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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL Y REHABILITACIÓN AL PACIENTE AMPUTADO EN EL CENTRO ESTATAL DE REHABILITACIÓN 2015


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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL Y REHABILITACIÓN AL PACIENTE AMPUTADO EN EL CENTRO ESTATAL DE REHABILITACIÓN 2015

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato

 

Año  CII

Tomo  CLIII

Guanajuato, Gto., a 31 de marzo del 2015

Número 52

Segunda Parte

Instituto Guanajuatense para las Personas con Discapacidad

Reglas de Operación del Programa para la Atención Integral y Rehabilitación al Paciente Amputado en el Centro Estatal de Rehabilitación 2015

46

Lic. José José Grimaldo Colmenero Director General del Instituto Guanajuatense para las Personas con Discapacidad, con fundamento en lo establecido por el artículo 80 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 3, 19, 45, 47 y 49, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; artículos 9, 15, 15 Bis, 19, 20 y 31 de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato; artículos 78 quinquies, 78 sexies, 78 septies de la  Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato en relación con los numerales 66 y tercero transitorio de la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal de 2015;  artículos 10, 11 fracción I, VI, VII,XVIII, XXI, XXII; 13 y 18, fracción I y III del Decreto Gubernativo número 289 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 148, Tercera Parte, de fecha 14 de Septiembre del año 2012, artículos 1, 2, 5, 6, 7, 8 fracciones I y II, 12 del Reglamento Interior del Instituto Guanajuatense para las Personas con Discapacidad y de acuerdo a la primera sesión extraordinaria del Consejo Directivo de fecha 18 de Diciembre del 2014 del Instituto Guanajuatense para las Personas con Discapacidad en su acuerdo número quinto se expiden las siguientes Reglas de Operación del Programa de Atención Integral y Rehabilitación al Paciente Amputado en el Centro Estatal de Rehabilitación.

C O N S I D E R A N D O

La finalidad de normar la aplicación y transparencia de los recursos correspondientes al Programa de Atención Integral y Rehabilitación al Paciente Amputado en el Centro Estatal de Rehabilitación 2015. En el  Estado de Guanajuato existen aproximadamente 750,00 personas con discapacidad motora de esto aproximadamente un 1.2% es  por amputación de alguna des extremidades principalmente de miembro inferior. Una gran parte de ellos no tiene los medios económicos para tratarse este padecimiento, se inició un esfuerzo concreto por diseñar e instrumentar políticas públicas a través del programa de atención integral y rehabilitación del paciente amputado en el Centro Estatal de Rehabilitación , donde se propicie la atención oportuna de los casos de pacientes con amputaciones de cualquier segmento corporal  que soliciten el servicio, permitiendo y facilitando la orientación a la familia, el desarrollo de una mejor movilidad e individualidad que permita una mejor calidad de vida a las personas con discapacidad del estado de Guanajuato.

Para el presente ejercicio fiscal se ha destinado un monto presupuestal de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos), con los cuales se pretende alcanzar un estimado de 80 prótesis de miembro inferior a las  personas con  discapacidad motora.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente señaladas, he tenido a bien expedir los presentes:

Reglas de Operación del Programa para la Atención Integral y Rehabilitación al Paciente Amputado en el Centro Estatal de Rehabilitación 2015

CAPITULO I

Disposiciones Preliminares

Objeto de las  Reglas de Operación

Artículo 1.         

Las presentes reglas de operación tienen por objeto proporcionar a la población en general información clara y sencilla para acceder a los servicios para el desarrollo integral de las personas con discapacidad en materia de atención integral al paciente amputado.

Objeto del programa

Articulo 2.                                                                   

Elaborar productos protésicos, bajo indicaciones y evaluación médica, con materiales de primera calidad y tecnología de vanguardia para asegurar una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los programas y el ejercicio de los recursos  asignados por el Gobierno del Estado de Guanajuato  

        

Glosario de Términos

Artículo 3.        Para efectos de los presentes Reglas, se entenderá por:

  1. Instituto: Instituto Guanajuatense para las personas con Discapacidad.

  1. CER. Centro Estatal de Rehabilitación instancia responsable de la operación del programa
  1. Dirección de Rehabilitación: Instancia normativa y rectora de la unidades municipales de rehabilitación en el estado para la atención a las personas con discapacidad.
  1. Paciente Amputado: Del  latín amputatio, separación de un miembro o parte del mismo, de una parte saliente del cuerno; más especialmente, operación quirúrgica de cortar circularmente un miembro por la continuidad del hueso o huesos.
  1. Prótesis: Todo aquel dispositivo externo que sustituye un segmento corporal perdido por una amputación derivada de una condición de enfermedad previa como diabetes o Cáncer, accidente o traumatismo o existente de manera congénita.
  1. Programa: Programa Atención Integral y Rehabilitación al Paciente Amputado en el Centro Estatal de Rehabilitación.
  1. UMR: Unidades Municipales de Rehabilitación instancias operativas y de referencia del programa para la atención integral y rehabilitación del paciente amputado.
Población Objetivo

Artículo 4.        Personas con discapacidad motora derivada de la perdida, ausencia, o alteración en la movilidad de un segmento corporal que requiera aditamentos protésicos de los 46 Municipios del Estado de Guanajuato, todas las edades ambos sexos, que soliciten el servicio apegándose a los requisitos de ingreso, que acudan por iniciativa propia o que sean referidos por los municipios a través de las “UMR” o de alguna Institución de Salud.

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