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Rasgos fundamentales características definitorias básicas del Derecho Mercantil


Enviado por   •  23 de Agosto de 2021  •  Ensayos  •  2.296 Palabras (10 Páginas)  •  212 Visitas

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Republica bolivariana de Venezuela

Ministerio del poder popular para la educación

Universidad nacional experimental Rafael María baral

UNIDAD

VI

DERECHO MERCANTIL

REALIZADO POR

KELLY GUTIÉRREZ

29812319

SECCION 301721

MARACAIBO , JUNIO DEL 2020

Desarrollo

Definición

El derecho mercantil o derecho comercial es una rama particular del derecho privado, que tiene como objetivo normar y acompañar las dinámicas de intercambio de bienes y servicios, es decir, los actos comerciales contemplados en la ley, así como las implicaciones jurídicas que se desprendan de ellos.En otras palabras, el derecho mercantil vela por el correcto desenvolvimiento de la actividad económica y establece el marco de intervención de los poderes públicos en caso de que fuera necesario, como en el caso de la protección a los consumidores. El sistema financiero, en particular, se encuentra fuertemente vigilado, dadas las enormes sumas de dinero que moviliza.

Importancia

El derecho mercantil es aquella rama del derecho que se encarga de todo lo que atañe a transacciones comerciales. Es enormemente importante porque garantiza un marco de institucionalidad a una práctica que puede considerarse el pilar de la economía. Así, con el derecho mercantil es posible disponer de una instancia de mediación con respecto a conflictos que hayan surgido desde esta área de la actividad humana, generando en el proceso la debida confianza que debe atravesar a una sociedad. Es por todo lo expuesto que puede decirse que la importancia del derecho mercantil es extraordinariamente relevante en cualquier país, importancia que en ocasiones es soslayada.

Rasgos fundamentales

características definitorias básicas del Derecho Mercantil:

Es un derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios.

Es un derecho individualista; al ser una parte del derecho privado que regula las relaciones entre particulares y por lo tanto deja de lado aquellas relaciones jurídicas en las cuales intervienen los poderes públicos.

Es un derecho consuetudinario ya que a pesar de estar codificado se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes.

Es un derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el derecho mercantil ha de ir actualizándose.

Es un derecho global / internacionalizado; las relaciones económicas cada vez son más internacionales por lo que este derecho ha tenido que hacerlo también, para lo cual diversos organismos trabajan en su normativización internacional.Así tenemos a UNCITRAL de las Naciones Unidas, UNIDROIT, a la Cámara de Comercio Internacional de París que desarrolla los Incoterm (cláusulas que con carácter internacional se aplican a las transacciones internacionales), la Asociación Legal Internacional y el Comité Marítimo Internacional.

Es un derecho ordenador esta involucrado de forma directa de la organización y de toda actividad que se da en el mercado.

Sujetos del derecho mercantil

1.1) Comerciante individual

Definición:

Personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria. Es decir realizan actos de comercio de un modo habitual, reiterado y repetido.

El artículo 2 del código de comercio establece: son comerciantes quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, cualquier actividad que se refiera a lo siguiente:

1) La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y a la prestación de servicios;

2) La intermediación en la circulación de bienes y la prestación de servicios;

3) La banca, seguros y fianzas;

4) Los auxiliares de los anteriores.

* Capacidad:

Según el artículo 6 del código de comercio: tienen capacidad para ser comerciantes las personas individuales y jurídicas que, conforme al Código Civil, son hábiles para contratar y obligarse. Es decir los mayores de edad que se encuentren en el libre ejercicio de sus derechos civiles.

Los incapaces o interdictos serán comerciantes cuando reciban una empresa mercantil por herencia o donación, y cuando un comerciante es declarado interdicto. En estos casos el juez decide si se continúa el negocio o se liquida. (Artículo 7 código de comercio).

1.2) Nacionales

Cualquier nacional puede ser comerciante, siempre que tenga capacidad para obligarse y contratar. El marido y la mujer que ejerzan juntos una actividad mercantil, tienen la calidad de comerciantes.

1.3) Extranjero

Art. 8, código de comercio: Los extranjeros podrán ejercer el comercio y representar a personas jurídicas, cuando hayan obtenido su inscripción de conformidad con las disposiciones del presente código. En es tos casos, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los guatemaltecos, salvo los casos determinados en leyes especiales.

Asimismo los extranjeros deben de tener su residencia en el país.

1.4) Profesiones u oficios excluidos del tráfico comercial

No son comerciantes: 1. los que ejercen una profesión liberal; 2. los que desarrollan actividades agrícolas, pecuarias o similares en cuanto se refiere al cultivo y transformación de los productos de su propia empresa; 3. los artesanos que sólo trabajen por encargo o que no tengan almacén o tienda para el

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