContenidosMínimos,parámetros,metodologíasynormastécnicasquesedispongan.

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