Seguridad Social
britolina12 de Noviembre de 2014
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1) Seguridad social en Venezuela
2) Sector público y privado e incorporación de leyes vigentes
3) Recursos provenientes del estado
4) Características de la seguridad social
1) La seguridad social en Venezuela está, básicamente en manos del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSS. El IVSS, constituido como un sistema de seguros obligatorios que recibe aporte de los trabajadores, los patrones y el sector público, fue ampliando su cobertura y expandiéndose durante un largo periodo en que funciono razonablemente bien.
Se organiza de la siguiente manera: el sistema recibe cotizaciones mensuales y, con ellas, paga las pensiones y jubilaciones de los beneficiarios, utilizando para eso el sistema de financiamiento sobre la marcha o de “reparto”, lo que significa que todo el dinero llega a un fondo común y luego es gastado según la obligaciones contraídas año a año, con esos fondos, además, el IVSS fue generado, en su primera etapa, una red de centros de atención de salud que, si bien no logró cubrir todo el territorio nacional, al menos representó en su momento un perceptible avance con respecto a la situación anterior
2) Artículo 9. El Sistema de Seguridad Social es de carácter público y las normas que lo regulan son de orden público.
Artículo 11. Los convenios con el sector privado a los que se refiere esta Ley para la recaudación e inversión de los recursos financieros del Sistema de Seguridad Social, en ningún caso implicarán la transferencia a éste sector de la propiedad de dichos recursos, ni su administración. Estos convenios se otorgarán mediante concursos públicos y estarán dirigidos al asesoramiento de las operaciones financieras y sobre la cartera de inversiones con la finalidad de alcanzar óptimos rendimientos del mercado monetario y de capitales tanto domésticos como externos, para acrecentar los fondos, en beneficio de la población afiliada, con el propósito de mantener el equilibrio financiero y actuarial del Sistema de Seguridad Social. La Tesorería de la Seguridad Social y el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat fijarán los pagos por servicios prestados derivados de los convenios en referencia.
4) se caracteriza por sus funciones principales que se encuentran la recaudación y distribución de los aportes y contribuciones, así como también establecimiento de multas, sanciones, determinaciones de oficio, liquidación de deudas en gestión administrativa o judicial, aplicación de sanciones u otros conceptos.
Regula el conjunto de regímenes y normas adoptadas por el Estado, que tienen como objetivo mantener el nivel de vida de la población y asistir a los necesitados, mediante prestaciones en dinero y servicios, cuando son afectados por contingencias consideradas socialmente protegibles como por ejemplo la maternidad, enfermedad, vejez, los accidentes o el desempleo.
3) Los recursos de la seguridad social son obtenidos a través de cotizaciones parafiscales de carácter obligatorio. Se trata de tributos establecidos a favor de entes públicos y semipúblicos, económicos o sociales para asegurar su funcionamiento.
No obstante, en el ahorro habitacional (vivienda y hábitat), su finalidad no es la de financiar un Ente público o semipúblico, económico o social. Los aportes de empleadores y trabajadores Son depositados en las cuentas individuales de los trabajadores, buscando estimular a los Trabajadores para que de manera protagónica participen en la satisfacción del derecho a una Vivienda. Por ende, las cotizaciones se apartan del régimen tributario común y se conciben Como un ahorro, sometido a Ley especial. Por cuanto los aportes de empleadores y Trabajadores son la única fuente que sustenta este fondo, y es responsabilidad del Estado Garantizar el flujo constante de recursos, se propone fijar el “salario integral” como base de Cálculo de las cotizaciones.
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