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SISTEMA FINANCIERO Y MERCADO DE VALORES ECUADOR 2014


Enviado por   •  7 de Febrero de 2015  •  422 Palabras (2 Páginas)  •  499 Visitas

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El Estado tendrá un control absoluto y podrá generar distorsiones en las decisiones privadas de las instituciones financieras pero traspasa todo el riesgo de estas operaciones a estas instituciones y por ende, a los depositantes, ya que con su dinero se realizan todas las operaciones.

Además el ejecutivo dispone de un mayor control político del sistema financiero, ya sea disponiendo de los excedentes de liquidez, de la divisas que los bancos tienen en inversiones fuera del país -incluso obligando a la venta de éstas al Banco Central-, fijando los sueldos del sector, y direccionando los créditos privados hacia los sectores donde ellos decidan; todo esto sin que se le traslade responsabilidad alguna sobre la solvencia de los bancos. Es decir, el Estado tendrá un control absoluto y podrá generar distorsiones en las decisiones privadas de las instituciones financieras pero traspasa todo el riesgo de estas operaciones a estas instituciones y por ende, a los depositantes, ya que con su dinero se realizan todas las operaciones.

El artículo 11 indica que se podrá intervenir una entidad financiera hasta con apoyo de la fuerza pública. Es decir, sin control de la fiscalía, esta Junta podrá solicitar el uso de la fuerza pública con la justificación de salvaguardar los activos y proteger la información.

Dentro de sus funciones, el artículo 14 numeral 14, a la Junta se le otorga el derecho a disponer sobre los excedentes de liquidez que sirven como un respaldo a los depósitos. Se deja la posibilidad de que la Junta Monetaria en cualquier momento decida sobre la gestión de estos excedentes sin ningún tipo de límite.

El Art. 182 describe los requisitos para establecer sucursales u oficinas de entidades financieras extranjeras. Dentro de esto, llama la atención el numeral 8 que dice que se autorizará establecer una sucursal extranjera si en el país donde se encuentra la matriz “existe la legislación que regule el riesgo de sus operaciones, a satisfacción de los organismos de control nacionales”. En teoría, se buscaría aprobar que solo se establezcan instituciones financieras con similares cargas regulatorias a las leyes ecuatorianas.

También se aumenta el capital requerido para constituir un banco, que pasará de $ 2,6 millones a $ 11 millones 500 mil dólares, por lo que los bancos que actualmente no dispongan de ese monto y no puedan incrementarlo en el plazo que se otorgará, se verán obligados al fusionamiento con otras entidades o liquidarse por no poder cumplir tal requisito, perjudicando la competencia y concentrando aún más el mercado en instituciones que sí gozan de estructuras económicas más grandes.

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