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Sociedad civil y mercantil


Enviado por   •  20 de Febrero de 2023  •  Tareas  •  1.697 Palabras (7 Páginas)  •  142 Visitas

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Facultad: Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas

Escuela: Administración de Empresas y Negocios Internacionales

Carrera: Administración de empresas

Período académico: octubre 2021 – febrero 2022

Docente: Dr. Esp. José Luis Peñaherrera Véjar

Asignatura: Derecho Empresarial    

Actividad: Tarea 2

Nombre del estudiante: David Francisco Alvarez Alvarez 

Fecha de entrega: 21 de noviembre del 2021

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Se deberá realizar un análisis de por lo menos 10 líneas sobre el siguiente tema:

1.- Revise y determine 4 características que diferencien a una sociedad civil de una mercantil.

Las sociedades civiles como mercantiles presentan las siguientes cuatro diferencias:  

Primero, la sociedad civil no posee personería jurídica, caso contrario de la sociedad mercantil la cual, si la posee, lo que genera que las compañías posean una personería jurídica; caso contrario, las sociedades civiles no presentan esta particularidad.  

Segundo, las sociedades mercantiles para estar legalmente constituidas deben inscribirse en el Registro Mercantil, lo que genera que esta estructura empiece a existir jurídicamente. Por el contrario, una sociedad civil no requiere de esta formalidad para comenzar su proceso comercial, puesto que, desde que el acuerdo de voluntades queda instaurado en conformidad a la legislación vigente, esta puede iniciar operaciones. Asimismo, es primordial estipular que la sociedad civil provee la necesidad de constituirse bajo un contrato privado entre dos o mas personas, mientras que la sociedad mercantil se compone de la personería jurídica previamente mencionada, pero con la característica de estar conformada por un mínimo de dos personas (Peñaherrera, 2021c; y, Moscoso, 2008).

Tercero, las sociedades mercantiles requieren que el contrato constitutivo figure como escritura pública, caso aparte, la sociedad civil no requiere de este tipo de documentación; eso sí, es meritorio mencionar que el Servicio de Rentas Internas (SRI) es la entidad gubernamental de otorgar el Registro Único de Contribuyente (RUC o RISE) a una sociedad civil con el fin de regular la actividad comercial. Además, la sociedad mercantil tiene que cumplir con montos mínimos para su constitución, mientras que la sociedad civil el aporte puede estar representado con un mínimo. Eso sí, en cualquiera de las dos figuras el aporte se lo puede hacer únicamente en numerario o en especie. Pero la diferencia mas notable es que las sociedades civiles no siempre persiguen un fin de lucro, caso contrario de las mercantiles o comerciales que siempre persiguen los fines de lucro (Peñaherrera, 2021c; y, Moscoso, 2008).  

Por otra parte, las compañías constituidas bajo la tutela de la superintendencia de compañías, están obligadas a formar una reserva legal de sus utilidades, por el contrario de la figura de sociedad civil que puede disponer de sus utilidades liquidas de forma libre. De igual modo, la sociedad mercantil requiere suscrición pública de acciones, en tanto que la sociedad civil no posee este tipo de facultad.  

Y cuarto, la en las sociedades mercantiles el ingreso de nuevos socios o accionistas está supeditado a lo que estipula la ley para el caso y, la misma se puede dar por dos tipos, ya sea por cesión de acciones o por consentimiento mayoritario de los socios, por el contrario, dentro de las sociedades civiles esta practica no puede ser posible (Moscoso, 2008).

En conclusión, las estructuras empresariales formadas bajo una sociedad civil presentan un régimen mucho mas laxo y abierto, permitiendo que el socio se sienta cómodo y libre de encontrase regulado por la Superintendencia de Compañías. Ahora bien, es importante recalcar que ninguna de las dos sociedades se libera de cumplir con los requerimientos y exigencias tributarias que emite La Ley reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador y el Código Tributario.

2.- Explique con sus palabras la importancia de los contratos y la costumbre en el derecho empresarial.

La costumbre es un curso de conducta habitual observado de manera uniforme y voluntaria por la gente. La costumbre ocupa un lugar importante en la regulación de la conducta humana en casi todas las sociedades. De hecho, es una de las fuentes más antiguas de elaboración de leyes. Pero con el progreso de la sociedad, las costumbres disminuyen gradualmente y la legislación y los precedentes judiciales se convierten en la fuente principal. La costumbre es creada por el pueblo, mediante la adopción inconsciente de una determinada regla de conducta siempre que surge el mismo problema para su solución y su autoridad se basa en nada más que en su uso y reconocimiento por parte del pueblo durante mucho tiempo (Peñaherrera, 2021; y, Lyons, 1984). La costumbre es una especie de regla especial que se sigue desde tiempos inmemoriales. El derecho basado en la costumbre se conoce como derecho consuetudinario. La costumbre, como fuente del derecho, implica el estudio de varios de sus aspectos: su origen y naturaleza, su importancia, las razones de su reconocimiento, su clasificación, sus diversas teorías, su distinción con la prescripción y el uso, y los fundamentos de una costumbre válida.

Sin embargo, el derecho consuetudinario implica más que reglas de comportamiento. De hecho, las reglas y procedimientos consuetudinarios a menudo pueden caracterizarse como "sistemas legales" con reglas primarias de obligación, así como reglas secundarias de cambio, adjudicación y reconocimiento (e.g. el derecho público, el derecho social, el derecho privado). De hecho, por ejemplo, el cambio en las reglas primarias a menudo caracteriza a los sistemas de derecho consuetudinario de abajo hacia arriba (e.g. pirámide de Kelsen) (Peñaherrera, 2021b). Si las condiciones cambian y un conjunto de individuos decide que, para sus propósitos, una nueva regla de comportamiento apoyará la búsqueda de sus objetivos interdependientes que la regla actual, pueden aceptar voluntariamente seguir (contratar para adoptar) la nueva regla dentro de sus propias interacciones (Meron, 1989). Por lo tanto, una regla existente es reemplazada por una nueva obligación, pero lo que es más importante, solo para las partes contratantes. Este cambio se produce sin el consentimiento previo o el reconocimiento simultáneo de cualquier otro miembro de la comunidad pertinente más allá del reconocimiento de los derechos que las personas tienen para contraer. De hecho, el contrato y la costumbre están estrechamente entrelazados y, a menudo, son inseparables, ya que, los contratos exigibles son la base de una economía fuerte. Si los contratos no se hicieran cumplir, las partes no podrían confiar en que la otra parte cumpliera porque no habría remedio si incumplían. Por lo tanto, el comercio se vendría abajo. Los contratos exigibles son tan importantes para la economía, de hecho, que la libertad de contratar está incluida tanto en la Constitución como en la legislación vigente.

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