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SOCIEDADES MERCANTILES.


Enviado por   •  1 de Abril de 2017  •  Tareas  •  509 Palabras (3 Páginas)  •  194 Visitas

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LEGISLACIÓN COMERCIAL.

Actividad: Sociedades Mercantiles (Parte II)

Nombre: Laura Vanessa Iglesias Fernández. Grupo: VIRT.

Programa: Ingeniería Civil. Semestre: Octavo.

Universidad de la Costa, CUC.

Uno de los desarrollos más importantes en el sistema societario mercantil del país, está representando por las Sociedades por Acciones Simplificadas, cuyas siglas son S.A.S. Este desarrollo o evolución significativo comienza a dar evidencias en el año 2009, donde la creación de este tipo de sociedad mercantil tuvo un gran auge, llegando a ser siete veces mayor que las sociedades anónimas y cuadriplicando el número de sociedades con responsabilidad limitada, todas estas creadas en un mismo período. Actualmente, las S.A.S abarcan cerca del 90% de las sociedades registradas ante la Superintendencia de Sociedades.

Las normas que siguen las S.A.S nacen de la Ley 222 de 1995, las cuales regulan las responsabilidades de empresas que son unipersonales, además que eliminan prohibiciones legales que pueden llegar a complicar el desarrollo de estas ante empresas extranjeras. En un principio, el hecho de que las S.A.S no tuvieran juntas directivas o revisores fiscales era alarmante, pese a ello los propietarios implementan o adoptan esta metodología para garantizar una transparencia en sus finanzas, generando positivismo en este aspecto y fomentando confianza, que es necesaria para el buen desarrollo de una empresa.

 Ahora bien, ya que hemos observado la evolución de este tipo de sociedad, cabe preguntarse ¿Por qué vale la pena constituir una S.A.S? ¿Cuáles son las ventajas o los beneficios que me generan?

Las S.A.S, en comparación con las demás, ofrece una mayor flexibilidad a la hora de crear una empresa. Es más simplificada en cuestión de trámites y se puede constituir con un bajo presupuesto. Estas son las mayores ventajas que ofrece una S.A.S para las personas emprendedoras.

Este tipo de empresas, pueden reducir costos, ya que no tienen que hacer reformas estatutarias una vez que el término de duración societaria esté próximo a caducar. Las S.A.S las pueden conformar todas las personas naturales que desarrollen actividades comerciales o civiles, además, no importa que los constituyentes sean micro, pequeños, medianos o grandes empresarios. Tienen la ventaja que pueden transformarse en otro tipo de sociedad previsto por el Código de Comercio, siempre y cuando la decisión sea determinada por la junta de socios y sea unánime. La decisión correspondiente deberá hacerse constar a través de un documento privado inscrito en el Registro Mercantil.

Pero ¿Y las desventajas?

Una de las mayores es que, debido a su flexibilidad y forma de administración, las S.A.S pueden prestarse para personas inescrupulosas, que adulteran la figura inicial al cometer actividades ilícitas. Ante esto, las S.A.S no están muy bien protegidas ante delitos, en comparación con el resto de sociedades mercantiles.

La resolución de conflictos de una S.A.S queda a cargo de una entidad administrativa. En la Ley 1258 de 2008 (Artículo 44) se estipulan funciones jurisdiccionales a la Superintendencia de Sociedades para resolver algunos problemas dentro de la S.A.S, como por ejemplo, diferencias entre accionistas, fraude o abuso del derecho de voto. ¿Cuál es la contra? Que las medidas que tome este órgano pueden ser muy poco efectivas y demoradas.

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